Resolución 80

Cancelación de autorización a la Empresa Comercial MATCO

Organismo
Ministerio del Comercio Exterior
Fecha emisión
2006-02-14
Publicada en
Gaceta No. 41 Ordinaria de 2006 (2006-07-05)
Páginas
3–4
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Texto íntegro

RESOLUCION Nº 80 de 2006

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POR CUANTO: Corresponde al Ministerio del Comercio Exterior, en virtud de lo dispuesto en el Acuerdo Nº 2821, adoptado por el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros con fecha 28 de noviembre de 1994, dirigir, ejecutar y controlar la aplicación de la política del Estado y del Gobierno en cuanto a la actividad comercial exterior.

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POR CUANTO: Mediante Resolución Nº 500, de 24 de junio de 2003, dictada por el Ministro del Comercio Exterior, fue establecido el Procedimiento para la concesión, modificación y cancelación de facultades de comercio exterior, así como la de nomenclaturas de productos autorizados, a las empresas estatales, sociedades mercantiles cubanas.

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POR CUANTO: Mediante Resolución Nº 135, de 14 de marzo del 2005, fue ratificada la autorización otorgada a la Empresa Comercial MATCO, para ejecutar directamente operaciones de comercio exterior.

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POR CUANTO: Mediante Resolución Nº 184, de 22 de abril del 2005, fue cancelada la autorización otorgada a la Empresa Comercial MATCO, para ejecutar directamente la importación de determinadas subpartidas arancelarias.

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POR CUANTO: Procede dejar sin efecto la autorización otorgada a la referida entidad, para la ejecución de actividades de exportación.

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POR CUANTO: Mediante Acuerdo Nº 2817 de fecha 25 de noviembre de 1994, adoptado por el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, se establece entre los deberes, atribuciones y funciones comunes de los jefes de los organismos de la Administración Central del Estado, dictar en el límite de sus facultades y competencia, reglamentos, resoluciones y otras disposiciones de obligatorio cumplimiento para el sistema del Organismo; y, en su caso, para los demás organismos, los órganos locales del Poder Popular, las entidades estatales, el sector cooperativo, mixto, privado y la población.

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POR CUANTO: Por Acuerdo del Consejo de Estado de fecha 17 de mayo del 2000 fue designado el que Resuelve, Ministro del Comercio Exterior.

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POR TANTO: En uso de las facultades que me están conferidas,

R e s u e l v o :

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PRIMERO: Cancelar la autorización otorgada a la Empresa Comercial MATCO, identificada a los efectos estadísticos con el Código Nº 658, para la realización de actividades de exportación.

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SEGUNDO: Ratificar la autorización otorgada a la Empresa Comercial MATCO, para que ejecute directamente la importación de las mercancías que a nivel de subpartidas arancelarias se indican en los Anexos Nº 1 y 2 contenidos en soporte digital que se acompaña.

- — Nomenclatura permanente de productos de importación (Anexo Nº 1).

- — Nomenclatura temporal de productos de importación, por el término de un (1) año (Anexo Nº 2).

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TERCERO: La importación de las mercancías comprendidas en la nomenclatura que por la presente se aprueba, sólo podrá ser ejecutada con destino a cumplir los fines previstos dentro de su objeto social.

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CUARTO: La importación de mercancías sujetas a autorizaciones adicionales a la otorgada mediante la nomenclatura de importación que se concede a la entidad solicitante, deberá interesarse, previamente a la ejecución de la importación, en la forma establecida para cada caso según proceda.

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QUINTO: La Empresa Comercial MATCO, al amparo de la Resolución Nº 200, dictada por el Ministro del Comercio Exterior, en fecha 4 de junio de 1996, podrá solicitar la importación eventual de los productos que requiera, cuyas nomenclaturas no se aprueban por la presente.

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SEXTO: Se derogan las Resoluciones Nº 135 y 184 de fechas 14 de marzo y 22 de abril del 2005, respectivamente, dictadas por el Ministro del Comercio Exterior.

- NOTIFIQUESE al interesado. COMUNIQUESE la presente Resolución a la Secretaría del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, al Ministerio de la Construcción, a la Aduana General de la República, al Ministerio de Finanzas y Precios, al Banco Central de Cuba, a los Viceministros y Directores del Ministerio, al Presidente de la Cámara de Comercio y a los Directores de Empresas. Archívese el original en la Dirección Jurídica.

PUBLIQUESE en la Gaceta Oficial.

DADA en la ciudad de La Habana, Ministerio del Comercio Exterior, a los catorce días del mes de febrero de 2006.

Raúl de la Nuez Ramírez

Ministro del Comercio Exterior

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