Resolución 89

Autorización para explotar y procesar mineral caliza en el área Maraví-I

Organismo
Ministerio de Energía y Minas
Fecha emisión
Publicada en
Gaceta No. 16 Ordinaria de 2021 (2021-02-10)
Páginas
8
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Esta resolución autoriza a la Empresa de Materiales de Construcción de Holguín a explotar y procesar mineral caliza en el área Maraví-I, ubicada en Guantánamo. La autorización es emitida por el Ministerio de Energía y Minas de Cuba.

Texto íntegro

GOC-2021-173-O16 RESOLUCIÓN 89

POR CUANTO: De conformidad con la Disposición Final Segunda de la Ley No. 76, “Ley de Minas”, de 21 de diciembre de 1994, se faculta al extinto Ministerio de la Industria Básica, hoy de Energía y Minas, para dictar cuantas disposiciones se requieran para la mejor ejecución de esta Ley.

POR CUANTO: Por la Resolución 178, de 18 de septiembre de 2018, del Ministro de Energía y Minas, se otorgó a la Empresa de Materiales de Construcción de Guantánamo una concesión de explotación y procesamiento en el área denominada Maraví-I, ubicada en el municipio de Baracoa, de la provincia de Guantánamo, con el objetivo de explotar y procesar el mineral caliza, por el término de veinticinco (25) años, para su utilización como áridos de construcción y fabricación de hormigones de alta resistencia.

POR CUANTO: La Empresa de Materiales de Construcción de Guantánamo ha presentado a la Oficina Nacional de Recursos Minerales una solicitud de autorización para que la Empresa de Materiales de Construcción de Holguín explote y procese el mineral caliza contenido en la concesión que se señala en el Por Cuanto anterior, por el término de un (1) año, con el mismo uso.

POR TANTO: En el ejercicio de las atribuciones que me han sido conferidas en el

Artículo 145, inciso d) de la Constitución de la República de Cuba,RESUELVOPRIMERO: Autorizar a la Empresa de Materiales de Construcción de Holguín a explotar y procesar el mineral caliza contenido en el área de la concesión de explotación y procesamiento denominada Maraví-I, ubicada en el municipio de Baracoa, de la provincia de Guantánamo, por el término de un año, para su utilización como áridos de construcción y fabricación de hormigones de alta resistencia.

SEGUNDO: La Empresa de Materiales de Construcción de Holguín está obligada, mientras dure dicha autorización, a cumplir los términos, condiciones y obligaciones dispuestos en la Resolución 178, de 18 de septiembre de 2018, del Ministro de Energía y Minas, NOTIFÍQUESE al Director General de la Oficina Nacional de Recursos Minerales y a los Directores Generales de las Empresas de Construcción de Guantánamo y de Holguín.

PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

ARCHÍVESE el original en la Dirección Jurídica del Ministerio de Energía y Minas.

DADA en La Habana, a los 8 días del mes de febrero del 2021, “Año 63 de la Revolución”.Nicolás Liván Arronte Cruz Ministro