Resolución 86

Renovación de licencia de sucursal de AEROFLOT-AEROLINEAS RUSAS

Organismo
Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera
Fecha emisión
Publicada en
Gaceta No. 17 Ordinaria de 2017 (2017-05-16)
Páginas
6–7
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Texto íntegro

RESOLUCIÓN No. 86 de 2017

POR CUANTO: El Decreto No. 206, de 10 de abril de 1996, “Reglamento del Regis-tro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras”, establece elprocedimiento para la tramitación de las solicitudes de inscripción, renovación y cancela-ción de licencias presentadas ante dicho Registro, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba.

POR CUANTO: La Encargada del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras, ha elevado a la consideración del que resuelve elexpediente incoado en virtud de la solicitud de renovación de la licencia de la sucur-sal presentada por la compañía rusa AEROFLOT-AEROLINEAS RUSAS y, del análisisefectuado, se ha considerado procedente acceder a la solicitud formulada.

POR TANTO: En ejercicio de las facultades que me han sido conferidas por el numeral 4 del Apartado Tercero del Acuerdo No. 2817, de fecha 25 de noviembre de 1994, adoptado porel Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros,

R e s u e l v o :

PRIMERO: Autorizar la renovación de la licencia de la sucursal de la compañía rusaAEROFLOT-AEROLINEAS RUSAS ante el Registro Nacional de Sucursales y Agentesde Sociedades Mercantiles Extranjeras, adscrito a la Cámara de Comercio de la Repúblicade Cuba.

SEGUNDO: El objeto de la sucursal de la compañía rusa AEROFLOT-AEROLINEASRUSAS en Cuba, a partir de su renovación en el Registro Nacional de Sucursales y Agen-tes de Sociedades Mercantiles Extranjeras, será la realización de actividades comercialesrelacionadas con la transportación de pasajeros y cargas.

TERCERO: La Licencia que se otorgue al amparo de la presente Resolución, no auto-riza la realización de las actividades siguientes:

- a)Importar y exportar directamente, con carácter comercial.

- b)Realizar el comercio mayorista y minorista en general de productos y servicios, exceptolos servicios de postventa y garantía, expresamente acordados en los contratos queamparan las operaciones de comercio exterior.

- c)Distribuir y transportar mercancías en el territorio nacional.

CUARTO: La Encargada del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Socieda-des Mercantiles Extranjeras queda responsabilizada del cumplimiento de lo dispuesto enla presente Resolución.

COMUNÍQUESE a los viceministros, a los directores generales y directores del Mi-nisterio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera, a la Encargada del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba, al Director General del Grupo Empresarialdel Comercio Exterior, GECOMEX, a la Ministra de Finanzas y Precios, al Presidente del Banco Central de Cuba, al Jefe de la Aduana General de la República, al Presidente dela compañía ACOREC S.A., al Director de la Dirección de Inmigración y Extranjería, ala Presidenta de la compañía ETECSA, al Encargado del Registro Nacional de Vehículos Automotores y a cuantas otras entidades nacionales corresponda.

PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República.

ARCHÍVESE el original de la misma en la Dirección Jurídica.

DADA en La Habana, Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera, alos quince días del mes de marzo de dos mil diecisiete.

Rodrigo Malmierca Díaz

Ministro del Comercio Exterior

y la Inversión Extranjera

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