Resolución 95/2006
La Resolución No. 95/2006 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social regula el Sistema Salarial para el Comercio Interior. Esta norma establece un nuevo calificador ramal de cargos técnicos, operarios y trabajadores de servicios para la actividad de comercio interior.
- Aprobar el Calificador Ramal de cargos técnicos, operarios y trabajadores de servicios para la Actividad de Comercio Interior.
- El calificador comprende grupos de complejidad con cargos técnicos, operarios y de servicios, como Técnicos 'A' y 'B' en diversas especialidades y Especialistas en Registro de Consumidores.
- Derogar disposiciones jurídicas anteriores que se oponen a esta resolución, como la Resolución No. 507 de 1980 y la Resolución No. 3836 de 1984.
- El Calificador aprobado tiene vigencia por un año a partir de su fecha.
- Se faculta al Viceministro correspondiente para dictar disposiciones complementarias y modificar la denominación y requisitos de los cargos.
Texto íntegro
RESOLUCION No. 95/2006
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POR CUANTO: Por Acuerdo del Consejo de Estado de la República de Cuba, de 22 de octubre de 1999, el que suscribe fue designado Ministro de Trabajo y Seguridad Social.
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POR CUANTO: El Acuerdo No. 2817 del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, de 25 de noviembre de 1994, establece entre las atribuciones comunes de los jefes de los organismos de la Administración Central del Estado, la de dictar resoluciones en el límite de sus facultades y competencia.
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POR CUANTO: Conforme al Acuerdo No. 4085 del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, de 2 de julio de 2001, el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, es el organismo encargado de proponer, dirigir, controlar y evaluar, sistemáticamente, la política del Estado y el Gobierno en materia laboral, salarial, de seguridad y protección en el trabajo y de prevención, atención y seguridad social.
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POR CUANTO: Se ha elaborado un Sistema Salarial basado en el principio de distribución socialista “de cada cual según su capacidad, a cada cual según su trabajo”, orientado a que el salario se convierta en el principal estímulo material que reciba el trabajador por su aporte a la sociedad.
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POR CUANTO: Para la aplicación del Sistema Salarial se han confeccionado, con la activa participación de los organismos, la Central de Trabajadores de Cuba y los sindicatos nacionales, nuevos calificadores, para lo cual se revisaron más 10 mil cargos de los calificadores vigentes y se rediseñaron en menos de 5 mil cargos de amplio perfil, lo que debe contribuir al mejoramiento de la eficiencia de la producción y los servicios.
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POR CUANTO: Concluidos los estudios para la confección del calificador ramal de técnicos, operarios y servicios del Ministerio del Comercio Interior, resulta procedente aprobar su aplicación como parte del Sistema Salarial.
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POR TANTO: En ejercicio de las facultades que me están conferidas,
R e s u e l v o :
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PRIMERO: Aprobar el Calificador Ramal de cargos técnicos, operarios y trabajadores de servicios para la Actividad de Comercio Interior, cuyas funciones o tareas principales, grupos de complejidad y requisitos para desempeñar el cargo u ocupación que aparecen en el Anexo de la presente Resolución.
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SEGUNDO: La descripción de las funciones o tareas principales que integran los calificadores, que por la presente se aprueban, son las que obran archivadas en la Dirección de Trabajo y Estimulación.
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TERCERO: Derogar las disposiciones jurídicas del antes denominado Comité Estatal de Trabajo y Seguridad Social, hoy Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, siguientes:
- 1. Resolución No. 507 de 9 de septiembre de 1980, que puso en vigor el Calificador Propio de ocupaciones de la categoría de Servicios.
- 2. Resolución No. 3836 de 22 de octubre de 1984, que aprobó el Calificador de cargos técnicos propios del Instituto Cubano de Investigaciones y Orientación de la Demanda Interna.
- 3. Instrucción No. 71-32 de 5 de noviembre de 1977, que puso en vigor el Calificador de ocupaciones de la categoría de obreros propios de la Rama de Servicios Menores.
- 4. Instrucción No. 72-31-A de 16 de junio de 1975 que puso en vigor el Calificador de ocupaciones de servicios propias de la Rama de Gastronomía y Comercio.
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CUARTO: El Calificador que por la presente Resolución se aprueba es de aplicación por un año a partir de su fecha.
