Resolución 9
La Resolución 9/2022 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social regula el pago de salario en el viernes santo. El Artículo 100 de la Ley 116, Código de Trabajo, declara el viernes santo día de receso laboral con pago del salario. La Ministra Marta Elena Feitó Cabrera emite esta resolución.
- El 15 de abril de 2022 se aplica lo establecido para el viernes santo.
- Los empleadores abonan el salario básico a trabajadores, salvo coincidencia con descanso semanal, vacaciones pagadas, garantía salarial, licencia no retribuida o subsidio de seguridad social.
- Los trabajadores exceptuados de recesar reciben su salario según formas y sistemas de pago de su entidad.
- La resolución se publicó en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
Texto íntegro
GOC-2022-321-EX27 RESOLUCIÓN 9/2022
POR CUANTO: La Ley 116, Código de Trabajo, de 20 de diciembre de 2013, en su
Artículo 100 declara el “viernes santo” día de receso laboral con pago del salario.
POR TANTO: En el ejercicio de las facultades que me están conferidas en el
Artículo 145, inciso d) de la Constitución de la República de Cuba,RESUELVOPRIMERO: Disponer que el día 15 de abril corresponde aplicar lo establecido para el viernes santo de 2022.
SEGUNDO: Los empleadores de las entidades y actividades que recesan sus labores abonan a los trabajadores el salario básico, salvo que coincida con los de su descanso semanal o con aquellos en que disfrutan de vacaciones anuales pagadas, garantía salarial, licencia no retribuida o subsidio de seguridad social.
TERCERO: Los trabajadores que están exceptuados de recesar reciben su salario se-gún las formas y sistemas de pago aplicados en su entidad.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
ARCHÍVESE el original de la presente en el protocolo de resoluciones generales de la Dirección Jurídica y Relaciones Internacionales que obra en el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.
DADA en La Habana, a los 4 días del mes de abril de 2022.Marta Elena Feitó Cabrera Mnistra