Resolución 8
La Resolución No. 8 del Ministerio del Comercio Exterior regula la denegación de renovación de licencia a la firma panameña COMERCIAL BARCELONA, S.A. La resolución es emitida por el Ministro a.i. del Comercio Exterior.
- Se deniega la solicitud de renovación de la Licencia en el Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras a COMERCIAL BARCELONA, S.A.
- La decisión se basa en el cambio de razones y fundamentos que justificaron el otorgamiento inicial de la licencia.
- El Encargado del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras es responsable del cumplimiento de la resolución.
- La resolución debe ser comunicada a diversas entidades nacionales, incluyendo Viceministros, Directores del Ministerio del Comercio Exterior, empresas estatales y bancos.
- La resolución se publica en la Gaceta Oficial para general conocimiento.
Texto íntegro
Decreto Nº 206, ha elevado a la consideración del que resuelve el expediente incoado en virtud de la solicitud presentada por la firma panameña COMERCIAL BARCELONA, S.A.
POR CUANTO: Del análisis de la citada solicitud, así como de los demás documentos que obran en el expediente de la mencionada Sucursal, se ha concluido que han variado las razones y fundamentos que justificaron el otorgamiento de la licencia que le fuera concedida a la firma panameña COMERCIAL BARCELONA, S.A.
POR TANTO: En uso de las facultades que me están conferidas,
R e s u e l v o :PRIMERO: Denegar la solicitud de renovación de la Licencia en el Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba, a la firma panameña COMERCIAL BARCELONA, S.A.
SEGUNDO: El Encargado del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras queda responsabilizado del cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución. COMUNIQUESE la presente Resolución a los
28 de marzo de 2002 GACETA OFICIAL 432 Viceministros y Directores del Ministerio del Comercio Exterior, al Encargado del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba, quien queda responsabilizado de notificar la presente Resolución al interesado; a los Directores de Empresas, al Ministerio de Finanzas y Precios, al Banco Central de Cuba, al Banco Financiero Internacional, al Banco Internacional de Comercio S.A., al Banco Exterior de Cuba, a la Aduana General de la República, a la Empresa para la Prestación de Servicios a Extranjeros, CUBALSE, a la compañía ACOREC S.A., a la Dirección de Inmigración y Extranjería, a ETECSA, al Registro Nacional de Vehículos Automotores y a cuantas otras entidades nacionales corresponda. Publíquese en la Gaceta Oficial para general conocimiento y archívese el original de la misma en la Dirección Jurídica.
DADA en la ciudad de La Habana, Ministerio del Comercio Exterior, a los quince días del mes de marzo de dos mil dos.Orlando Hernández Guillén Ministro a.i. del Comercio Exterior______________