Resolución 151
La Resolución No. 151 del Ministerio de la Industria Básica deniega la concesión de explotación de agua mineral en Chaparrita. La norma es emitida por el Ministerio de la Industria Básica en virtud de sus facultades otorgadas por la Ley de Minas y otros acuerdos.
- La solicitud fue presentada por la Empresa de Refrescos y Distribución de Bebidas de Las Tunas.
- El área denominada Chaparrita se ubica en el municipio de Jesús Menéndez, provincia de Las Tunas.
- La Oficina Nacional de Recursos Minerales recomendó denegar la solicitud.
- La denegación se fundamenta en que la solicitud afecta intereses del sector azucarero.
- La resolución fue dictada por la Ministra de la Industria Básica, Yadira García Vera.
Texto íntegro
RESOLUCION No. 151
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POR CUANTO: El Decreto-Ley No. 147, “De la Reorganización de los Organismos de la Administración Central del Estado”, de fecha 21 de abril de 1994, en su
Artículo 18, dispone que el Ministerio de la Industria Básica es uno de dichos organismos.
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POR CUANTO: La Ley No. 76, “Ley de Minas”, promulgada el 23 de enero de 1995, establece la política minera y las regulaciones jurídicas de dicha actividad en la República de Cuba, disponiendo en su
Artículo 47 párrafo segundo que corresponde al Ministerio de la Industria Básica el otorgamiento o denegación de las concesiones mineras para pequeños yacimientos de determinados minerales.
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POR CUANTO: El Acuerdo No. 3190, de fecha 26 de agosto de 1997, del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros otorgó al Ministro de la Industria Básica determinadas facultades en relación con los recursos minerales clasificados en los Grupos I, III y IV, según el
Artículo 13 de la mentada Ley de Minas.
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POR CUANTO: El Acuerdo No. 2817, de fecha 25 de noviembre de 1994, del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, en su Apartado Tercero, acápite 4, faculta a los jefes de los organismos para dictar, en el límite de sus facultades y competencia, reglamentos, resoluciones y otras disposiciones de obligatorio cumplimiento para el sistema del Organismo, los órganos locales del Poder Popular, las entidades estatales, el sector cooperativo, mixto, privado y la población.
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POR CUANTO: La Empresa de Refrescos y Distribución de Bebidas de Las Tunas ha presentado a la Oficina Nacional de Recursos Minerales una solicitud de concesión de explotación y procesamiento del mineral de agua mineral en el área denominada Chaparrita, ubicada en el municipio de Jesús Menéndez, provincia de Las Tunas.
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POR CUANTO: La Oficina Nacional de Recursos Minerales ha recomendado a la que resuelve que deniegue la solicitud presentada, oídos los criterios de los órganos locales y organismos correspondientes y, teniendo en cuenta, que la misma afecta intereses del sector azucarero.
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POR CUANTO: Por Acuerdo del Consejo de Estado de 14 de octubre de 2004 fue designada la que resuelve Ministra de la Industria Básica.
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POR TANTO: En ejercicio de las facultades que me están conferidas,
R e s u e l v o :
UNICO: Denegar la solicitud de concesión de explotación y procesamiento del mineral de agua mineral en el área denominada Chaparrita, presentada por la Empresa de Refrescos y Distribución de Bebidas de Las Tunas.
NOTIFIQUESE al Director General de la Oficina Nacional de Recursos Minerales y al Director de la Empresa de Refrescos y Distribución de Bebidas de Las Tunas.
COMUNIQUESE a cuantas personas naturales y jurídicas proceda.
PUBLIQUESE en la Gaceta Oficial de la República.
ARCHIVESE el original en la Dirección Jurídica del Ministerio de la Industria Básica.
Dada en la ciudad de La Habana, a los 12 días del mes de mayo de 2008.
Yadira García Vera
Ministra de la Industria Básica
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