Resolución 925
Texto íntegro
GOC-2019-99-O3 RESOLUCIÓN No. 925/2018
POR CUANTO: El Acuerdo No. 8301, de 26 de enero de 2018, del Consejo de Minis-tros, en su Apartado Primero, numeral 8, dispone entre las funciones específicas de este Organismo, la de establecer la política de contabilidad y de costos para todos los sectores de la economía y el sistema de contabilidad gubernamental; así como, dirigir y controlar su ejecución.
POR CUANTO: La Resolución No. 235, de 30 de septiembre de 2005, emitida por la Ministra de Finanzas y Precios, pone en vigor las Normas Cubanas de Información Finan-ciera como base para el registro de los hechos económicos.
POR CUANTO: Se hace necesario normar el registro contable de los gastos medioam-bientales, con vistas a evaluar el impacto del cambio climático y los resultados de la Tarea Vida.
POR TANTO: En el ejercicio de la atribución que me está conferida en el artículo 100, inciso a), de la Constitución de la República de Cuba,
R e s u e l v o :PRIMERO: Aprobar la Norma Específica de Contabilidad No. 11 “Contabilidad Medioambiental” (NEC No. 11), la que se integra a la Sección II del Manual de Normas Cubanas de Información Financiera y que se adjunta a la presente Resolución como Ane-xo Único, y que forma parte integrante de la misma.
SEGUNDO: Los ministerios de las Fuerzas Armadas Revolucionarias y del Interior, adecuan a sus particularidades el cumplimiento de lo que por la presente Resolución se establece.
TERCERO: La presente Resolución entra en vigor a los quince (15) días posteriores a su firma.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
ARCHÍVESE el original en la Dirección Jurídica de este Organismo.
DADA en La Habana, a los 24 días de diciembre de 2018.meisi Bolaños Weiss Ministra a.i. Ministerio de Finanzas y Precios ANEXO ÚNICONORmA ESPECÍFICA DE CONTABILIDAD No. 11 “CONTABILIDAD mEDIOAmBIENTAL” (NEC No. 11) ÍNDICE Párrafos Objetivo 1 Alcance 2 Definiciones 3 Reconocimiento y valuación de Recursos Naturales 4 - 7 Reconocimiento de Ingresos y Gastos Medioambientales 8 - 10 Información a revelar 11 - 12
59 GACETA OFICIAL25 de enero de 2019 OBjETIVO1. El objetivo de esta Norma es establecer el tratamiento contable de las operaciones referidas a la protección efectiva del medio ambiente, siempre que se puedan identificar de manera diferenciada del resto de las actividades que realiza la entidad, a fin de soportar la información complementaria.ALCANCE2. Esta Norma es de aplicación en todas las entidades radicadas en el territorio nacional en el reconocimiento, valoración e información de operaciones que se realicen con el objetivo de proteger el medio ambiente, siempre y cuando se puedan identificar los activos, pasivos, ingresos y gastos de manera diferenciada.DEFINICIONES3. Los siguientes términos se utilizan en la presente Norma, con el significado que a continuación se especifica:Agotamiento: Es el proceso por el cual la sobreexplotación de los recursos y las sus-tancias químicas creadas por el hombre, destruyen los recursos no renovables, entre ellos, los recursos energéticos fósiles, los recursos forestales y los recursos hídricos.Actividad medioambiental: Es toda operación cuyo propósito principal sea prevenir, reducir o reparar el daño sobre el medio ambiente.Biodiversidad: Variabilidad de organismos vivos de cualquier fuente, incluidos entre otros, los ecosistemas terrestres y marinos y otros ecosistemas acuáticos y complejos eco-lógicos de los que forman parte. Comprende la diversidad dentro de cada especie, entre las especies y de los ecosistemas.Degradación: Es el proceso en el cual un sistema pasa de un determinado grado de organización y composición a otro más simple y de menor número de componentes.Gastos medioambientales: Son aquellos importes devengados asociados a las activi-dades medioambientales.Impactos Ambientales: Se definen como todo cambio en el medio ambiente, sea ad-verso o beneficioso, que sea resultado total o parcial, de las actividades de producción o prestación de servicios de las entidades.medio Ambiente: Sistema de elementos abióticos, bióticos y socioeconómicos con que interactúa el hombre, a la vez que se adapta al mismo, lo transforma y lo utiliza para satisfacer sus necesidades. Es el conjunto de elementos del medio natural, integrados armónicamente en un sistema equilibrado, incluidos la atmósfera, el clima, los bosques, la biodiversidad de las especies incluyendo la especie humana, las aguas, ríos, mares y océanos, los suelos, los recursos minerales y del subsuelo y la naturaleza en general. En este sistema confluyen tanto las condiciones del entorno, como la acción que el hombre genera durante su desarrollo como ser social.Recursos Naturales: Todos los componentes del medio ambiente, renovables o no renovables, que satisfacen necesidades económicas, sociales, espirituales, culturales y de la defensa nacional, garantizando el equilibrio de los ecosistemas y la continuidad de la vida en la tierra. Son factores de producción que proporciona la naturaleza en forma de materia prima, combustibles fósiles, bosques y pesquerías, aguas limpias, el aire respirable, entre otros.
