Resolución 85/2025
La Resolución 85/2025 del Ministerio de Energía y Minas extingue la concesión de explotación y procesamiento en el área denominada Pozo F-34, ubicada en el municipio especial Isla de la Juventud. La concesión fue otorgada originalmente a la Empresa de Bebidas y Refrescos Isla de la Juventud en 1999 y posteriormente traspasada a la Empresa Geominera Isla de la Juventud.
- Se extingue la concesión de explotación y procesamiento en el Pozo F-34, ubicada en el municipio especial Isla de la Juventud (Artículo 1).
- La Empresa Geominera Isla de la Juventud solicitó la renuncia de la concesión según el Artículo 62 del Decreto 222 'Reglamento de la Ley de Minas' (1997).
- El área que abarcaba la concesión queda declarada franca para nuevas solicitudes de actividades mineras (Artículo 2).
- La Empresa Geominera Isla de la Juventud debe cumplir con obligaciones pendientes, incluyendo las tributarias y ambientales (Artículo 3).
- Se derogan las Resoluciones 376/1999, 423/2010 y 29/2023 relacionadas con la concesión (Artículo 4).
Texto íntegro
RESOLUCIÓN 85/2025
POR CUANTO: De conformidad con la Disposición Final Segunda, de la Ley 76 “Ley de Minas”, de 21 de diciembre de 1994, se faculta al Ministerio de la Industria Básica, hoy Ministerio de Energía y Minas para dictar cuantas disposiciones se requieran para la mejor ejecución de esta Ley.
POR CUANTO: Por la Resolución 376, de 17 de noviembre de 1999, se le otorgó a la Empresa de Bebidas y Refrescos Isla de la Juventud una concesión de explotación y procesamiento del mineral agua mineral natural, en el área denominada Pozo F-34, ubicada en el municipio especial Isla de la Juventud, para explotar y procesar dicho mineral por el término de veinticinco años; prorrogado dicho plazo por la Resolución 423, de 24 de junio de 2010 hasta el 10 de enero de 2035, ambas de los ministros de la Industria Básica, traspasada sucesivamente por las resoluciones 181, de 19 de septiembre de 2018, y 29, de 17 de marzo de 2023, ambas de los Ministros de Energía y Minas, a favor de la Empresa de Bebidas y Refrescos La Habana y la Empresa Geominera Isla de la Juventud, respectivamente.
POR CUANTO: La Empresa Geominera Isla de la Juventud ha solicitado la renuncia de la concesión que se señala en el Por Cuanto anterior, a tenor del
Artículo 62, del Decreto 222 “Reglamento de la Ley de Minas”, de 16 de septiembre de 1997, lo cual constituye causal de extinción, según lo establecido en el
Artículo 60, inciso c) de la citada Ley 76 “Ley de Minas”; y haber obtenido el Aval del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente.
POR TANTO: En el ejercicio de las atribuciones que me han sido conferidas en el
Artículo 145, inciso d) de la Constitución de la República de Cuba,RESUELVOPRIMERO: Extinguir la concesión de explotación y procesamiento en el área denominada Pozo F-34, ubicada en el municipio especial Isla de la Juventud, traspasada a favor de la Empresa Geominera Isla de la Juventud.
SEGUNDO: Declarar franca el área que abarcaba la concesión de explotación y procesamiento, que puede ser objeto de nuevas solicitudes para realizar actividades mineras.
TERCERO: La Empresa Geominera Isla de la Juventud está obligada a cumplir las obligaciones contraídas al serle otorgada dicha concesión de explotación, si no las hubiere aún ejecutado, especialmente las tributarias y las relacionadas con el medio ambiente; así como a indemnizar por los daños o perjuicios que hayan dado lugar las actividades mineras realizadas.
CUARTO: Derogar las Resoluciones 376, de 17 de noviembre de 1999 la 423, de 24 de junio de 2010, ambas de los ministros de la Industria Básica y la 29, de 17 de marzo de 2023, del ministro de Energía y Minas.NOTIFÍQUESE al director general de la Oficina Nacional de Recursos Minerales y aldirector general de la Empresa Geominera Isla de la Juventud.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
ARCHÍVESE el original en la dirección jurídica del Ministerio de Energía y Minas.
DADA en La Habana, a los 16 días del mes de octubre del 2025, “Año 67 de la Revolución”.Vicente de la O Levy Ministro