Resolución 77/2023
La Resolución 77/2023 del Ministerio de Energía y Minas extingue la concesión de explotación Arcilla II Frente, otorgada a la Empresa Provincial de Producción de Materiales de Construcción de Santiago de Cuba. Esta decisión se basa en la Ley 76, 'Ley de Minas', de 1994, y se toma porque ha vencido el término otorgado para la explotación.
- Extinción de la concesión de explotación Arcilla II Frente, ubicada en el municipio de II Frente, provincia de Santiago de Cuba.
- La concesión fue otorgada y prorrogada por resoluciones 221/2005 y 134/2014, respectivamente.
- El área queda franca para nuevas solicitudes de actividades mineras.
- La empresa debe cumplir obligaciones pendientes, incluyendo las tributarias y ambientales.
- Se derogan las resoluciones 221/2005 y 134/2014.
Texto íntegro
RESOLUCIÓN 77/2023
POR CUANTO:De conformidad con la Disposición Final Segunda, de la Ley 76,“Ley de Minas”, de 21 de diciembre de 1994, se faculta al Ministerio de la Industria Básica, hoy Ministerio de Energía y Minas para dictar cuantas disposiciones se requieranpara la mejor ejecución de esta Ley.
POR CUANTO: Ha vencido el término otorgado por la Resolución 221, de 29 dejunio de 2005, de la ministra de la Industria Básica, a la Empresa Provincial de Producciónde Materiales de Construcción de Santiago de Cuba, en el área de la concesión deexplotación denominada Arcilla II Frente, ubicada en el municipio de II Frente de laprovincia de Santiago de Cuba, con el objeto de explotar y procesar el mineral arcilla para
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su utilización en la construcción por un término de nueve años; prorrogada su vigenciapor la Resolución 134, de 26 de mayo de 2014, del ministro de Energía y Minas, hastael 29 de junio de 2023; por lo que incurre en la causal de extinción de las concesionesmineras dispuesta en la Ley 76, “Ley de Minas”, de 21 de diciembre de 1994, en el Capítulo X,
Artículo 60, inciso a).
POR TANTO: En el ejercicio de las atribuciones que me han sido conferidas en el
Artículo 145, inciso d), de la Constitución de la República de Cuba,
RESUELVO
PRIMERO: Extinguir la concesión de explotación denominada Arcilla II Frente,ubicada en el municipio de II Frente de la provincia de Santiago de Cuba, otorgada yprorrogada, respectivamente, por las resoluciones 221, de 29 de junio de 2005, de laministra de la Industria Básica y 134, de 26 de mayo de 2014, del ministro de Energía y Minas a la Empresa Provincial de Producción de Materiales de Construcción de Santiagode Cuba.
SEGUNDO: Declarar franca el área que abarcaba la concesión de explotación, la quepuede ser objeto de nuevas solicitudes para realizar actividades mineras.
TERCERO: La Empresa Provincial de Producción de Materiales de Construcción de Santiago de Cuba, está obligada a cumplir las obligaciones contraídas al serle otorgada dichaconcesión de explotación y procesamiento, si no las hubiere aún ejecutado, especialmentelas tributarias y las relacionadas con el medio ambiente; así como a indemnizar por losdaños o perjuicios que hayan dado lugar las actividades mineras realizadas.
CUARTO: Derogar las resoluciones 221, de 29 de junio de 2005, de la ministra de la Industria Básica y 134, de 26 de mayo de 2014, del ministro de Energía y Minas.
NOTIFÍQUESE al Director General de la Oficina Nacional de Recursos Minerales y al Director General de la Empresa Provincial de Producción de Materiales de Construcciónde Santiago de Cuba.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
ARCHÍVESE el original en la Dirección Jurídica del Ministerio de Energía y Minas.
DADA en La Habana, a los 31 días del mes dejulio de 2023,Año 65 de la Revolución.
Vicente de la O Levy
Ministro
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