60 GACETA OFICIAL 25 de enero de 2019 a) Renovables: Son aquellos recursos que poseen un ciclo cronológico corto. En general se pueden identificar dentro de los recursos renovables los recursos bióticos, bosques, pesquerías, entre otros, o no limitados, luz solar, mareas, vientos, entre otros. b) No Renovables: Son aquellos recursos que precisan ciclos de tiempo largos para su recuperación. Los más importantes son proporcionados por la esfera geológica de la Tierra en forma de materias primas, fuente de materiales, combustibles fósiles y fuente de energía. Son generalmente depósitos limitados y/o con ciclos de regeneración muy por debajo de los ritmos de extracción o explotación. En este sentido, cualquier recurso puede convertirse en no renovable si la demanda y cadencia de utilización excede la capacidad de su ciclo natural.RECONOCImIENTO y VALUACIÓN DE LOS RECURSOS NATURALES4. Los Recursos Naturales son reconocidos como Activos Fijos Tangibles o Intangibles de la entidad, según corresponda, en cumplimiento de lo establecido en las Normas Cubanas de Contabilidad No. 7 Activos Fijos Tangibles y No. 8 Activos Fijos Intangibles. 5. Los Recursos Naturales que constituyan Activos Fijos Tangibles o Intangibles, deben registrarse de manera diferenciada en cuentas, subcuentas o análisis, según proceda. 6. Cuando por razones del cumplimiento de las funciones aprobadas a las entidades, estas provoquen algún tipo de daño medioambiental, deben registrar el mismo como gasto, afectando el resultado final, siempre y cuando sea posible determinar su cuantía. 7. Cuando no se conozca el valor real del agotamiento o la degradación ocurrida, debe efectuarse un cálculo estimado de las existencias, basado en la experiencia y pruebas disponibles para su reconocimiento en la contabilidad.RECONOCImIENTO DE INGRESOS y GASTOS mEDIOAmBIENTALES8. En el grupo de las ventas e ingresos, la entidad debe identificar de forma separada lo siguiente: a) Ingresos por ventas relacionadas con el medio ambiente. b) Subvenciones recibidas por razones medioambientales. 9. En el grupo de gastos, la entidad debe identificar como un centro de costo independiente, todos los consumos de materiales, costos de mano de obra, servicios, amortizaciones, etc., que se encuentren relacionados con el medio ambiente. 10. Son Gastos Medioambientales, los incurridos en: a) Protección del aire y el clima: Se incluyen aquellos gastos incurridos en la toma de medidas y actividades cuyo objetivo es reducir las emisiones contaminantes al aire, o las concentraciones de contaminantes atmosféricos; así como, aquellas medidas y actividades cuyo objetivo es controlar la emisión de gases de efecto invernadero y gases que afectan negativamente a la capa de ozono estratosférico. b) Gestión de las aguas: comprenden aquellos gastos incurridos en la toma de medidas y actividades que apuntan a la prevención de la contaminación de las aguas superficiales, reduciendo la descarga de aguas residuales en las aguas superficiales interiores y en las aguas marinas. Se incluyen aquí la recogida y el tratamiento de aguas residuales; así como, las actividades de normativas y de control. También se incluyen las fosas sépticas. c) Gestión de residuos: Se incluyen aquellos gastos incurridos en la toma de medidas y actividades cuyo objetivo es prevenir la generación de residuos y reducir sus efectos perjudiciales para el medio ambiente. Entre ellos se encuentran la recogida
