Resolución 9
La Resolución No. 9 del Ministerio de Energía y Minas regula la extinción de la concesión minera en Cerro Yabazón, otorgada a la Empresa de Materiales de Construcción de Holguín. La resolución es emitida por el Ministro de Energía y Minas según la Ley No. 76, 'Ley de Minas', de 1994.
- Se extingue la concesión minera en Cerro Yabazón, municipio Rafael Freyre, provincia de Holguín.
- La concesión fue otorgada en 2000 para explotar y procesar caliza por 25 años.
- La Empresa de Materiales de Construcción de Holguín solicitó el cierre definitivo de la concesión.
- La extinción se basa en el artículo 60, inciso d), de la Ley No. 76, 'Ley de Minas'.
- La resolución deroga la Resolución No. 24 de 2000 y declara franca el área para nuevas solicitudes mineras.
Texto íntegro
GOC-2019-266-O18 RESOLUCIÓN No. 9/2019
POR CUANTO: De conformidad con la Disposición Final Segunda de la Ley No. 76, “Ley de Minas”, de 21 de diciembre de 1994, se faculta al ministro de la Industria Básica, hoy Ministerio de Energía y Minas, para dictar cuantas disposiciones se requieran para la mejor ejecución de esta Ley.
674 GACETA OfICIAL 5 de marzo de 2019
POR CUANTO: Mediante la Resolución No. 24, de 12 de enero de 2000, del ministro de la Industria Básica, se otorgaron los derechos mineros de explotación y procesamiento del mineral caliza a la Empresa de Materiales de Construcción de Holguín en el área denomina-da Cerro Yabazón, ubicada en el municipio Rafael Freyre de la provincia de Holguín, con el objetivo de explotar y procesar dicho mineral por un término de veinticinco (25) años, para su utilización en la construcción; posteriormente, mediante la Resolución No. 106, de 10 de marzo de 2005, de la ministra del Ministerio de la Industria Básica, se autorizó el cierre temporal de dicha concesión por el término de dos (2) años.
POR CUANTO: La Empresa de Materiales de Construcción de Holguín, a través de la Oficina Nacional de Recursos Minerales, ha presentado el cierre definitivo de toda el área de la concesión descrita; la que se encuentra rehabilitada según el informe de inspección ambiental de la delegación del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente de la provincia de Holguín.
POR CUANTO: La Oficina Nacional de Recursos Minerales recomienda en su dicta-men, al que resuelve, la extinción de dicha concesión minera por incurrirse en la causal del capítulo X, artículo 60, inciso d), de la Ley No. 76, “Ley de Minas”, de 21 de diciem-bre de 1994.
POR TANTO: En el ejercicio de las atribuciones que me han sido conferidas en el artículo 100, inciso a), de la Constitución de la República de Cuba,
R e s u e l v o :PRIMERO: Derogar la Resolución No. 24, de 12 de enero de 2000, del ministro de la Industria Básica, mediante la cual se otorgaron los derechos de explotación y procesa-miento del mineral caliza a la Empresa de Materiales de Construcción de Holguín en el área denominada Cerro Yabazón, ubicada en el municipio Rafael Freyre de la provincia de Holguín.
SEGUNDO: Declarar franca el área que abarca la concesión de explotación y proce-samiento, la que puede ser objeto de nuevas solicitudes para realizar actividades mineras.
TERCERO: La Empresa de Materiales de Construcción de Holguín está obligada a cumplir las obligaciones contraídas al serle otorgada dicha concesión de explotación y procesamiento, si no las hubiere aún ejecutado, especialmente las tributarias; así como indemnizar por los daños o perjuicios a que hayan dado lugar las actividades mineras realizadas. NOTIFÍQUESE al director general de la Oficina Nacional de Recursos Minerales y al director general de la Empresa de Materiales de Construcción de Holguín.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
ARCHÍVESE el original en la Dirección Jurídica del Ministerio de Energía y Minas.
DADA en La Habana, a los 21 días del mes de febrero de 2019.Raúl García Barreiro Ministro de Energía y Minas________________