Resolución 9/2026
La Resolución 9/2026 del Ministerio de Energía y Minas extingue la concesión de explotación en el área Cariblanca, ubicada en Sancti Spíritus, otorgada a la Empresa Mármoles Cubanos. La concesión, que había sido otorgada por 25 años para explotar caliza recristalizada, había vencido y fue objeto de varias prórrogas y traspasos.
- Se extingue la concesión de explotación en el área Cariblanca, municipio de Fomento, provincia de Sancti Spíritus.
- La concesión fue otorgada originalmente por Resolución 5 de 2001 para explotar caliza recristalizada.
- La Empresa Mármoles Cubanos debe cumplir obligaciones pendientes, incluyendo las tributarias y ambientales.
- El área queda declarada franca para nuevas solicitudes de actividades mineras.
- Se derogan las resoluciones 5/2001, 54/2006 y 427/2011, todas de la Industria Básica.
Texto íntegro
RESOLUCIÓN 9/2026
POR CUANTO: De conformidad con la Disposición Final Segunda, de la Ley 76 “Leyde Minas”, de 21 de diciembre de 1994, se faculta al Ministerio de la Industria Básica,hoy Ministerio de Energía y Minas para dictar cuantas disposiciones se requieran para lamejor ejecución de esta Ley.
POR CUANTO: Ha vencido el término otorgado por la Resolución 5, de 11 de enerode 2001, a la Corporación Mármoles Cubanos, para una concesión de explotación en elárea denominada Cariblanca, ubicada en el municipio de Fomento de la provincia de Sancti Spíritus, por el término de veinticinco años, con el objeto de explotar el mineralcaliza recristalizada para la obtención de productos terminados y bloques para su utili-zación como piedra ornamental destinados a la exportación y a la construcción de obrasnacionales; así como áridos y otras producciones de interés nacional; traspasada a favorde la Empresa Mármoles Cubanos y autorizado el cierre total con carácter temporal pordos años por las resoluciones 54, de 21 de marzo de 2006, la 427, de 22 de noviembre de 2011,todas de los ministros de la Industria Básica, y por el Acuerdo 7580, de 7 de junio de 2014,del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, se le autorizó el cierre total con caráctertemporal, por el término de cinco años.
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POR TANTO: En el ejercicio de las atribuciones que me han sido conferidas enel
Artículo 145, inciso d), de la Constitución de la República de Cuba,
RESUELVO
PRIMERO: Extinguir la concesión de explotación en el área denominada Cariblanca,ubicada en el municipio de Fomento de la provincia de Sancti Spíritus, traspasada a la Empresa Mármoles Cubanos.
SEGUNDO: Declarar franca el área que abarcaba la concesión de explotación quepuede ser objeto de nuevas solicitudes para realizar actividades mineras.
TERCERO: La Empresa Mármoles Cubanos está obligada a cumplir las obligaciones con-traídas al serle traspasada dicha concesión de explotación si no las hubiere aún ejecutado,especialmente las tributarias y las relacionadas con el medio ambiente; así como a indemnizarpor los daños o perjuicios que hayan dado lugar las actividades mineras realizadas.
CUARTO: Derogar las resoluciones 5, de 11 de enero de 2001, 54, de 21 de marzode 2006 y la 427, de 22 de noviembre de 2011, todas de los ministros de la Industria Básica.
NOTIFÍQUESE al director general de la Oficina Nacional de Recursos Minerales y aldirector general de la Empresa Mármoles Cubanos.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
ARCHÍVESE el original en la Dirección Jurídica del Ministerio de Energía y Minas.
DADA en La Habana, a los 17 días del mes de febrero de 2026,“Año del Centenariodel Comandante en Jefe Fidel Castro Ruz”.
Vicente de la O Levy
Ministro