61 GACETA OFICIAL25 de enero de 2019 y el tratamiento de residuos, incluyendo actividades normativas y de control, los desechos peligrosos, el reciclaje, la recogida y tratamiento de residuos de bajo índice de radioactividad, la limpieza y la recogida de residuos sólidos urbanos. d) Protección y rehabilitación de los suelos: Comprenden aquellos gastos incurridos en la toma de medidas y actividades cuyo objetivo es la prevención de la infiltración de contaminantes en los suelos y las aguas subterráneas, la limpieza y la protección de los suelos contra la erosión y otros tipos de degradación física, contra la salinización, la acidez y el drenaje deficiente; así como, el control de la contaminación de los suelos. e) Reducción del ruido y las vibraciones: incluyen aquellos gastos incurridos en la toma de medidas y actividades cuyo objetivo es el control, reducción y eliminación de ruidos y vibraciones causados por la actividad industrial y el transporte. Entre otros podemos identificar las actividades para reducir el ruido causado en el vecindario (insonorización de salas de baile, entre otras); así como, las actividades para reducir el ruido en lugares frecuentados por el público (piscinas, escuelas, entre otros lugares). f) Protección de la biodiversidad y los paisajes: incluyen aquellos gastos incurridos en la toma de medidas y actividades cuyo objetivo es proteger y recuperar las especies animales y vegetales, los ecosistemas y los hábitats; así como, los paisajes naturales y seminaturales y las áreas protegidas. Puede ocurrir que en la práctica sea difícil distinguir entre la protección de la biodiversidad y la de los paisajes. Por ejemplo, mantener o crear ciertos tipos de paisajes, biótopos, zonas ecológicas y temas similares (filas de setos, líneas de árboles para restablecer “pasillos naturales”) es una actividad claramente relacionada con la biodiversidad. g) Protección contra las radiaciones: Se incluyen aquellos gastos incurridos en la toma de medidas y actividades destinadas a reducir o eliminar las consecuencias negativas de las radiaciones emitidas por cualquier fuente. Se identifican, entre otros, la manipulación, el transporte y tratamiento de residuos con alto índice de radioactividad, es decir, residuos que debido a su alto contenido de radionucleidos requieran blindaje durante las operaciones normales de manipulación y transporte. h) Enfrentamiento al cambio climático: Se incluyen aquellos gastos incurridos en la mitigación o adaptación al cambio climático, asociados todos a la Tarea Vida. i) Otras actividades de protección del medio ambiente: incluyen aquellos gastos incurridos en la toma de medidas y actividades de protección medioambiental, de la administración y gestión del medio ambiente, o actividades de formación o aprendizaje orientadas específicamente a la protección medioambiental de información al público, cuando no están clasificadas en otra de las áreas anteriores. Asimismo, se incluyen las actividades que generan gastos no desglosables como las actividades no clasificadas en otra parte.INFORmACIÓN A REVELAR11. En las Notas a los Estados Financieros debe revelarse con respecto al medioambiente, como mínimo lo siguiente: a) Inversiones que se realicen, ya sea en bienes o gastos de investigación y desarrollo relacionados con el medio ambiente. b) Obligaciones contraídas para la protección del medio ambiente. c) Criterios de valoración; así como, de imputación a resultados de los importes destinados a los fines de protección del medio ambiente. En particular se indicará el criterio seguido para considerar estos importes como gastos del ejercicio, o como incremento del valor del activo correspondiente.
62 GACETA OFICIAL 25 de enero de 2019 d) Gastos incurridos en el ejercicio, cuyo fin sea la protección y mejora del medio ambiente. e) Cualquier otra información derivada de la interacción con el medio ambiente, ya sea cuantitativa, cualitativa o financiera. 12. Otra información que debe revelarse es la referente a: a) Programas medioambientales llevados a cabo por la entidad. b) Informes sobre el resultado de auditorías medioambientales realizadas. c) Cualquier otra información que tuviese una trascendencia medioambiental.________________