Resolución 84
Esta resolución regula el Plan para la ejecución de Inspecciones y Reinspecciones Estatales del Instituto Nacional de Recursos Hidráulicos. Fue emitida por el Presidente del Instituto Nacional de Recursos Hidráulicos.
- Se aprueba el Plan para la ejecución de Inspecciones y Reinspecciones Estatales para el año 2006.
- El plan abarca a los Organos del Poder Popular, organismos de la Administración Central del Estado y entidades estatales.
- Se inspeccionará la protección de las aguas terrestres, cuencas, cauces naturales y obras hidráulicas.
- La Directora de la Dirección de Inspección Estatal es responsable de la reproducción y distribución del plan.
- La resolución entra en vigor a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República.
Texto íntegro
Decreto-Ley No. 147, de la Reorganización de los Organismos de la Administración Central del Estado, de fecha 21 de abril de 1994, le corresponde al Instituto Nacional de Recursos Hidráulicos, dirigir, ejecutar y controlar la aplicación de la política del Estado y del Gobierno en cuanto a las actividades de los Recursos Hidráulicos del país.
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POR CUANTO: Resulta procedente de conformidad con lo señalado en los POR CUANTOS precedentes, aprobar el Plan para la ejecución de Inspecciones y Reinspecciones Estatales del Instituto Nacional de Recursos Hidráulicos para el año 2006.
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POR TANTO: En uso de las facultades que me están conferidas,
R e s u e l v o :
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PRIMERO: Aprobar el Plan para la ejecución de Inspecciones y Reinspecciones Estatales de Recursos Hidráulicos a los Organos del Poder Popular, a los Organismos de la Administración Central del Estado y sus dependencias, al sector privado de la economía y demás entidades estatales del territorio nacional en lo atinente a la protección de las aguas terrestres, las cuencas, los cauces naturales, las obras e instalaciones hidráulicas así como el aprovechamiento y el uso racional de los recursos hidráulicos para el año 2006.
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SEGUNDO: Responsabilizar a la Directora de la Dirección de Inspección Estatal del Instituto Nacional de Recursos Hidráulicos con la reproducción, la distribución y el control del cumplimiento de lo que por la presente se dispone.
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TERCERO: La presente Resolución entrará en vigor a partir de la fecha de su publicación en la Gaceta Oficial de la República y mantendrá su vigencia durante el año 2006.
NOTIFIQUESE la presente al Director de la Dirección de Inspección Estatal del Instituto Nacional de Recursos Hidráulicos.
COMUNIQUESE a los Vicepresidentes, a los Jefes de Unidades Organizativas Mayores del Nivel Central, a los Delegados Provinciales, a los Directores Generales de los Grupos Empresariales del Instituto Nacional de Recursos Hidráulicos, a los Jefes de los Organismos de la Administración Central del Estado, a los Presidentes de los Organos del Poder Popular y a cuantas personas naturales o jurídicas deban conocer lo regulado en la presente Resolución.
PUBLIQUESE en la Gaceta Oficial de la República.
ARCHIVESE el original en la Dirección Jurídica del Organismo.
Dada en la Ciudad de La Habana, a los 29 días del mes de noviembre del año 2005.
Jorge Luis Aspiolea Roig
Presidente del Instituto Nacional
de Recursos Hidráulicos
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