Resolución 80
La Resolución 80 del Ministerio de Comunicaciones regula la emisión de un entero postal conmemorativo por el Aniversario 60 de la Federación de Mujeres Cubanas. Fue emitida por el Ministro de Comunicaciones.
- Se emiten 47 150 tarjetas postales franqueadas con valor de 1 peso cubano.
- Los enteros postales son válidos solo en territorio nacional.
- Debido a su importancia, se aprueba esta emisión no contemplada en el Plan de Emisiones Postales para 2020.
- El primer día de circulación y distribución lo determinará el Grupo Empresarial Correos de Cuba.
- El entero postal lleva un sello impreso para las 23 vistas multicolores.
Texto íntegro
RESOLUCIÓN 80
POR CUANTO: El Acuerdo 8151 del Consejo de Ministros, de 22 de mayo de 2017,en su apartado primero, numeral quince, establece que el Ministerio de Comunicacionestiene la función específica de regular y controlar la emisión, distribución, circulación,vigencia, valor facial y demás características de las especies postales.
POR CUANTO: La Resolución 230 del ministro de Comunicaciones, de 27 de diciem-bre de 2019, aprueba el Plan de Emisiones Postales para el año 2020 y en su apartadotercero establece que siempre que la importancia y transcendencia lo amerite, puedenpresentarse para su aprobación otras emisiones postales que no se encuentren contem-pladas en la citada Resolución, por lo que resulta procedente, debido a su categoría, laemisión de un entero postal destinado a conmemorar el Aniversario 60 de la Federaciónde Mujeres Cubanas.
POR TANTO: En el ejercicio de la atribución delegada, en el artículo 33, del Decreto -Ley No. 67 “De la Organización de la Administración Central del Estado”, de fecha 19 de abril de 1983,
RESUELVO
PRIMERO: Que se confeccionen y pongan en circulación un total de 47 150 tarjetaspostales franqueadas por el Aniversario 60 de la Federación de Mujeres Cubanas, querepresentan motivos alegóricos a la fecha, con valor de 1 peso cubano, las que se realizancon un sello impreso para las 23 vistas multicolores.
SEGUNDO: Estos enteros postales son válidos para su entrega especial, única y exclu-sivamente en el territorio nacional; en caso de ser utilizadas para otros países, deben lle-var la cantidad complementaria hasta completar la tarifa vigente para el lugar de destino.
TERCERO: Que el Grupo Empresarial Correos de Cuba, señale el primer día de circu-lación y distribución de esta emisión en las cantidades necesarias, a todas las unidades decorreos del país y vele por el cumplimiento de lo que por la presente se dispone.
COMUNÍQUESE al presidente del Grupo Empresarial Correos de Cuba y a cuantaspersonas naturales y jurídicas deban conocerla.
ARCHÍVESE el original en la dirección Jurídica del Ministerio de Comunicaciones.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
DADA en La Habana, a los 14 días del mes de agosto de 2020.
Wilfredo González Vidal