Resolución 21/2004
La Resolución No. 21/2004 del Ministerio de la Informática y las Comunicaciones regula la emisión de sellos de correos para la Exposición Mundial de Filatelia España 2004. La norma es emitida por el Ministro de la Informática y las Comunicaciones.
- Se emiten sellos de correos con valores de 5, 10, 15, 65 y 75 ctvs.
- Cada valor tiene una cantidad específica de sellos: 270.745, 271.745, 271.745, 270.745 y 272.745 respectivamente.
- Los sellos presentan diseños de especies caninas como el Perdiguero de Burgos y el Mastín de los Pirineos.
- Se produce una hoja filatélica por valor de $1.00 con un diseño referente al sello y La Feria de Sevilla.
- La Empresa Correos de Cuba y Coprefil se encargan de la distribución y cumplimiento de la resolución.
Texto íntegro
RESOLUCION No. 21/2004
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POR CUANTO: El Decreto-Ley 204 de fecha 11 de enero del 2000 cambió la denominación actual del Ministerio de Comunicaciones por el Ministerio de la Informática y las Comunicaciones, que desarrollará las tareas y funciones que hasta el presente realizaba el Ministerio de Comunicaciones, así como las de Informática y la Electrónica que ejecutaba el Ministerio de la Industria Sidero-Mecánica y la Electrónica.
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POR CUANTO: El Consejo de Estado de la República de Cuba, mediante Acuerdo de fecha 12 de enero del 2000, designó al que resuelve Ministro de la Informática y las Comunicaciones.
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POR CUANTO: En la Resolución Ministerial No. 90 de fecha 11 de julio del 2003, que contempla la planificación de emisiones de sellos de correos para el año 2004, entre otras, aparece la destinada a divulgar la “EXPOSICION MUNDIAL DE FILATELIA ESPAÑA 2004”.
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POR TANTO: En el ejercicio de las facultades que me están conferidas,
R e s u e l v o :
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PRIMERO: Que se confeccione y ponga en circulación una emisión de sellos de correos, destinada a divulgar la”EXPOSICION MUNDIAL DE FILATELIA ESPAÑA 2004” con los siguientes valores y cantidades:
270.745 sellos de 5 ctvs. de valor, impresos en multicolor, ostentando en su diseño un ejemplar de la especie Perdiguero de Burgos.
271.745 sellos de 10 ctvs. de valor, impresos en multicolor, ostentando en su diseño un ejemplar de la especie Sabueso Español.
271.745 sellos de 15 ctvs de valor, impresos en multicolor, ostentando en su diseño un ejemplar de la especie de Presa Mallorquín.
270.745 sellos de 65 ctvs. de valor, impresos en multicolor, ostentando en su diseño un ejemplar de la especie Pastor Catalán.
272.745 sellos de 75 ctvs. de valor, impresos en multicolor, ostentando en su diseño un ejemplar de la especie Mastín de los Pirineos.
120.745 hojas filatélicas por valor de $1.00 impresas en multicolor, ostentando en su diseño referente al sello un ejemplar de la especie Mastín Español, y en su parte ornamental, La Feria de Sevilla y el mapa de España y el logotipo de la Exposición.
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SEGUNDO: Que la Empresa Correos de Cuba, señalará el primer día de circulación de esta emisión, distribuyendo las cantidades necesarias a la Empresa Coprefil. Ambos quedan encargados de velar por el cumplimiento de lo que por la presente se dispone.
COMUNIQUESE a la Empresa de Correos de Cuba y por su conducto a cuantas personas naturales y jurídicas deban conocerla. Archívese el original en la Dirección Jurídica del Ministerio de la Informática y las Comunicaciones.
PUBLIQUESE en la Gaceta Oficial de la República.
Dada en la ciudad de La Habana, a los 19 días del mes de marzo del 2004.
Ignacio González Planas
Ministro de la Informática
y las Comunicaciones
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SALUD PUBLICA
RESOLUCION MINISTERIAL No. 2/2004
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POR CUANTO: La Ley No.41, de Salud Pública, de 13 de julio de 1983, establece en su artículo 62 que, el Ministerio de Salud Pública es el encargado de elaborar los programas y campañas para el control y erradicación de los vectores animados que afectan la salud del hombre, a estos efectos dicta las disposiciones higiénico-sanitarias para la importación, elaboración, envase, almacenamiento, transportación, distribución, aplicación de plaguicidas, así como cualesquiera otras sustancias que expresamente se determine.
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POR CUANTO: El Acuerdo No. 2840, de 28 de noviembre de 1994, del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, establece en su apartado Segundo que, entre las funciones específicas del Ministerio de Salud Pública se encuentra la de ejercer, el control y la vigilancia sanitaria de todos los productos que pueden tener influencia sobre la salud humana.
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POR CUANTO: La Resolución Ministerial No. 268, de 28 de diciembre de 1990, establece en su Apartado Quinto que cuando el desarrollo de la Ciencia y la Técnica den a conocer nuevos elementos, sobre la toxicidad crónica o posible incidencia epidemiológica en la salud humana de determinados plaguicidas, los mismos podrán ser agregados a la relación de plaguicidas cuya entrada al país y uso, en cualquiera de sus formas, prohíbe dicho instrumento jurídico.
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POR CUANTO: Determinadas investigaciones de laboratorio, han demostrado, indubitadamente, que los preparados químicos que contienen Monocrotofos como ingrediente activo, son capaces de producir graves efectos teratogénicos en los animales de experimentación por lo cual, el uso de esta sustancia como plaguicida, resulta de alto riesgo para la salud humana.
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POR CUANTO: Se hace necesario modificar la Resolución Ministerial No. 268, de 1990, en el sentido de adicionar el Monocrotofos a la relación de las sustancias cuya entrada al país y uso, en cualquiera de sus formas, se prohíbe por dicha Resolución.
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POR TANTO: En el ejercicio de las facultades que me están conferidas,
R e s u e l v o :
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PRIMERO: Modificar la Resolución Ministerial No. 268, de 28 de diciembre de 1990, en el sentido de adicionar el MONOCROTOFOS, de fórmula químicaC 7 H 14 NO 5 P, a la lista de sustancias activas cuyo uso y entrada al país como plaguicidas, prohíbe dicha Resolución.
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SEGUNDO: El Viceministro que atiende los programas higiénico-epidemiológicos, queda encargado del cumplimiento de lo dispuesto por la presente Resolución Ministerial.
COMUNIQUESE al Viceministro que atiende los programas higiénico-epidemiológicos, al Director de la Unidad de Salud Ambiental, al Director General del Buró Regulatorio para la Protección de la Salud Pública, a los Directores de Centros Provinciales y Municipales de Higiene y Epidemiología, a la Aduana General de la República, al Ministerio de la Agricultura, al Ministerio del Azúcar, al Ministerio de Comercio Exterior, a la Corporación Cubanacán S.A., a la Cámara de Comercio de Cuba, a las entidades de la Economía relacionadas con el uso de plaguicidas y a cuantos órganos, organismos, dirigentes y funcionarios deban conocer de la misma y archívese el original en la Dirección Jurídica del Organismo.
PUBLIQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
DADA en la Ciudad de La Habana, Ministerio de Salud Pública, a los 5 del mes de marzo del 2004.
Dr. Damodar Peña Pentón
Ministro de Salud Pública
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TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL