Resolución 88/2017
La Resolución No. 88/2017 del Ministerio de la Construcción autoriza la inscripción de la Oficina del Conservador de la Ciudad de Cienfuegos en el Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba. Esta resolución es emitida por el Ministro de la Construcción en virtud de las facultades conferidas en la Constitución de la República.
- Se autoriza la inscripción de la Oficina del Conservador de la Ciudad de Cienfuegos como Proyectista y Consultor.
- La licencia otorgada permite servicios técnico-profesionales de proyección y diseño, consultoría, inspección y asesoría técnica.
- Los servicios se limitan a edificaciones con valores históricos, monumentarios, ambientales y patrimoniales en la Zona Priorizada para la Conservación.
- La licencia tiene una vigencia de 18 meses a partir de la inscripción.
- La entidad no está certificada por las Normas ISO – 9000 vigentes.
- Se concede un plazo de 90 días para formalizar la inscripción en el registro.
Texto íntegro
RESOLUCIÓN No. 88/2017
POR CUANTO: El Acuerdo No. 7641 de fecha 14 de octubre de 2014, adoptadopor el Consejo de Ministros, establece entre las funciones específicas del Ministeriode la Construcción, las de inscribir y otorgar licencias a personas jurídicas, cubanas yextranjeras que pretendan actuar como contratista, constructor, proyectista, consultor,administrador de proyectos, realizar investigaciones ingenieras, construir o participaren cualquier forma que materialmente signifique prestar servicios relacionados con laconstrucción en la República de Cuba.
POR CUANTO: La Resolución No. 328 de fecha 28 de octubre de 1996, dictada por el Ministro de la Construcción y modificada por esta propia autoridad por la Resolución No. 184 de 29 de mayo de 2014, creó la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras,Proyectos y Otros Servicios de la Construcción, adscripta al Ministro de la Construcción,el registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cubay puso en vigor su Reglamento.
POR CUANTO: La Oficina del Conservador de la Ciudad de Cienfuegos, del Órgano Provincial del Poder Popular en la propia provincia, ha solicitado autorización pararegistrarse y poder ejercer como Proyectista y Consultor.
POR CUANTO: El Reglamento del registro Nacional de Constructores, Proyectistasy Consultores de la República de Cuba, establece que corresponde al Ministro de la Construcción, resolver sobre las solicitudes de inscripción presentadas ante dicho registro,adscripto a la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción.
POR CUANTO: El Encargado del registro Nacional de Constructores, Proyectistasy Consultores de la República de Cuba, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 16,trasladó al Presidente de la Comisión Nacional el Expediente incoado, el que con susrecomendaciones, ha elevado al que resuelve, en virtud de la solicitud presentada por la Oficina del Conservador de la Ciudad de Cienfuegos, del Órgano Provincial del Poder Popular en la propia provincia.
POR TANTO: En el ejercicio de las facultades que me están conferidas,en el artículo 100,inciso a) de la Constitución de la República,
R e s u e l v o :
PRIMERO: Autorizar la Inscripción de la Oficina del Conservador de la Ciudad de Cienfuegos, del Órgano Provincial del Poder Popular en la propia provincia en el registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, adscriptoa la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción.
SEGUNDO: Mediante la licencia que se otorgue, al amparo de la presente Resolución,la Oficina del Conservador de la Ciudad de Cienfuegos, podrá ejercer como Proyectista y Consultor autorizada para la realización de los siguientes servicios:
Alcance de los servicios autorizados:
1. Servicios Técnicos:
- a)Servicios técnico-profesionales de proyección y diseño.
- b)Servicios técnico-profesionales de consultoría, inspección y asesoría técnica.
1.1. Tipos de Objetivos:
- a)Edificaciones con Valores Históricos, Monumentarios, Ambientales y Patrimonialesubicadas en la Zona Priorizada para la Conservación en las que se lleven a cabotrabajos de Restauración y Rehabilitación de sus Espacios Exteriores e Interiores.
TERCERO: La licencia que se otorgue, al amparo de la presente Resolución, seexpedirá por un término de dieciocho (18) meses, a partir de la vigencia de su inscripción.
CUARTO: Esta Entidad presta sus servicios sin estar certificado su Sistema de Gestiónde la Calidad por las Normas ISO – 9000 vigentes.
QUINTO: El Encargado del registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, queda responsabilizado con el cumplimiento de lodispuesto.
SEXTO: Se concede un plazo de noventa (90) días naturales, contados a partir dela fecha de notificación de la presente Resolución para que la entidad cuya inscripciónse autoriza en el Apartado Primero, formalice su inscripción en el registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba.
El incumplimiento del plazo establecido en este Apartado se interpretará como eldesistimiento de la entidad promovente para lo que ha sido autorizada y, consecuentemente,el Encargado del registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba procederá al archivo del expediente incoado.
NOTIFÍQUESE la presente Resolución al Encargado del registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, quien quedaresponsabilizado de notificar al interesado.
COMUNÍQUESEal Presidente y Vicepresidente Ejecutivo de la Comisión Nacionalde Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción,a los viceministros del Ministerio de la Construcción y al Director de la Unidad de Inspección Estatal de la Construcción.
ARCHÍVESEel original en la Dirección de Asesoría Jurídica de este Ministerio.
PUBLÍQUESEen la Gaceta Oficialde la República de Cuba.
DADA en La Habana, a los 13 días del mes de marzo de 2017.
Ing. René Mesa Villafaña
Ministro de la Construcción
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