Resolución 86/2024

Traspaso de concesión de explotación en el área La Moza

Organismo
Ministerio de Energía y Minas
Fecha emisión
2024-07-03
Publicada en
Gaceta No. 72 Ordinaria de 2024 (2024-07-24)
Páginas
15–16
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Resumen generado por IA

La Resolución 86/2024 del Ministerio de Energía y Minas regula el traspaso de la concesión de explotación en el área La Moza. Esta resolución es emitida por el Ministro de Energía y Minas según las atribuciones conferidas en la Constitución de la República de Cuba.

Texto íntegro

RESOLUCIÓN 86/2024

POR CUANTO: La Ley 76 “Ley de Minas”, de 21 de diciembre de 1994, establece en el Capítulo IX,

Artículo 49, que los traspasos de los derechos mineros los autoriza el otorgante de las concesiones mineras.

POR CUANTO: Mediante la Resolución 293, de 16 de septiembre de 1999, del ministro de la Industria Básica, se otorgó a la Empresa de Materiales de Construcción de Villa Clara la concesión de explotación en el área denominada La Moza, ubicada en el municipio de Manicaragua, de la provincia de Villa Clara, con una extensión de veinte punto dos (20.2) hectáreas, con el objeto de explotar el mineral arcilla, por un término de veinticinco (25) años para su utilización en la producción de piezas de cerámica para la construcción; posteriormente traspasada por la Resolución 117, de 23 de octubre de 2017, del ministro de Energía y Minas, a favor de la Empresa Provincial de Construcción y Mantenimiento de Villa Clara.

POR CUANTO: La Empresa Provincial de Construcción y Mantenimiento de Villa Clara ha solicitado el traspaso de la concesión de explotación señalada en el Por Cuanto anterior a favor de la Empresa de Producción Local de Materiales de la Construcción de Villa Clara.

POR TANTO: En el ejercicio de las atribuciones que me han sido conferidas en el

Artículo 145, inciso e), de la Constitución de la República de Cuba,RESUELVOPRIMERO: Traspasar la concesión de explotación en el área denominada La Moza, ubicada en el municipio de Manicaragua, de la provincia de Villa Clara, a favor de la Empresa de Producción Local de Materiales de la Construcción de Villa Clara.

SEGUNDO: Los términos, condiciones y obligaciones dispuestos en la Resolución 293, de 16 de septiembre de 1999, del ministro de la Industria Básica, son de obligatorio cumplimiento para la Empresa de Producción Local de Materiales de la Construcción de Villa Clara.NOTIFÍQUESE al director general de la Oficina Nacional de Recursos Minerales, aldirector general de la Empresa de Producción Local de Materiales de la Construcción de Villa Clara y al director general de la Empresa Provincial de Construcción y Mantenimiento de Villa Clara.

PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

ARCHÍVESE el original en la Dirección Jurídica del Ministerio de Energía y Minas.

DADA en La Habana, a los 3 días del mes de julio de 2024, “Año 66 de la Revolución”.Vicente de la O Levy Ministro