Resolución 91/2024
La Resolución 91/2024 del Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera modifica el Reglamento que rige las relaciones comerciales en operaciones en moneda libremente convertible. Este reglamento se aplica a las entidades autorizadas a realizar actividades de comercio exterior y las formas de gestión no estatal. La modificación busca adicionar una entidad autorizada para realizar operaciones de comercio exterior.
- Se modifica el Anexo Único de la Resolución 315 de 2020.
- Se adiciona la Empresa Importadora Palco como entidad autorizada.
- La entidad adicionada está relacionada en el Anexo Único.
- La resolución se comunica a viceministros, directores generales y directores del organismo.
Texto íntegro
RESOLUCIÓN 91/2024
POR CUANTO: Mediante la Resolución 315 del ministro del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera, de 13 de agosto de 2020, se aprobó el “Reglamento que rige las relaciones comerciales en las operaciones en moneda libremente convertible entre las entidades autorizadas a realizar actividades de comercio exterior y las formas de gestión no estatal”, elque ha sido modificado por sucesivas resoluciones.
POR CUANTO: La experiencia práctica obtenida durante la implementación del citado Reglamento aconseja modificar su Anexo Único al efecto de adicionar una (1) entidad autorizada a realizar operaciones de comercio exterior con las formas de gestión no estatal, para lo cual resulta necesario disponer lo que corresponde.
POR TANTO: En ejercicio de las facultades que me han sido conferidas por el inciso d) del
Artículo 145 de la Constitución de la República de Cuba,RESUELVOPRIMERO: Modificar el Anexo Único de la Resolución 315 “Reglamento que rigelas relaciones comerciales en las operaciones en moneda libremente convertible entre las entidades autorizadas a realizar actividades de comercio exterior a las formas de gestión no estatal”, dictada por esta propia autoridad el 13 de agosto de 2020, a efectos de añadir
una (1) entidad autorizada a realizar operaciones de comercio exterior con las formas de gestión no estatal, la cual se relaciona a continuación: 75. EMPRESA IMPORTADORA PALCO COMUNÍQUESE a los viceministros, directores generales y directores del Organismo, a los jefes de las organizaciones superiores de dirección empresarial y al presidente de la Cámara de Comercio de la República de Cuba. DESE CUENTA de la presente Resolución a la secretaría del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, a los jefes de los órganos y organismos de la Administración Central del Estado, a la ministra presidente del Banco Central de Cuba y al jefe de la Aduana General de la República.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República.
ARCHÍVESE el original en la Dirección Jurídica.
DADA en La Habana, Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera, a los veintisiete días del mes de marzo de dos mil veinticuatro, “Año 66 de la Revolución”.Ricardo Cabrisas Ruiz Ministro