Resolución 80/2025
La Resolución 80/2025 del Ministerio de Energía y Minas extingue la concesión de explotación en el área Botichino I, ubicada en Granma. La concesión, otorgada originalmente a la Empresa de Mármoles Bayamo y posteriormente traspasada a la Empresa de Mármoles Cubanos, permitía la explotación de caliza para uso como roca ornamental.
- Se extingue la concesión de explotación en el área Botichino I, municipio de Jiguaní, provincia de Granma.
- El área queda franca para nuevas solicitudes de actividades mineras.
- La Empresa de Mármoles Cubanos debe cumplir obligaciones pendientes, incluyendo las tributarias y ambientales.
- La empresa debe indemnizar por daños o perjuicios causados por actividades mineras.
- Se derogan las Resoluciones 246/2000, 57/2006 y 115/2023 relacionadas con la concesión.
Texto íntegro
RESOLUCIÓN 80/2025
POR CUANTO: De conformidad con la Disposición Final Segunda, de la Ley 76 “Ley de Minas”, de 21 de diciembre de 1994, se faculta al Ministerio de la Industria Básica, hoy Ministerio de Energía y Minas para dictar cuantas disposiciones se requieran para la mejor ejecución de esta Ley.
POR CUANTO: Ha vencido el término otorgado por la Resolución 246, de 30 de agosto de 2000, del ministro de la Industria Básica a la Empresa de Mármoles Bayamo, para una concesión de explotación del mineral caliza en el área denominada Botichino I, ubicada en el municipio de Jiguaní de la provincia de Granma, con el objeto de explotar dicho mineral por el término de veinticinco años, para su utilización como roca ornamental; por la Resolución 57, de 21 de marzo de 2006, de la ministra de la Industria Básica, se dispuso el traspaso de dicha concesión a favor de la Empresa de Mármoles Cubanos, y por la Reso-lución 115, de 24 de octubre de 2023, del que resuelve, se modificó el apartado segundode la cita Resolución 246.
POR TANTO: En el ejercicio de las atribuciones que me han sido conferidas en el
Artículo 145, inciso d), de la Constitución de la República de Cuba,RESUELVOPRIMERO: Extinguir la concesión de explotación en el área denominada Botichino I, ubicada en el municipio de Jiguaní de la provincia de Granma, traspasada a favor de la Empresa de Mármoles Cubanos.
SEGUNDO: Declarar franca el área que abarcaba la concesión de explotación que puede ser objeto de nuevas solicitudes para realizar actividades mineras.
TERCERO: La Empresa de Mármoles Cubanos está obligada a cumplir las obligaciones contraídas al serle otorgada dicha concesión de explotación, si no las hubiere aún ejecutado, especialmente las tributarias y las relacionadas con el medio ambiente; así como a indemnizar por los daños o perjuicios que hayan dado lugar las actividades mineras realizadas.
CUARTO: Derogar las Resoluciones 246, de 30 de agosto de 2000, la 57, de 21 de marzo de 2006, ambas de los ministros de la Industria Básica y la 115, de 24 de octubre de 2023, del que resuelve.NOTIFÍQUESE al girector general de la Oficina Nacional de Recursos Minerales y aldirector general de la Empresa de Mármoles Cubanos.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
ARCHÍVESE el original en la Dirección Jurídica del Ministerio de Energía y Minas.
DADA en La Habana, a los 4 días del mes de septiembre de 2025, “Año 67 de la Revolución”.Vicente de la O Levy Ministro