Resolución 114
La Resolución No. 114 del Ministerio de Cultura crea la Cátedra Latinoamericana de Teatro Amateur José Martí. Esta cátedra tiene como objetivo propiciar la unión entre teatristas latinoamericanos amateurs con vocación social y popular, y apoyar su actividad para enriquecer la cultura y educación a través del teatro. La Resolución es emitida por el Ministro de Cultura, Abel E. Prieto Jiménez.
- Crear la Cátedra Latinoamericana de Teatro Amateur José Martí
- Propiciar vínculos entre teatristas latinoamericanos amateurs con vocación social y popular
- Elevar la calidad técnico-artística del teatro amateur
- Desarrollar programas de educación y formación técnico-artística
- Estimular el apoyo recíproco y promover el intercambio permanente entre teatristas latinoamericanos amateurs
Texto íntegro
RESOLUCION No. 114
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POR CUANTO: El Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, en uso de las facultades conferidas por el Decreto-Ley No. 147, “De la Reorganización de los Organismos de la Administración Central del Estado”, de 21 de abril de 1994, aprobó, mediante su Acuerdo No. 4024, de 11 de mayo de 2001, con carácter provisional, el objetivo, las funciones y atribuciones específicas del Ministerio de Cultura como organismo encargado de dirigir, orientar, controlar y ejecutar, en el ámbito de su competencia, la aplicación de la política cultural del Estado y el Gobierno, así como garantizar la defensa, preservación y enriquecimiento del patrimonio cultural de la nación cubana.
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POR CUANTO: El propio Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros en su Acuerdo No. 2817, de 25 de noviembre de 1994, aprobó provisionalmente en su Apartado Tercero, Numeral 4, entre los deberes, atribuciones y funciones comunes de los jefes de los organismos de la Administración Central del Estado, la de dictar, en el marco de sus facultades y competencia, reglamentos, resoluciones y otras disposiciones de obligatorio cumplimiento para el sistema del organismo y, en su caso, para los demás organismos, los órganos locales del Poder Popular, las entidades estatales, el sector cooperativo, mixto, privado y la población.
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POR CUANTO: Por Resolución No. 50, de fecha 9 de septiembre de 1991, del Ministro de Cultura, se dispuso la creación del Centro Nacional para el trabajo Cultural en la Comunidad y mediante la Resolución No. 50, de fecha 8 de septiembre de 1994, de la propia instancia, se dispuso su cambio de denominación por la de Centro Nacional de Cultura Comunitaria.
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POR CUANTO: Por Resolución No. 57, de fecha 18 de abril de 2002, del Ministro de Cultura, se dispone que el Centro Nacional de Cultura Comunitaria en lo adelante se denomine, Consejo Nacional de Casas de Cultura.
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POR CUANTO: El teatro de contenido social y popular que refleja la realidad de nuestros pueblos latinoamericanos desde sus orígenes, es una constante en el quehacer cultural y artístico de los países de la región, y en él la breve obra dramatúrgica de José Martí resulta un hito de trascendencia y tiene como objetivo no sólo reflejar la realidad sino transformarla.
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POR CUANTO: Los teatristas latinoamericanos amateurs con una vocación social y popular tienen la necesidad y el interés de mantenerse vinculados entre sí con el objetivo de apoyarse mutuamente para que su actividad sea de mayor calidad y cumpla mejor el objetivo de enriquecer la cultura, la educación, los sentimientos y los valores humanos del hombre a través del teatro.
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POR CUANTO: Una de las principales funciones del Consejo Nacional de Casas de Cultura es la de estimular y propiciar los procesos de creación, apreciación y promoción del arte nacional y universal, por lo que teniendo en cuenta lo expuesto en los Por Cuantos precedentes, procede resolver en consecuencia.
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POR CUANTO: Mediante Acuerdo del Consejo de Estado, de fecha 10 de febrero de 1997, fue designado el que suscribe como Ministro de Cultura.
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POR TANTO: En el ejercicio de las facultades que me están conferidas;
R e s u e l v o :
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PRIMERO: Crear la Cátedra Latinoamericana de Teatro Amateur “José Martí”, a fin de propiciar una vía que consolide los vínculos entre los teatristas latinoamericanos amateurs con vocación social y popular, para apoyarse mutuamente y relacionarse con instituciones y organizaciones de la educación general y popular, para que su actividad sea de mayor calidad y cumpla mejor el objetivo de enriquecer la cultura, la educación, los sentimientos y los valores humanos del hombre a través del teatro, la cual será atendida metodológica y administrativamente por el Consejo Nacional de Casas de Cultura.
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SEGUNDO: Las funciones a cumplir por esta Cátedra son las siguientes:
- 1. Propiciar que el teatro amateur logre el vínculo necesario con las comunidades y sectores poblacionales a los que se destine su trabajo.
- 2. Elevar la calidad técnico – artística del teatro amateur que realizan, para que éste pueda cumplir con mayor efectividad los objetivos socio – culturales que se proponen.
- 3. Desarrollar programas de educación y formación técnico – artística con directores, actores, técnicos y especialistas de la escena.
- 4. Estimular el apoyo recíproco y promover el intercambio permanente entre los teatristas latinoamericanos amateurs de todas las tendencias y modalidades teatrales.
- 5. Crear estructuras de comunicación entre los hacedores del teatro amateur, propiciando el intercambio de información especializada.
- 6. Contribuir a la formación y crecimiento del Movimiento de Narradores Orales en América Latina, trabajando por la elevación técnica de sus propuestas artísticas, por la investigación y reflexión acerca del arte de contar cuentos.
- 7. Trabajar activamente para que el teatro con niños y para niños ocupe un lugar importante en Latinoamérica.
- 8. Estimular y apoyar las diferentes técnicas y modalidades del teatro amateur, o de este en vínculo con otras artes; ya sean tradicionales, modernas o experimentales.
- 9. Lograr que el teatro amateur se convierta en un eficaz instrumento para la elevación de los niveles de educación popular de nuestros pueblos.
- 10. Estimular el intercambio cultural, para fortalecer con ello los lazos de amistad y hermandad entre los países latinoamericanos.
- 11. Trabajar, en coordinación con todas las instituciones teatrales, para que la Cátedra se convierta, en el conjunto de sus acciones de superación técnico – artística, en la soñada y necesaria Escuela Latinoamericana Itinerante de Teatro.
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TERCERO: El Consejo Nacional de Casas de Cultura queda encargado de instrumentar la creación de esta Cátedra, así como promover su funcionamiento y actividades.
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CUARTO: Facultar al Presidente del Consejo Nacional de Casas de Cultura para designar al Presidente, Vicepresidente y Secretario, con cargos no profesionales y demás miembros de la Cátedra.
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QUINTO: La presente Resolución entra en vigor a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
- NOTIFIQUESE al Consejo Nacional de Casas de Culturas. COMUNIQUESE a los viceministros, a la Casa de las Américas, a los presidentes de institutos y consejos, a las direcciones nacionales, instituciones y entidades del sistema de la cultura y a cuantas más personas naturales y jurídicas proceda.
PUBLIQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
ARCHIVESE el original de esta Resolución en la Dirección Jurídica de este Ministerio.
DADA en la Ciudad de La Habana, a los 18 días del mes de noviembre de 2003.
Abel E. Prieto Jiménez
Ministro de Cultura
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