Resolución 84
La Resolución No. 84 del Ministerio de la Industria Básica regula la autorización de tarifas de servicios técnico-productivos. Esta norma es emitida por la Ministra de la Industria Básica en virtud de las facultades conferidas por el Decreto-Ley No. 147 y el Acuerdo No. 2817.
- Autoriza al Grupo Empresarial Cemento Vidrio, CEMVID, a aprobar tarifas de servicios técnico-productivos de mantenimiento y reparación industrial y no industrial y tecnológico integral.
- La Empresa de Mantenimiento Cemento Vidrio ofrece estos servicios a través de sus Unidades Empresariales de Bases 1ro. de mayo, Artemisa, Siguaney, Nuevitas y Santiago de Cuba.
- El Grupo Empresarial Cemento Vidrio, CEMVID, debe considerar la Resolución Conjunta No. 1/2005 del Ministerio de Economía y Planificación-Ministerio de Finanzas y Precios para la conformación y aprobación de las tarifas.
- Se deroga la Resolución No. 305 de fecha 9 de diciembre de 2004, que puso en vigor la tarifa única de Mantenimiento y Reparación Industrial General y Tecnológico Integral a las Plantas de Cemento Vidrio.
Texto íntegro
RESOLUCION No. 84
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POR CUANTO: El Decreto-Ley No. 147 “De la Reorganización de los Organismos de la Administración Central
- del Estado” de 21 de abril de 1994, en su artículo 18, dispone que el Ministerio de la Industria Básica es uno de dichos Organismos.
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POR CUANTO: El Acuerdo No. 2817, de fecha 25 de noviembre de 1994, del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, en su apartado Tercero, Acápite 4, faculta a los jefes de los organismos para dictar, en el límite de sus facultades y competencias, reglamentos, resoluciones y otras disposiciones de obligatorio cumplimiento para el Sistema del Organismo.
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POR CUANTO: La Resolución No. 21 de fecha 11 de agosto de 1999, dictada por la Ministra de Finanzas y Precios, dispone que los jefes de órganos, organismos u organizaciones superiores de Dirección Empresarial, podrán aprobar los precios mayoristas de los bienes intermedios y las tarifas de los servicios técnico-productivos que sólo se produzcan y comercialicen en el país, con carácter interno entre entidades del propio Organo, Organismo u organizaciones Superior de Dirección Empresarial, cumpliendo para ello las regulaciones metodológicas de este ministerio; por lo que resulta necesario autorizar la aprobación de los precitados precios y tarifas, y en consecuencia derogar la Resolución No. 305 de fecha 9 de diciembre de 2004, dictada por la Ministra de la Industria Básica, la cual puso en vigor la tarifa única de Mantenimiento y Reparación Industrial General y Tecnológico Integral a las Plantas de Cemento Vidrio.
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POR CUANTO: Por Acuerdo del Consejo de Estado, de fecha 14 de octubre de 2004, fue designada la que resuelve Ministra de la Industria Básica.
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POR TANTO: En uso de las facultades que me están conferidas,
R e s u e l v o :
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PRIMERO: Autorizar al Grupo Empresarial Cemento Vidrio, CEMVID, subordinado al Ministerio de la Industria Básica, la aprobación de las Tarifas de Servicios Técnico- Productivos de Mantenimiento y Reparación Industrial y no Industrial y Tecnológico Integral, que realiza la Empresa de Mantenimiento Cemento Vidrio a través de sus Unidades Empresariales de Bases 1 ro. de mayo, Artemisa, Siguaney, Nuevitas y Santiago de Cuba.
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SEGUNDO: El Grupo Empresarial Cemento Vidrio, CEMVID, tendrá en cuenta para la conformación y aprobación de las Tarifas mencionadas anteriormente, lo establecido en la Resolución Conjunta No. 1/2005 del Ministerio de Economía y Planificación-Ministerio de Finanzas y Precios y la