Resolución 79/2024
La Resolución No. 79/2024 del Ministerio de Energía y Minas autoriza la explotación de fangos minero medicinales en Salina Bidos. La norma es emitida por el Ministerio de Energía y Minas y regula la concesión para la explotación de estos recursos.
- Se autoriza a la Empresa de la Sal para explotar fangos minero medicinales en 89.98 hectáreas dentro de la concesión Salina Bidos.
- El objetivo es utilizar estos fangos en el tratamiento de varias patologías y enfermedades.
- El área de explotación se ubica en el municipio de Martí, provincia de Matanzas.
- Las coordenadas Lambert del área son: VÉRTICES X Y: 1 524 600 361 800, 2 525 115 362 190, 3 526 010 361 090, 4 525 275 361 010, 5 524 720 361 290.
- Los términos de la Resolución 224/2013 continúan siendo obligatorios, salvo aquellos que se opongan a esta resolución.
Texto íntegro
RESOLUCIÓN 79/2024
POR CUANTO: De conformidad con la Disposición Final Segunda de la Ley 76 “Ley de Minas”, de 21 de diciembre de 1994, se faculta al extinto Ministerio de la Industria Básica, hoy de Energía y Minas, para dictar cuantas disposiciones se requieran para la mejor ejecución de esta Ley.
POR CUANTO: Mediante la Resolución 224, de 27 de agosto de 2013, del ministro de Energía y Minas, se le otorga mediante traspaso a la Empresa de la Sal, la concesión de explotación y procesamiento en el área denominada Salina Bidos, ubicada en el municipio de Martí, de la provincia de Matanzas, de los minerales yeso, anhidrita y agua de mar para
la obtención de sal para su utilización en el consumo humano e industrial y la fabricación de cemento, excluyéndose los derechos mineros de explotación de los fangos medicinales, con una vigencia hasta el 26 de octubre de 2025.
POR CUANTO: La Empresa de la Sal, a través de la Oficina Nacional de Recursos Minerales, ha presentado una solicitud para ampliar los derechos de explotación sobre los fangos minero medicinales ubicados en ochenta y nueve punto noventa y ocho (89.98) hectáreas dentro del área de procesamiento de la citada concesión, para su uso en el tratamiento de varias patologías y enfermedades.
POR CUANTO: La Oficina Nacional de Recursos Minerales ha consideradoconveniente en su dictamen recomendar al que resuelve otorgue al solicitante la ampliación del mineral a explotar.
POR TANTO: En el ejercicio de las atribuciones que me han sido conferidas en el
Artículo 145, inciso d), de la Constitución de la República de Cuba,RESUELVOPRIMERO: Autorizar a la Empresa de la Sal la explotación del mineral fangos minero medicinales con el objetivo de utilizarlo en el tratamiento de varias patologías y enfermedades.
SEGUNDO: El área objeto de la presente autorización abarca un área total de ochenta y nueve punto noventa y ocho (89.98) hectáreas dentro del área de procesamiento de la concesión de explotación y procesamiento denominada Salina Bidos, ubicada en el municipio de Martí, provincia de Matanzas, y su localización en el terreno, en coordenadas Lambert, Sistema Cuba Norte, es la siguiente:VÉRTICES X Y1 524 600 361 800 2 525 115 362 190 3 526 010 361 090 4 525 275 361 010 5 524 720 361 290 1 524 600 361 800
TERCERO: Los términos, condiciones y obligaciones dispuestos en la Resolución 224, de 27 de agosto de 2013, del ministro de Energía y Minas, continúan siendo de obligatorio cumplimiento para el concesionario, con excepción de los que se opongan a lo establecido en los apartados anteriores de la presente Resolución.NOTIFÍQUESE al director general de la Oficina Nacional de Recursos Minerales y aldirector general de la Empresa de la Sal.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
ARCHÍVESE el original en la Dirección Jurídica del Ministerio de Energía y Minas.
DADA en La Habana, a los 3 días del mes de julio de 2024, “Año 66 de la Revolución”.Vicente de la O Levy Ministro