Resolución 87

Prórroga de concesión de investigación geológica

Organismo
Ministerio de la Industria Básica
Fecha emisión
Publicada en
Gaceta No. 29 Ordinaria de 2004 (2004-05-05)
Páginas
13–14
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Esta resolución regula la prórroga de una concesión de investigación geológica otorgada a la Empresa de Asistencia y Servicios del Grupo Empresarial CEMVID. La prórroga fue otorgada por el Ministro de la Industria Básica según las facultades delegadas por la Ley de Minas.

Texto íntegro

RESOLUCION No. 87

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POR CUANTO: La Ley No.76, Ley de Minas, promulgada el 23 de enero de 1995, establece en su

Artículo 47 que el Consejo de Ministros o su Comité Ejecutivo delegan en el Ministerio de la Industria Básica el otorgamiento de las concesiones mineras para pequeños yacimientos de determinados minerales y sus prórrogas.

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POR CUANTO: El Acuerdo No. 3190, de fecha 26 de agosto de 1997, del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros otorgó al Ministro de la Industria Básica determinadas facultades en relación con los recursos minerales clasificados en los Grupos I, III y IV, según el

Artículo 13 de la mentada Ley de Minas.

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POR CUANTO: La Empresa de Asistencia y Servicios perteneciente al Grupo Empresarial CEMVID, ha presentado a la Oficina Nacional de Recursos Minerales una solicitud de prórroga a la concesión de investigación geológica otorgada mediante la Resolución No. 196 de 15 de junio del 2000, del que resuelve, para la realización de trabajos de exploración geológica en el área denominada Ocho Vías.

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POR CUANTO: La Oficina Nacional de Recursos Minerales ha considerado conveniente recomendar al Ministro de la Industria Básica que se otorgue la prórroga a la concesión solicitada.

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POR CUANTO: El que resuelve fue designado Ministro de la Industria Básica por Acuerdo del Consejo de Estado de fecha 14 de mayo de 1983.

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POR TANTO: En uso de las facultades que me están conferidas,

R e s u e l v o :

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PRIMERO: Otorgar a la Empresa de Asistencia y Servicios perteneciente al Grupo Empresarial CEMVID, una prórroga a la concesión de investigación geológica que le fuera otorgada mediante la Resolución No. 196 de 15 de Junio del 2000, del que resuelve, para la exploración geológica del mineral de arenisca silícea en el área denominada Ocho Vías.

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SEGUNDO: La prórroga a la concesión minera de investigación geológica que se otorga vencerá el 5 de julio del 2005.

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TERCERO: Los términos, condiciones y obligaciones establecidos en la Resolución No. 196 de 15 de junio del 2000, del que resuelve, son de aplicación a la prórroga que se autoriza, con excepción de lo que se oponga a lo establecido en el Apartado anterior de la presente Resolución.

NOTIFIQUESE a la Oficina Nacional de Recursos Minerales y al concesionario.

COMUNIQUESE a cuantas personas naturales y jurídicas sea necesario.

PUBLIQUESE en la Gaceta Oficial de la República para general conocimiento.

Dada en Ciudad de La Habana, a los 11 días del mes de marzo del 2004. .

Marcos Portal León

Ministro de la Industria Básica

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