Resolución 75

Sobre la formalización de Escrituras de Invitación

Organismo
Ministerio de Justicia
Fecha emisión
2007-04-25
Publicada en
Gaceta No. 20 Extraordinaria de 2007 (2007-04-27)
Páginas
3
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Texto íntegro

RESOLUCION No. 75

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POR CUANTO: Quien suscribe fue designada Ministra de Justicia por Acuerdo del Consejo de Estado de fecha 23 de marzo de 2007.

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POR CUANTO: El Acuerdo del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros de 25 de noviembre de 1994, número 2817 para control administrativo, aprobó, con carácter provisional, los deberes, atribuciones y funciones comunes de los organismos de la Administración Central del Estado y de sus jefes, y en su Apartado Tercero, numeral cuatro, los faculta para dictar, en el límite de sus facultades y competencia, reglamentos, resoluciones y otras disposiciones de obligatorio cumplimiento para el sistema del Organismo; y, en su caso, para los demás organismos, los órganos locales del Poder Popular, las entidades estatales, el sector cooperativo, mixto, privado y la población.

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POR CUANTO: La Resolución número 87 de 23 de abril de 2007, del Ministro de Relaciones Exteriores, dispone que las cartas de invitación extendidas por ciudadanos extranjeros y ciudadanos cubanos residentes en el exterior, a favor de ciudadanos cubanos residentes en Cuba, para viajar al exterior por razones particulares, se tramiten en el país de residencia del invitante.

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POR CUANTO: La Resolución número 201 de 22 de septiembre de 1999, de este Organismo, puso en vigor las tarifas para los servicios notariales que se prestan por la Notaría Especial del Ministerio de Justicia, sus extensiones y las sociedades civiles de servicios jurídicos que cuentan con servicios notariales.

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POR CUANTO: Resulta necesario disponer que los notarios que prestan servicios notariales en la Unidad Presupuestada “Notaría Especial”, sus extensiones y las sociedades civiles de servicios, en lo adelante, se abstendrán, de formalizar Escrituras de Invitación.

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POR TANTO: En el ejercicio de las facultades que me están conferidas,

R e s u e l v o :

- PRIMERO Los notarios que prestan servicios en la Unidad Presupuestada “Notaría Especial” de este Organismo, sus extensiones y las sociedades civiles de servicios, se abstendrán de formalizar Escrituras de Invitación de ciudadanos extranjeros y ciudadanos cubanos residentes permanentes en el exterior, a ciudadanos cubanos residentes en el país.

- SEGUNDO El Director de la Dirección de Notarías y Registros Civiles del Ministerio queda encargado del cumplimiento de lo dispuesto en la presente.

- TERCERO La presente Resolución entra en vigor a partir del 2 de mayo de 2007.

NOTIFIQUESE a los directores de la Dirección de Notarías y Registros Civiles y de Servicios Legales Especializados de este Organismo, a la Directora de la Unidad Presupuestada “Notaría Especial”, a los directores de las sociedades civiles de servicios “Consultoría Jurídica Internacional S.A.”, “Bufete Internacional S.A.” y “Consultores y Abogados Internacionales”, en forma abreviada “CONABI”.

COMUNIQUESE al Ministro de Relaciones Exteriores, a los viceministros de este Organismo y a cuantas más personas proceda.

PUBLIQUESE en la Gaceta Oficial de la República.

ARCHIVESE el original de la presente disposición en la Dirección de Legislación y Asesoría de este Ministerio.

DADA en la ciudad de La Habana, a los 25 días del mes de abril de 2007.

María Esther Reus González

Ministra de Justicia

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