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QUINTO: Facultar al Viceministro correspondiente del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social para que dicte las disposiciones complementarias que se requieran para la mejor aplicación de lo que por la presente Resolución se establece, así como para modificar, de resultar necesario, la denominación, descripción de las funciones y requisitos de los cargos, a solicitud del jefe del Organismo y el Sindicato Nacional correspondiente.
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PUBLIQUESE en la Gaceta Oficial de la República.
- Dada en Ciudad de La Habana, a los 25 días del mes de enero de 2006.
Alfredo Morales Cartaya
Ministro de Trabajo
y Seguridad Social
RELACION DE CARGOS TECNICOS POR GRUPO DE COMPLEJIDAD
GRUPO V
Técnico Presupuestador de Muebles de Tapicería
Técnico Visitador Comercial
GRUPO VI
Técnico “B” en Baterías
Técnico “B” en Cocina y Centro de Elaboración
Técnico “B” en Compra-Venta del Comercio Interior
Técnico “B” en Economía de Almacenes
Técnico “B” en Materias Químicas
Técnico “B” en Neumáticos
Técnico “B” en Servicios Menores
Técnico “B” en Servicios y Actividades Gastronómicas
Técnico Decorador “B”
Técnico en Actividades de Recreación
Técnico en Atención a Consumidores
Técnico en Embalajes del Comercio Interior
Técnico en Productos
Técnico en Protección al Consumidor
Técnico en Técnica Comercial
GRUPO VII
Diseñador Decorador de la Red Comercial
Técnico en Registro de Consumidores
GRUPO VIII
Comprobador Inventarista del Comercio Interior
Inspector Integral de Comercio
Especialista “C” en Productos
Especialista “C” en Protección al Consumidor
Especialista “C” en Registro de Consumidores
Especialista “C” en Técnica Comercial
Técnico “A” en Cocina y Centro de Elaboración
Técnico “A” en Servicios Menores
Técnico “A” en Servicios y Actividades Gastronómicas
Técnico Decorador “A”
Técnico en Alimentación Social
Técnico en Compra-Venta del Comercio Interior
Técnico “A” en Economía de Almacenes
Técnico en Electricidad, Electrónica y Componentes Asociados
Técnico en Fiscalización de Normas y Reglamentaciones
Técnico en Producción de los Servicios Personales y Técnicos
Técnico en Servicios de Equipos Electrodomésticos
Técnico en Suministro y Mantenimiento
GRUPO IX
Especialista “B” en Registro de Consumidores
GRUPO X
Diseñador “B” de Envases y Embalajes
Inspector Especialista “B” del Comercio
Especialista “A” en Registro de Consumidores
Especialista “B” en Alimentación Social
Especialista “B” en Cocina y Centro de Elaboración
Especialista “B” en Compra-Venta del Comercio Interior
Especialista “B” en Economía de Almacenes
Especialista “B” en Electricidad, Electrónica y Componentes Asociados
Especialista “B” en Envases y Embalajes
Especialista “B” en los Servicios de Equipos Electrodomésticos
Especialista “B” en Producción de los Servicios Personales y Técnicos
Especialista “B” en Productos
Especialista “B” en Protección al Consumidor
Especialista “B” en Servicios y Actividades Gastronómicas
Especialista “B” en Servicios Menores
Especialista “B” en Técnica Comercial
Técnico “A” en Baterías
Técnico “A” en Materias Químicas
Técnico “A” en Neumáticos
Técnico Eléctrico de Refrigeración y Climatización
GRUPO XI
Diseñador “A” de Envases y Embalajes
Inspector Especialista “A” del Comercio
Especialista “A” en Alimentación Social
Especialista “A” en Cocina y Centro de Elaboración
Especialista “A” en Compra-Venta del Comercio Interior
Especialista “A” en Economía de Almacenes
Especialista “A” en Electricidad, Electrónica y Componentes Asociados
Especialista “A” en Envases y Embalajes
Especialista en Fiscalización de Normas y Reglamentaciones
