Resolución 77/2006
Texto íntegro
RESOLUCION No. 77/2006
-
POR CUANTO: Por Acuerdo del Consejo de Estado de 19 de julio de 2004, quien resuelve fue designado Viceministro Primero de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente.
-
POR CUANTO: El Decreto-Ley No. 67 de fecha 19 de abril de 1983, “De la Organización de la Administración Central del Estado” en su artículo 33 establece que los jefes de los organismos de la Administración Central del Estado son sustituidos temporalmente, cuando fuere necesario, por los viceministros primeros.
-
POR CUANTO: El Acuerdo adoptado por el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros con fecha 25 de noviembre de 1994, con número 2817 para control administrativo, en su Apartado Segundo Numeral 20, faculta a este Ministerio como Organismo de la Administración Central del Estado para participar, según el procedimiento establecido, en la creación, fusión, extinción o traslado de sus entidades subordinadas y de su esfera de atención.
-
POR CUANTO: Por Resolución No. 103 de fecha 6 de diciembre de 1999 de este Ministerio, se dispuso la creación de la Unidad Presupuestada denominada Centro de Atención a la Actividad Nuclear de Camagüey, subordinada al Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, denominación que fue modificada, por la de Centro de Ingeniería Ambiental de Camagüey, en forma abreviada CIAC, al igual que su objeto, por los Apartados Segundo y Primero respectivamente de la Resolución No. 106 de 26 de noviembre de 2001 de este propio organismo.
-
POR CUANTO: Mediante la Resolución No. 434 del Ministerio de Economía y Planificación de fecha 30 de diciembre de 2004, fue modificado nuevamente el objeto de la Unidad Presupuestada denominada Centro de Ingeniería Ambiental de Camagüey, subordinada a este Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente.
-
POR CUANTO: El Ministerio de Economía y Planificación mediante su Resolución No. 177 dictada el 13 de abril
de 2006, ha autorizado el traspaso de la Unidad Presupuestada denominada Centro de Ingeniería Ambiental de Camagüey, subordinado directamente al Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, para su integración a la Organización Superior de Dirección, denominada Agencia de Energía Nuclear y Tecnologías de Avanzada en forma abreviada AEN-TA, perteneciente a este Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente.
-
POR CUANTO: Atendiendo a lo señalado en los Por Cuantos anteriores, resulta conveniente modificar la precitada Resolución No. 103/99 y dejar sin efecto la Resolución No. 106/01, ambas de este Ministerio, realizando así los ajustes pertinentes.
-
POR TANTO: En ejercicio de las facultades que me están conferidas,
R e s u e l v o :
-
PRIMERO: Modificar el Apartado Primero de la Resolución No. 103 de 6 de diciembre de 1999, de este organismo, el que queda redactado de la forma siguiente: “PRIMERO: Disponer la creación de la Unidad Presupuestada denominada Centro de Ingeniería Ambiental de Camagüey, en forma abreviada CIAC, subordinado a la Organización Superior de Dirección, denominada Agencia de Energía Nuclear y Tecnología Avanzada en forma abreviada AEN-TA, con personalidad jurídica independiente y patrimonio propio.”
-
SEGUNDO: Modificar el objeto de la Unidad Presupuestada denominada Centro de Ingeniería Ambiental de Camagüey como sigue:
- 1. Ejecutar proyectos de investigación enmarcados en la aplicación de técnicas de avanzada nuclear y tecnologías limpias y energía renovable en el territorio, en moneda nacional.
- 2. Brindar servicios científicos técnicos de seguridad radiológica ocupacional y estatal a clientes y usuarios de sustancias radiactivas y otras fuentes de radiaciones ionizantes en moneda nacional.
- 3. Prestar servicios de monitoreo radiológico ambiental en los territorios de las provincias de Ciego de Avila, Camagüey y Las Tunas, a través de la estación regional de
- la red Nacional de Vigilancia Radiológica Ambiental, en moneda nacional.
- 4. Ofrecer servicios de seguridad industrial y gestión de mantenimiento, en moneda nacional, entre los que se encuentran:
- - a) Aplicación de las técnicas de ensayo no destructivo en la industria.
- - b) Aplicación sobre las técnicas de biotecnología ambiental, análisis de fluorescencia, rayos X, absorción atómica y de radiotrazadores a la industria y el medio ambiente.
- - c) Servicios analíticos para la ejecución de servicios y proyectos científicos técnicos de corte ambiental.
- 5. Impartir cursos de entrenamiento a nivel de las industrias y ofrecer servicios de organización de conferencias, seminarios, talleres y encuentros a fin de proporcionar herramientas, métodos y habilidades APRA el mejoramiento continuo de los procesos productivos, en función de su mejor desempeño ambiental, en moneda nacional.
- 6. Brindar servicios de asesoramiento sobre la prevención de la contaminación, el aprovechamiento económico de los residuales, la aplicación de buenas prácticas de higiene industrial, el control eficiente de los procesos y la ejecución de medidas internas en las organizaciones productivas, en moneda nacional.
- 7. Elaborar y comercializar de forma mayorista y minorista sólo en eventos, para las producciones limpias, en moneda nacional.
- 8. Brindar servicios de comedor, cafetería y transporte de personal a sus trabajadores, en moneda nacional.
- -
TERCERO: Las Direcciones de Perfeccionamiento y de Recursos Humanos de este Ministerio quedan encargadas de tomar la medidas necesarias para un mejor cumplimiento de lo que por la presente se dispone.
- -
CUARTO: Ratificar la Resolución No. 103 de fecha 6 de diciembre de 1999 en cuanto no se opongan al cumplimiento de la presente y derogar la Resolución No. 106 de 26 de noviembre de 2001 ambas de este Ministerio.
- -
QUINTO: La presente Resolución surte efectos setenta y dos horas después de su firma.
- Comuníquese, a la Presidente de la Agencia Nuclear y Tecnología de Avanzada, al Director del Centro de Ingeniería Ambiental de Camagüey, a los viceministros, a los directores y jefes de departamento de la sede central, a los delegados territoriales, presidentes de agencias y a los directores de oficinas y centros independientes, y a cuantas personas naturales corresponda conocer lo dispuesto. Archívese el original en el Protocolo de Resoluciones de la Dirección Jurídica de este Ministerio.
PUBLIQUESE en la Gaceta Oficial de la República.
DADA en la Sede Central del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, en la ciudad de La Habana a los 19 días del mes de mayo del año 2006.
Dr. Fernando Mario González Bermúdez
Ministro p.s.r. de Ciencia, Tecnología
y Medio Ambiente
NOTA: EL ATRASO DE ESTA NORMA NO ES IMPUTABLE A LA EDITORA
COMERCIO EXTERIOR