Resolución 772/2015
La Resolución No. 772/2015 del Ministerio de la Construcción regula la solicitud de ampliación de licencia para ejercer como Proyectista presentada por la Empresa Mixta ENERGAS, S.A. El Ministro de la Construcción emite esta resolución en virtud de sus facultades.
- Se deniega la ampliación de la licencia para ejercer como Proyectista a ENERGAS, S.A. por no tener aprobados en su Objeto Social autorizado.
- La empresa no demostró competencia para realizar actividades como Proyectista.
- La resolución fue emitida por el Ministro de la Construcción, Ing. René Mesa Villafaña.
- Se responsabiliza al Encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba para cumplir con lo dispuesto.
- La resolución debe ser notificada al interesado y a otras autoridades competentes.
Texto íntegro
RESOLUCIÓN No. 772/2015
POR CUANTO: El Acuerdo No. 7641 de fecha 14 de octubre de 2014, adoptadopor el Consejo de Ministros, establece entre las funciones específicas del Ministeriode la Construcción, las de inscribir y otorgar licencias a personas jurídicas, cubanas yextranjeras que pretendan actuar como contratista, constructor, proyectista, consultor,administrador de proyectos, realizar investigaciones ingenieras, construir o participaren cualquier forma que materialmente signifique prestar servicios relacionados con laconstrucción en la República de Cuba.
POR CUANTO: La Resolución No. 328 de fecha 28 de octubre de 1996, dictada porel Ministro de la Construcción y Modificada por esta propia autoridad por la Resolución No. 184 de 29 de mayo de 2014, creó la Comisión Nacional de Contratación y Licitacio-nes de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción, adscripta al Ministro dela Construcción, el Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba y puso en vigor su Reglamento.
POR CUANTO: La Empresa Mixta ENERGAS, S.A. con domicilio social en la pro-vincia de Matanzas, ha solicitado la Ampliación de la Licencia No. 930/14, vigente hastael 8 de abril de 2016, la que fue anteriormente renovada mediante la Resolución Minis-terial No. 281 de 22 de septiembre de 2014, para ejercer como Constructor además como Proyectista.
POR CUANTO: Corresponde al Ministro de la Construcción, resolver sobre lassolicitudes de Ampliación de licencias presentadas ante el Encargado del Registro,adscripto a la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectosy Otros Servicios de la Construcción.
POR CUANTO: El Encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, una vez dictaminada la solicitud, trasladó al Presi-dente de la Comisión Nacional el Expediente incoado, el que con sus recomendaciones,ha elevado al que resuelve, en virtud de la solicitud presentada por la Empresa MixtaENERGAS, S.A., con domicilio social en la provincia de Matanzas.
POR TANTO: En el ejercicio de las facultades que me están conferidas, en el artículo 100,inciso a) de la Constitución de la República,
R e s u e l v o :
PRIMERO: Denegar la Ampliación de la Licencia para ejercer como Proyectistasolicitada por la Empresa Mixta ENERGAS, S.A., con domicilio social en la provinciade Matanzas, en el Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores dela República de Cuba, adscripto a la Comisión Nacional de Contratación y Licitacionesde Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción, en virtud de no tenerlos apro-bados en el Objeto Social autorizado, ni demostrar la competencia, para su realizaciónen los elementos aportados.
SEGUNDO: El Encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, queda responsabilizado con el cumplimiento de lodispuesto.
NOTIFÍQUESE la presente Resolución al Encargado del Registro Nacional de Construc-tores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, quien queda responsabilizado denotificar al interesado.
Comuníquese al Presidente y Vicepresidente Ejecutivo de la Comisión Nacional de Con-tratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción, a losviceministros del Ministerio de la Construcción y al Director de la Unidad de Inspección Estatal de la Construcción.
Archívese el original en la Dirección de Asesoría Jurídica de este Ministerio.
Publíquese en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
DADA en La Habana, a los 30 días del mes de diciembre de 2015.
Ing. René Mesa Villafaña
Ministro de la Construcción