Especialista “A” en Servicios de Equipos Electrodomésticos
Especialista “A” en Producción de los Servicios Personales y Técnicos
Especialista “A” en Productos
Especialista “A” en Protección al Consumidor
Especialista “A” en Servicios y Actividades Gastronómicas
Especialista “A” en Servicios Menores
Especialista “A” en Técnica Comercial
Especialista en Investigaciones Socio-Económicas del Mercado
Especialista en Organización de los Servicios Comerciales
Especialista en Técnicas de Frío
Técnico Proyectista de los Servicios Personales y Técnicos
RELACION DE OCUPACIONES DE OPERARIOS POR GRUPO DE COMPLEJIDAD
GRUPO II
Auxiliar General de Cocina
GRUPO III
Auxiliar General de Tintorería y Lavandería
Ayudante de Moldeo
Ayudante General de Elaboración
GRUPO IV
Ayudante General de Reparación de Equipos de Oficina
Manipulador de Mercancías en Frigoríficos
Operador de Máquinas de Percheros
GRUPO V
Cajetinero
Clasificador de Autoservicio
Cocinero Integral “C”
Constructor de Filtros de Aire Acondicionado
Constructor – Instalador de Malla Eslabonada
Desmanchador
Dibujante de Serigrafía
Fabricante de Faroles Plásticos
Forniturista de Relojería
Manglero
Mecánico de Bicicletas
Mecánico de Chaparras y Montacargas
Mecánico de Molinos Comerciales
Montador – Ensamblador de Lámparas
Operador de Molinos de Granos
Operario de Centrífugas de Tintorería y Lavandería
Operario de Hacer Cristales Plásticos de Relojes
Operario de Objetos de Decoración y Montaje
Pintor Plateador de Espejos
Platero
Preparador de Pintura y Desinfectante
Pulidor de Joyas
Reparador de Carteras
Reparador de Fosforeras
Reparador de Sombrillas y Paraguas
Reparador–Recargador de Extintores
Restaurador de Esferas
Teñidor
Banquillero de Calzado Normal
Constructor de Cocinas
Constructor de Lavadoras
Enrollador–Enconador–Moldeador de Bocinas
Esmaltador
Fundidor de Metales Preciosos
Lavandero Integral
Mecánico Integral de Cocinas y Faroles
Mecánico Integral de Equipos Electrodomésticos
Mecánico Integral de Servicios
Operario Cristalero
Operario de Toldos y Cortinas
Pintor Decorador
Relojero
Reparador de Mangueras y Plásticos
GRUPO VII
Chofer Distribuidor
Chofer de Pipa de Amoniaco
Cocinero Integral “B”
Engastador
Grabador
Joyero
Lapidario de Piedras Semi-Preciosas
Lunchero “B”
Relojero Integral
Mecánico Integral de Equipos de Oficina
Mecánico de Montaje y Mantenimiento de Tintorería y Lavandería
Pintor Restaurador de Maniquíes
Planchador Integral
Radiomecánico
GRUPO VIII
Cocinero Integral “A”
Lunchero “A”
Joyero Integral
Operario de Instalación de Refrigeración
RELACION DE OCUPACIONES
DE TRABAJADORES DE SERVICIOS POR GRUPO DE COMPLEJIDAD
GRUPO I
Auxiliar de Baños
Lustrador de Calzado
GRUPO II
Auxiliar de Almacén
GRUPO III
Carpetero de Alojamiento
Dependiente Expedidor de Piezas de Ropa
Dependiente Integral “D” de Gastronomía
GRUPO IV
Camarero de Habitaciones
Dependiente de Establecimiento Comercial
Dependiente Integral “C” de Gastronomía
Dependiente Integral de Víveres
Manicure
Operador de Audio Comercial
GRUPO V
Cajero Chequeador “B”
Cajero Integral
Cantinero “B”
Capitán “B” de Gastronomía
Dependiente de Almacén
Dependiente Integral “B” de Gastronomía
Encargado de Actividades y Medios de Recreación
Especialista en Peluquería y Barbería
Especialista en Tratamiento Facial y Corporal
Fotógrafo Integral
Gestor de Cobros y Liquidación de Estados de Cuentas
GRUPO V
Recepcionista de Alojamiento
GRUPO VI
Asistente Nocturno de Actividades y Medios de Recreación
Cajero Chequeador “A”
Cantinero “A”
Capitán “A” de Gastronomía
Dependiente Integral “A” de Gastronomía
Supervisor del Comercio Interior
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