Resolución 84

Sobre el Coeficiente para la Responsabilidad Material

Organismo
Banco Central de Cuba
Fecha emisión
Publicada en
Gaceta No. 14 Extraordinaria de 2008 (2008-04-09)
Páginas
3
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Resumen generado por IA

La Resolución No. 84 del Banco Central de Cuba regula el coeficiente para la responsabilidad material en caso de pérdida o daño de bienes o servicios adquiridos o realizados en pesos o monedas convertibles. Esta norma es emitida por el Banco Central de Cuba en virtud del Decreto-Ley No. 249 de 2007.

Texto íntegro

Decreto-Ley No. 249, “De la Responsabilidad Material”, de 23 de julio de 2007 se dispone que el Banco Central de Cuba a los fines de la exigencia de la responsabilidad material, determina el coeficiente a tener en cuenta cuando los bienes o servicios son adquiridos o realizados en pesos o monedas convertibles o cuando haya pérdida o extravío de dinero en las referidas monedas.

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POR CUANTO: En el

Artículo 9 del citado Decreto-Ley No. 249, se establece que al trabajador se le exige responsabilidad material en moneda nacional de curso legal en que recibe su salario y en el

Artículo 13, se dispone que en caso de que el bien dañado o extraviado o el servicio prestado tenga precio en pesos o monedas convertibles, la conversión en moneda nacional se efectúa aplicando el coeficiente establecido por el Banco Central de Cuba.

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POR CUANTO: El coeficiente que se establezca debe contribuir a la protección y cuidado de los bienes que cada trabajador usa en el desempeño de sus funciones.

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POR CUANTO: El que resuelve fue designado Ministro de Gobierno y Presidente del Banco Central de Cuba por Acuerdo del Consejo de Estado de 13 de junio de 1997.

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POR TANTO: En el ejercicio de las facultades que me están conferidas,

R e s u e l v o :

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PRIMERO: Establecer con respecto al coeficiente a ser aplicado por las Administraciones a los fines de la exigencia de la responsabilidad material, según lo dispuesto en el