Resolución 9
La Resolución No. 9 del Ministerio de la Industria Básica prorroga el inicio de trabajos mineros en el yacimiento Yuca. La Ley No. 76 de Minas otorga al Ministerio la facultad de disponer prórrogas o suspensiones de actividades mineras. La Empresa Geominera Oriente solicitó la prórroga debido a condiciones de mercado y geológicas desfavorables.
- Otorga prórroga al inicio de trabajos mineros en el yacimiento Yuca a la Empresa Geominera Oriente.
- La prórroga vence el 17 de mayo de 2006.
- Geominera Oriente debe cumplir obligaciones contraídas y lo dispuesto en la Ley de Minas.
- La Resolución entra en vigor al ser publicada en la Gaceta Oficial de la República.
Texto íntegro
RESOLUCION No. 9
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POR CUANTO: La Ley No. 76, Ley de Minas, promulgada el 23 de enero de 1995, establece la política minera y las regulaciones jurídicas de dicha actividad en la República de Cuba, de conformidad con lo cual le corresponde al Ministerio de la Industria Básica disponer la prórroga a la suspensión de las actividades mineras.
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POR CUANTO: La Empresa Geominera Oriente ha solicitado autorización de prórroga al plazo de inicio de los trabajos mineros de explotación en el yacimiento Yuca.
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POR CUANTO: Se mantienen en la actualidad las condiciones de mercado y minero geológicas desfavorables que no han permitido que se comience la explotación del yacimiento.
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POR CUANTO: Por Acuerdo del Consejo de Estado de 14 de octubre de 2004 fue designada la que resuelve Ministra de la Industria Básica.
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POR TANTO: En ejercicio de las facultades que me están conferidas,
R e s u e l v o :
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PRIMERO: Otorgar a la Empresa Geominera Oriente una prórroga al inicio de los trabajos mineros de explotación autorizados en el yacimiento Yuca, mediante el Acuerdo No. 4370 de 5 de abril de 2002, del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros.
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SEGUNDO: La prórroga al inicio de los trabajos mineros que se otorga vencerá el 17 de mayo de 2006.
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TERCERO: Geominera Oriente está en la obligación de cumplir las obligaciones contraídas al serle otorgado el derecho; así como lo dispuesto en la Ley de Minas y su legislación complementaria.
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CUARTO: La presente Resolución entrará en vigor y surtirá plenos efectos legales a partir del momento de su publicación en la Gaceta Oficial de la República.
NOTIFIQUESE a la Directora General de la Oficina Nacional de Recursos Minerales y Director General de Geominera Oriente.
COMUNIQUESE a cuantas personas naturales y jurídicas proceda.
PUBLIQUESE en la Gaceta Oficial de la República.
Dada en Ciudad de La Habana, a los 18 días del mes de enero de 2006.
Yadira García Vera
Ministra de la Industria Básica
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