Resolución 84/2016
La Resolución No. 84/2016 del Ministerio de la Construcción regula la renovación de la licencia a la Empresa Eléctrica Isla de la Juventud para ejercer como constructor. La licencia fue renovada por 18 meses a partir del vencimiento de la anterior.
- Se autoriza la renovación de la Licencia No. 701/11 a la Empresa Eléctrica Isla de la Juventud.
- La empresa puede ejercer como Constructor para: construcción, montaje, reparación y mantenimiento de objetivos autorizados.
- Tipos de objetivos: obras de arquitectura de poca complejidad, viviendas hasta dos niveles, protecciones y redes eléctricas.
- La renovación de la licencia se expide por un término de 18 meses.
- La entidad no está certificada por las Normas ISO – 9000 vigentes.
- El Encargado del Registro Nacional de Constructores queda responsabilizado con el cumplimiento de lo dispuesto.
Texto íntegro
RESOLUCIÓN No. 84/2016
POR CUANTO: El Acuerdo No. 7641 de fecha 14 de octubre de 2014, adoptado por el Consejo de Ministros, establece entre las funciones específicas del Ministerio de la Cons-trucción, las de inscribir y otorgar licencias a personas jurídicas, cubanas y extranjerasque pretendan actuar como contratista, constructor, proyectista, consultor, administradorde proyectos, realizar investigaciones ingenieras, construir o participar en cualquier for-ma que materialmente signifique prestar servicios relacionados con la construcción en la República de Cuba.
POR CUANTO: La Resolución No. 328 de fecha 28 de octubre de 1996, dictada porel Ministro de la Construcción y Modificada por esta propia autoridad por la Resolución No.184 de 29 de mayo de 2014, creó la Comisión Nacional de Contratación y Licitacio-nes de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción, adscripta al Ministro dela Construcción, el Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba y puso en vigor su Reglamento.
POR CUANTO: La Empresa Eléctrica Isla de la Juventud, en forma abreviada OBEIsla de la Juventud, del Ministerio de Energía y Minas en el propio municipio especial, hasolicitado la Renovación de la Licencia No. 701/11, vigente hasta el 8 de abril de 2016,la que fue anteriormente renovada y ampliada mediante las resoluciones Ministeriales Nos. 260/14 y 342/15 de 3 de septiembre de 2014 y 22 de junio de 2015 respectivamente,para continuar ejerciendo como Constructor.
POR CUANTO: Corresponde al Ministro de la Construcción resolver sobre las solici-tudes de Renovación de licencias presentadas ante el Encargado del Registro, adscripto ala Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servi-cios de la Construcción.
POR CUANTO: El Encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, una vez dictaminada la solicitud, trasladó al Presidente de la Comisión Nacional el Expediente incoado, el que con sus recomendaciones,ha elevado al que resuelve, en virtud de la solicitud presentada por la Empresa Eléctrica Isla de la Juventud, en forma abreviada OBE Isla de la Juventud, del Ministerio de Ener-gía y Minas en el propio municipio especial.
POR TANTO: En el ejercicio de las facultades que me están conferidas, en el artículo 100,inciso a) de la Constitución de la República,
R e s u e l v o :
PRIMERO: Autorizar la Renovación de la Licencia solicitada por la Empresa Eléctrica Isla de la Juventud, en forma abreviada OBE Isla de la Juventud, del Ministerio de Ener-gía y Minas en el propio municipio especial, en el Registro Nacional de Constructores,Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, adscripto a la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción.
SEGUNDO: Mediante la Renovación de la Licencia otorgada, al amparo de la pre-sente Resolución, la Empresa Eléctrica Isla de la Juventud, en forma abreviada OBEIsla de la Juventud, podrá ejercer como Constructor autorizada para la realización de lossiguientes servicios:
Alcance de los servicios autorizados:
1. Servicios de Constructor:
- a)Construcción, montaje, reparación y mantenimiento de los objetivos autorizados.
1.1. Tipos de Objetivos:
- a)Obras de Arquitectura de Poca Complejidad.
- b)Viviendas hasta dos niveles.
- c)Protecciones y Redes Eléctricas.
TERCERO: La Renovación de la Licencia que se otorgue, al amparo de la presente Resolución, se expedirá por un término de dieciocho (18) meses, a partir del vencimientode la vigencia de la Licencia anteriormente otorgada.
CUARTO: Esta Entidad presta sus servicios sin estar certificado su Sistema de Gestiónde la Calidad por las Normas ISO – 9000 vigentes.
QUINTO: El Encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Con-sultores de la República de Cuba, queda responsabilizado con el cumplimiento de lodispuesto.
NOTIFÍQUESE la presente Resolución al Encargado del Registro Nacional de Cons-tructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, quien queda responsabili-zado de notificar al interesado.
Comuníquese al Presidente y Vicepresidente Ejecutivo de la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción, alos viceministros del Ministerio de la Construcción y al Director de la Unidad de Inspec-ción Estatal de la Construcción.
Archívese el original en la Dirección de Asesoría Jurídica de este Ministerio.
Publíquese en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
DADA en La Habana, a los 23 días del mes de febrero de 2016.
Ing.René Mesa Villafaña
Ministro de la Construcción