Resolución 96/2023

Autorización de inscripción de oficina de representación de QUICK MANUFACTURING INTERNATIONAL, S.R.L.

Organismo
Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera
Fecha emisión
Publicada en
Gaceta No. 29 Ordinaria de 2023 (2023-04-03)
Páginas
18–21
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La Resolución 96/2023 del Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera autoriza la inscripción de la oficina de representación de QUICK MANUFACTURING INTERNATIONAL, S.R.L. en el Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras.

Texto íntegro

RESOLUCIÓN 96/2023

POR CUANTO: El Decreto 32 “Reglamento para el establecimiento de represen-taciones comerciales extranjeras en Cuba”, de 22 de febrero de 2021, establece lasregulaciones generales para la solicitud de autorización, inscripción, modificación ycierre de las oficinas de representación, sucursales y los contratos de agencia y de re-presentación en la República de Cuba ante el Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba.

POR CUANTO: Mediante la Resolución 344 de esta propia autoridad, de 20 de no-viembre de 2018, se autorizó la inscripción de la licencia de la sucursal de la compañíadominicana QUICK MANUFACTURING INTERNATIONAL, S.R.L., en el Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba.

POR CUANTO: El Encargado del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Socie-dades Mercantiles Extranjeras ha elevado a la consideración del que resuelve el expedienteincoado, en virtud de la solicitud de inscripción de la oficina de representación de la com-pañía dominicana QUICK MANUFACTURING INTERNATIONAL, S.R.L. y, del análisisefectuado, se ha considerado acceder a la solicitud formulada.

POR CUANTO: El

Artículo 33 del Decreto-Ley 67 “De Organización de la Adminis-tración Central del Estado”, de 19 de abril de 1983, establece que los jefes de los orga-nismos de la Administración Central del Estado podrán ser temporalmente sustituidos,cuando fuere necesario, por el viceministro primero de estos.

POR CUANTO: Mediante la Resolución 60 del Presidente del Consejo de Ministros,de 13 de diciembre de 2019, fue designada la que resuelve, Viceministra Primera del Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera.

POR TANTO: En ejercicio de las facultades que me han sido conferidas por el inciso d)del

Artículo 145 de la Constitución de la República de Cuba,

RESUELVO

PRIMERO: Autorizar la inscripción de la oficina de representación de la compañía domi-nicana QUICK MANUFACTURING INTERNATIONAL, S.R.L., en el Registro Nacionalde Representaciones Comerciales Extranjeras, adscrito a la Cámara de Comercio de la Repú-blica de Cuba.

SEGUNDO: El giro comercial de la oficina de representación de la compañía domi-nicana QUICK MANUFACTURING INTERNATIONAL, S.R.L. en Cuba, a partir de suinscripción, es la comercialización de maquinarias y equipos relacionados con la industriatextil, todo tipo de materiales utilizados en la esfera de la construcción, productos deperfumería en general, bebidas y alimentos de todo tipo; además se adjunta, en el Anexo Único que forma parte integrante de la presente Resolución, la nomenclatura de mercancíasautorizadas a los efectos de la aprobación por la autoridad competente del régimen aduanalcorrespondiente.

TERCERO: La licencia que se otorgue al amparo de la presente Resolución no autori-za la realización de las actividades siguientes:

a) Importar y exportar directamente con carácter comercial;

b) realizar el comercio mayorista y minorista en general de productos y servicios, ex-cepto los servicios de posventa y garantía, expresamente acordados en los contratosque amparan las operaciones de comercio internacional; ni

c) distribuir y transportar mercancías en el territorio nacional.

CUARTO: El Encargado del Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extran-jeras queda responsabilizado del cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución.

QUINTO: Se concede un plazo de noventa días, contados a partir de la entrada en vigorde la presente Resolución, para que la entidad cuya inscripción se autoriza en el apartado Primero formalice su inscripción en el Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras. El incumplimiento del plazo establecido en este apartado implicará el desis-timiento de la entidad promovente para lo que ha sido autorizada y, consecuentemente, el Encargado del Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras procederá alarchivo del expediente incoado.

SEXTO: Derogar la Resolución 344 de esta propia autoridad, de 20 de noviembrede 2018.

NOTIFÍQUESE al Encargado del Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba, por conducto de la Directora Jurídica del Ministerio.

COMUNÍQUESE al Presidente de la Agencia de Contratación a Representaciones Comerciales, S.A. y a los viceministros, directores generales y a la Directora de la Direc-ción de Gestión Empresarial Externa del Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera.

DESE CUENTA al Jefe de la Aduana General de la República.

PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

ARCHÍVESE el original de la misma en la Dirección Jurídica de este Ministerio.

DADA en La Habana, Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera, a losveinte días del mes de marzo de dos mil veintitrés, “Año 65 de la Revolución”.

Ana Teresita González Fraga

Ministra a.i.

ANEXO ÚNICO

NOMENCLATURA DE MERCANCÍAS APROBADA A LA OFICINADE REPRESENTACIÓN DE LA COMPAÑÍA QUICK MANUFACTURINGINTERNATIONAL, S.R.L.

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