Resolución 91
La Resolución No. 91/2018 del Ministerio de Comunicaciones regula la asignación de numeración para servicios celulares en Cuba. Fue emitida por el Ministro de Comunicaciones, Maimir Mesa Ramos.
- Se asignan sectores de numeración 51 000 000-51 999 999 y 59 000 000-59 999 999 a ETECSA para servicios celulares (Artículo Primero).
- Se actualiza el Cuadro No. 2 del Plan Nacional de Numeración con nueva asignación de numeración para servicios celulares (Artículo Segundo).
- Se modifica la estructura de numeración que comienza con el dígito 6, asignando sectores para servicios celulares y otros servicios (Artículo Tercero).
- Se actualiza el Cuadro No. 7 del Plan Nacional de Numeración con nueva asignación de numeración compartida para servicios de transmisión de datos, acceso a Internet y servicios celulares (Artículo Cuarto).
- La Dirección General de Comunicaciones del Ministerio de Comunicaciones controla el cumplimiento de la resolución (Artículo Quinto).
Texto íntegro
GOC-2018-728-O35 RESOLUCIÓN No. 91/2018
POR CUANTO: El Acuerdo No. 8151 del Consejo de Ministros, de fecha 22 de mayo de 2017, en su numeral Cuarto, Apartado Primero, dispone que el ministerio de Comuni-caciones tiene como función específica, la de ordenar, regular y controlar los servicios de telecomunicaciones, informáticos y postales, nacionales e internacionales, la gestión de los recursos comunes y limitados en materia de dichos servicios y la implementación de estos.
POR CUANTO: La Resolución No. 127 del ministro de Comunicaciones, de fecha 11 de abril de 2017, aprobó el Plan Nacional de Numeración y dispuso en su Apartado Tercero, la reserva de los sectores de numeración 51 ZBMCDU y 59 ZBMCDU para el desarrollo del servicio celular.
POR CUANTO: Teniendo en cuenta la solicitud de la Empresa de Telecomunica-ciones de Cuba, S.A., ETECSA, de asignación de dos arcos de numeración para los incrementos de los servicios previstos en el período 2018-2023, y que en consecuencia, quedaría un solo sector de reserva para el desarrollo del servicio celular; resulta nece-sario modificar el Plan Nacional de Numeración en estos acápites.
POR TANTO: En el ejercicio de las atribuciones que me están conferidas, en el inciso a) del artículo 100 de la Constitución de la República de Cuba;
R e s u e l v o :PRIMERO: Asignar los sectores de numeración comprendidos desde el 51 000 000 hasta el 51 999 999 y desde el 59 000 000 al 59 999 999 a la Empresa de Telecomunica-ciones de Cuba, S.A. para la operación y desarrollo del servicio celular.
SEGUNDO: Actualizar el Cuadro No. 2 del Apartado Tercero de la Resolución No. 127 de 2017, el que queda de la forma siguiente:NUMERACIÓN CORRESPONDIENTE A LOS SERVICIOS DE LA RED CELULAR Estructura de la numeración: 5 yZBMCDUNúmero de los abonados PrimerDÍGITO DÍGITOS SUBSIGUIENTES ASIGNACIÓN 5 0 ZBMCDU Reserva 1 ZBMCDU Servicios celulares 2 ZBMCDU Servicios celulares
980 gACETA OFICIAL 21 de noviembre de 2018 PrimerDÍGITO DÍGITOS SUBSIGUIENTES ASIGNACIÓN 5 3 ZBMCDU Servicios celulares 4 ZBMCDU Servicios celulares 5 ZBMCDU Servicios celulares 6 ZBMCDU Servicios celulares 7 ZBMCDU (ZB≠99) Servicio de Radio Troncalizado 799 MCDU Servicios celulares ferroviarios 8 ZBMCDU Servicios celulares 9 ZBMCDU Servicios celulares
TERCERO: Modificar la estructura de numeración que comienza con el dígito 6 y se asignan los sectores 600 BMCDU y del 602 BMCDU al 649 BMCDU a la reserva del servicio celular y el sector del 650 BMCDU al 699 BMCDU a la reserva, sin especificar el servicio; y en consecuencia queda modificado el Apartado Séptimo de la Resolución No. 127 de 2017.
CUARTO: Actualizar el Cuadro No. 7 del Apartado Séptimo de la Resolución No. 127 de 2017, el que queda de la forma siguiente:NUMERACIÓN COMPARTIDA CORRESPONDIENTE A SERVICIOS DE TRANSMISIÓN DE DATOS, ACCESO A INTERNET y SERVICIOS CELULARES Estructura de la numeración: 6 yZBMCDU (los dígitos yZ indican el tipo de servicioy el resto la identificación del usuario)Código de acceso al servicio ASIGNACIÓNPrimerDÍGITO DIGITOS SIGUIENTES600 Reserva servicios celulares 01 Servicios de datos, acceso conmutado a Internet 02:49 Reserva servicios celulares 50:99 Reserva
QUINTO: La dirección general de Comunicaciones del Ministerio de Comunicaciones, queda encargada de controlar el cumplimiento de lo dispuesto en la presente.
SEXTO: Se deroga el apartado Séptimo de la Resolución No. 127, de fecha 11 de abril de 2017. NOTIFÍQUESE al Presidente Ejecutivo de la Empresa de Telecomunicaciones de Cuba, S.A. COMUNÍQUESE a los viceministros, al director general de Comunicaciones, a los directores de Regulaciones e Inspección, todos del Ministerio de Comunicaciones.
981 gACETA OFICIAL21 de noviembre de 2018
ARCHÍVESE el original en la dirección Jurídica del Ministerio de Comunicaciones.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
DADA en La Habana, a los 17 días del mes de abril de 2018.Maimir Mesa Ramos Ministro de Comunicaciones________________