Resolución 85/2024
La Resolución 85/2024 del Ministerio de Energía y Minas regula el traspaso de la concesión de explotación en el área Arena Cementerio. La Ley 76 "Ley de Minas" de 1994 establece que los traspasos de derechos mineros los autoriza el otorgante de las concesiones mineras. El ministro de Energía y Minas emite esta resolución.
- Se traspasa la concesión de explotación en el área Arena Cementerio a la Empresa de Producción Local de Materiales de la Construcción de Villa Clara.
- La concesión original fue otorgada por Resolución 15 de 2018 a la Empresa Provincial de Construcción y Mantenimiento de Villa Clara.
- La concesión tiene una extensión de 8.85 hectáreas y un término de 15 años.
- El traspaso mantiene los términos, condiciones y obligaciones dispuestos en la Resolución 15 de 2018.
Texto íntegro
RESOLUCIÓN 85/2024
POR CUANTO: La Ley 76 “Ley de Minas”, de 21 de diciembre de 1994, establece en el Capítulo IX,
Artículo 49, que los traspasos de los derechos mineros los autoriza el otorgante de las concesiones mineras.
POR CUANTO: Mediante la Resolución 15, de 18 de enero de 2018, del ministro de Energía y Minas, se otorgó a la Empresa Provincial de Construcción y Mantenimiento de Villa Clara la concesión de explotación en el área denominada Arena Cementerio, ubicada en el municipio de Manicaragua, de la provincia de Villa Clara, con una extensión de ocho punto ochenta y cinco (8.85) hectáreas, con el objeto de explotar el mineral arena por un término de quince (15) años para su utilización como árido en la construcción.
POR CUANTO: La Empresa Provincial de Construcción y Mantenimiento de Villa Clara ha solicitado el traspaso de la concesión de explotación señalada en el Por Cuanto anterior a favor de la Empresa de Producción Local de Materiales de la Construcción de Villa Clara.
POR TANTO: En el ejercicio de las atribuciones que me han sido conferidas en el
Artículo 145, inciso e), de la Constitución de la República de Cuba,RESUELVOPRIMERO: Traspasar la concesión de explotación en el área denominada Arena Cementerio, ubicada en el municipio de Manicaragua, de la provincia de Villa Clara, a favor de la Empresa de Producción Local de Materiales de la Construcción de Villa Clara.
SEGUNDO: Los términos, condiciones y obligaciones dispuestos en la Resolución 15, de 18 de enero de 2018, del ministro de Energía y Minas, son de obligatorio cumplimiento para la Empresa de Producción Local de Materiales de la Construcción de Villa Clara.NOTIFÍQUESE al director general de la Oficina Nacional de Recursos Minerales, aldirector general de la Empresa de Producción Local de Materiales de la Construcción de Villa Clara y al director general de la Empresa Provincial de Construcción y Mantenimiento de Villa Clara.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
ARCHÍVESE el original en la Dirección Jurídica del Ministerio de Energía y Minas.
DADA en La Habana, a los 3 días del mes de julio de 2024, “Año 66 de la Revolución”.Vicente de la O Levy Ministro