Acuerdo 5631

Otorgar con carácter póstumo la Medalla POR EL SERVICIO EJEMPLAR EN LAS FUERZAS ARMADAS REVOLUCIONARIAS

Organismo
Consejo de Estado de la República de Cuba
Fecha emisión
Publicada en
Gaceta No. 22 Ordinaria de 2018 (2018-06-21)
Páginas
5
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El Consejo de Estado de la República de Cuba otorga con carácter póstumo la Medalla POR EL SERVICIO EJEMPLAR EN LAS FUERZAS ARMADAS REVOLUCIONARIAS al Mayor MIGUEL GONZÁLEZ ACOSTA. La norma se emite en virtud de la Constitución de la República y la Ley No. 17 de 1978.

Texto íntegro

GOC-2018-397-O22 El Consejo de Estado de la República de Cuba, en uso de las atribuciones que le han sido conferidas por el inciso k) del artículo 90 de la Constitución de la Republica, y la Ley No. 17, de 28 de junio de 1978, Del Sistema de Condecoraciones y Títulos Honoríficos, ha adoptado el siguiente ACUERDO No. 5631

PRIMERO: Otorgar con carácter póstumo la Medalla POR EL SERVICIO EJEM-PLAR EN LAS FUERZAS ARMADAS REVOLUCIONARIAS, creada por el Decreto Ley No. 105, de 13 de julio de 1988, al Mayor MIGUEL GONZÁLEZ ACOSTA en reconocimiento a los servicios prestados en las Fuerzas Armadas Revolucionarias durante 34 años, donde cumplió con todas las tareas asignadas por el mando superior, siempre con calidad y responsabilidad, contribuyendo al desarrollo y consolidación de la defensa de nuestra Patria Socialista y al fortalecimiento de la disposición combativa de las FAR.

SEGUNDO: El ministro de las Fuerzas Armadas Revolucionarias queda encargado de disponer todo lo relacionado con la entrega de la Medalla y los documentos acreditativos de esta a los familiares que corresponda, de acuerdo con lo establecido en su Reglamento.

TERCERO: Publíquese en la Gaceta Oficial de la República de Cuba, a los efectos procedentes.

DADO en el Palacio de la Revolución, en La Habana, a los 20 días del mes de no-viembre de 2017. Raúl Castro Ruz Presidente del Consejo de Estado________________