Resolución 77

Prórroga de concesión de explotación y procesamiento en el área del yacimiento Nieves Morejón

Organismo
Ministerio de Energía y Minas
Fecha emisión
2022-06-07
Publicada en
Gaceta No. 63 Ordinaria de 2022 (2022-06-17)
Páginas
28–29
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La Resolución 77/2022 del Ministerio de Energía y Minas prorroga la concesión de explotación y procesamiento en el área del yacimiento Nieves Morejón, otorgada a la Empresa de Materiales de Construcción de Sancti Spíritus. La prórroga tiene un plazo de 26 años, hasta el 16 de enero de 2048.

Texto íntegro

GOC-2022-661-O63 RESOLUCIÓN 77/2022

POR CUANTO: De conformidad con la Disposición Final Segunda de la Ley 76, “Ley de Minas”, de 21 de diciembre de 1994, se faculta al extinto Ministerio de la Industria Básica, hoy de Energía y Minas, para dictar cuantas disposiciones se requieran para la mejor ejecución de esta Ley.

POR CUANTO: Mediante la Resolución 14, de 16 de enero de 1998, del Ministro de la Industria Básica de 16 de enero de 1998, se otorgó a la Empresa de Materiales de Construcción No.5, actualmente Empresa de Materiales de Construcción de Sancti Spí-ritus, una concesión de explotación y procesamiento en el área del yacimiento Nieves Morejón, ubicada en el municipio de Cabaiguán, provincia de Sancti Spíritus, con el ob-jeto de explotar y procesar caliza para la producción de cemento blanco y áridos para la construcción por el término de veinticinco (25) años; autorizándose a tenor de la Reso -lución 33, del Ministro de Energía y Minas, de 24 de abril de 2019, utilizar las fracciones de polvo de piedra y base pétrea que en su composición excedan del 0.06 % de óxido de hierro procedentes del procesamiento del mineral del sector destinado a la producción de cemento blanco para su uso como árido en la construcción.

POR CUANTO: La Empresa de Materiales de Construcción de Sancti Spíritus ha presentado a la Oficina Nacional de Recursos Minerales una solicitud de prórroga al término otorgado, descrito en el Por Cuanto anterior.

POR CUANTO: La Oficina Nacional de Recursos Minerales ha considerado conveniente en su dictamen recomendar al que resuelve otorgue al concesionario dicha prórroga, oídos los criterios de los órganos locales correspondientes.

1657 GACETA OFICIAL17 de junio de 2022

POR TANTO: En el ejercicio de las atribuciones que me han sido conferidas en el

Artículo 145, inciso d), de la Constitución de la República de Cuba,RESUELVOPRIMERO: Prorrogar hasta el 16 de enero de 2048 la concesión de explotación y pro-cesamiento denominada Nieves Morejón, otorgada a la Empresa de Materiales de Cons-trucción de Sancti Spíritus, ubicada en el municipio de Cabaiguán, provincia de Sancti Spíritus.

SEGUNDO: El concesionario está obligado a: 1. Cumplir con los requerimientos de la Licencia Ambiental otorgada. 2. Contactar a la delegación municipal de la Agricultura, a los efectos de dar a conocer la prórroga que se otorga. 3. Cumplir con lo regulado en toda la legislación vigente en materia de protección a las aguas terrestres que incluye, entre otras, la Ley 124 “De las aguas terrestres” y su Reglamento; y las normas cubanas 27:2012, “Vertimiento de Aguas Residuales a las Aguas Terrestres y al Alcantarillado. Especificaciones” y 23:1999, “Franjas Forestales de las zonas de protección a embalses y cauces fluviales”. 4. Informar a la Región Militar de Sancti Spíritus la continuidad de los trabajos y el cronograma de los mismos. 5. Implementar medidas en el área para la protección física a personas, los recursos y medios técnicos, así como para la prevención de incendios, acorde a las normas cubanas vigentes. 6. Abstenerse de depositar desechos, material o sustancias contaminantes que afecten el drenaje natural del terreno y depositar el material desbrozado en una zona donde se pueda utilizar para la rehabilitación del área minada.

TERCERO: Los términos y condiciones dispuestas en la Resolución 14, del Ministro de la Industria Básica de 16 de enero de 1998, y la Resolución 33, del Ministro de Energía y Minas, de 24 de abril de 2019, son de obligatorio cumplimiento, con excepción de los que se opongan a lo establecido en los apartados anteriores de la presente Resolución. NOTIFÍQUESE al Director General de la Oficina Nacional de Recursos Minerales y al Director General de la Empresa de Materiales de Construcción de Sancti Spíritus.

PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

ARCHÍVESE el original en la Dirección Jurídica del Ministerio de Energía y Minas.

DADA en La Habana, a los 7 días del mes de junio de 2022, “Año 64 de la Revolución”.Nicolás Liván Arronte Cruz Ministro________________