Resolución 82/2016
La Resolución No. 82/2016 del Ministerio de Finanzas y Precios regula la emisión, colocación y amortización de Bonos Soberanos de la República de Cuba. Esta norma es emitida por el Ministerio de Finanzas y Precios en virtud de la Ley No. 120 de 2015.
- Emitir Bonos Soberanos hasta el límite fijado en la Ley No. 120 para financiar la deuda pública de 2016.
- El Banco de Inversiones S.A. actúa como Agente Estructurador, de Registro, Pago y Traspaso y Colocación.
- Los Bonos se amortizan a su vencimiento y son negociados y endosados entre tenedores por su valor nominal.
- Se exonera a los tenedores de Bonos del pago del Impuesto sobre Utilidades por ingresos provenientes de rendimientos de créditos.
- La Dirección de Tesorería y Crédito Público garantiza el pago de obligaciones adquiridas con tenedores de Bonos.
Texto íntegro
RESOLUCIÓN No. 82/2016
POR CUANTO: La Ley No. 120, “Del Presupuesto del Estado para el año 2016”,de 29 de diciembre de 2015, establece en su
Artículo 55, que la emisión, colocación yamortización de los Bonos Soberanos de la República de Cuba, así como su control y fis-calización, se realiza conforme con lo establecido por el Ministro de Finanzas y Precios.
POR CUANTO: La Ley No. 113, “Del Sistema Tributario”, de 23 de julio de 2012,faculta en su Disposición Final Segunda, inciso a), al Ministro de Finanzas y Precios,cuando circunstancias económicas y sociales a su juicio así lo aconsejen, para exonerardeudas tributarias determinadas administrativamente, según corresponda.
POR CUANTO: Se hace necesario establecer los principios para la emisión, coloca-ción y amortización de Bonos Soberanos de la República de Cuba, en pesos cubanos(CUP), para financiar la deuda pública aprobada para el año 2016.
POR TANTO: En el ejercicio de la atribución que me está conferida en el
Artículo 100,inciso a), de la Constitución de la República de Cuba,
R e s u e l v o :
PRIMERO: Emitir Bonos Soberanos de la República de Cuba para el financiamientode la deuda pública hasta el límite fijado en la Ley No. 120, “Del Presupuesto del Es-tado para el año 2016”, y la colocación se realiza en correspondencia con las necesidadesde liquidez de la cuenta del Presupuesto Central.
SEGUNDO: El Banco de Inversiones S.A., en su función de Agente Estructurador, de Registro, Pago y Traspaso y Colocación, para las emisiones de los Bonos, de acuerdocon los términos y condiciones establecidos en el Contrato de Agencia firmado con este Ministerio, emite mediante anotaciones electrónicas en su registro los Bonos y entregaa cada institución financiera bancaria cubana, en lo adelante tenedores, cuando así lorequiera, un Certificado de Bono.
TERCERO: Los Bonos mencionados en el apartado Primero, se amortizan a su ven-cimiento, son negociados y endosados, entre los tenedores por su valor nominal.
CUARTO: La información que se publique en el Memorándum de emisión y coloca-ción a los tenedores de Bonos, se autoriza previamente por este Ministerio.
QUINTO: La Dirección de Tesorería y Crédito Público de este Ministerio queda encar-gada de garantizar en los plazos pactados en el Contrato de Agencia, el pago de las obliga-ciones adquiridas con los tenedores de Bonos, desde la Cuenta del Presupuesto Central, queopera en la Sucursal de Operaciones del Estado, en el Banco Central de Cuba.
SEXTO: Se exonera a los tenedores de Bonos del pago del Impuesto sobre Utilida-des, por los ingresos que obtengan provenientes de los rendimientos de créditos de cual-quier naturaleza, resultantes de la compra, traspaso o tenencia de los Bonos Soberanos dela República de Cuba, emitidos para financiar la deuda pública del año 2016.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
ARCHÍVESE el original en la Dirección Jurídica de este Organismo.
DADA en La Habana, a los 24 días del mes de febrero de 2016.
Lina Olinda Pedraza Rodríguez
Ministra de Finanzas y Precios
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