Resolución 95/2022
La Resolución No. 95/2022 del Ministerio de Energía y Minas prorroga la concesión de explotación de fangos minero medicinales en la Salina 10 de Abril, ubicada en Villa Clara. La prórroga, otorgada a la Empresa de la Sal, tiene una duración de 25 años.
- La concesión se prorroga hasta el 16 de enero de 2048.
- El concesionario debe contactar a funcionarios de la Delegación de la Agricultura del municipio de Corralillo.
- Debe cumplir con la legislación vigente en materia de protección de aguas terrestres (Ley 124/2017 y Decreto 337/2017).
- Debe cumplir con la Norma cubana 23:99 sobre franjas forestales de protección.
- Está obligado a abstenerse de depositar desechos que afecten el terreno y a implementar medidas de protección física y prevención de incendios.
Texto íntegro
RESOLUCIÓN 95/2022
POR CUANTO: De conformidad con la Disposición Final Segunda de la Ley No. 76, Ley de Minas, de 21 de diciembre de 1994, se faculta al extinto Ministeriode la Industria Básica, hoy de Energía y Minas para dictar cuantas disposiciones serequieran para la mejor ejecución de esta Ley.
POR CUANTO: Por la Resolución 122, de 12 de junio de 2012, del Ministro de la Industria Básica, se traspasó a favor de la Empresa de la Sal, la concesión de explota-ción denominada Salina 10 de Abril, ubicada en el municipio Corralillo de la provinciade Villa Clara, con el objetivo de explotar los fangos minero medicinales hasta el 16 deenero de 2023; para su utilización en la cosmetología y la terapéutica.
POR CUANTO: La Empresa de la Sal, ha presentado a la Oficina Nacional de Recursos Minerales una solicitud de prórroga de (25) años al término otorgado y descrito en el Por Cuanto anterior.
POR CUANTO: La Oficina Nacional de Recursos Minerales ha considerado con-veniente en su dictamen recomendar al que resuelve otorgue al concesionario dichaprórroga, oídos los criterios de los órganos locales correspondientes.
POR TANTO: En el ejercicio de las atribuciones que me han sido conferidas en el
Artículo 145, inciso d), de la Constitución de la República de Cuba,
RESUELVO
PRIMERO: Prorrogar hasta el 16 de enero de 2048, la concesión de explotación deno-minada Salina 10 de abril, otorgada a la Empresa de la Sal, ubicada en el municipio Co-rralillo de la provincia de Villa Clara para la explotación de fangos minero medicinales.
SEGUNDO: El concesionario está obligado a:
1. Contactar a los funcionarios de la Delegación de la Agricultura del municipio de Corralillo, a los efectos de dar a conocer la prórroga que se otorga.
2. Cumplir con lo regulado en toda la legislación vigente en materia de protección alas aguas terrestres que incluye, entre otras, la Ley 124, “De las aguas terrestres”,de 14 de julio de 2017 y su Reglamento, el Decreto 337, de 5 de septiembre de 2017.
3. Cumplir con lo establecido en la Norma cubana 23:99 “Franjas Forestales de laszonas de protección a embalses y cauces fluviales”.
4. Abstenerse de depositar desechos, material o sustancias que afecten el escurrimien-to natural del terreno y depositar el material desbrozado, en una zona donde sepueda utilizar para la rehabilitación del área minada.
5. Implementarlas medidas que garanticen la protección física de las personas, losrecursos, los medios técnicos y la prevención de incendios, en correspondencia conlas normas cubanas vigentes.
TERCERO: Los términos, obligaciones y condiciones, dispuestos en la Resolución 122,de 12 de junio de 2012, del Ministro de la Industria Básica son de obligatorio cumplimientopara la Empresa de la Sal, con excepción los que se opongan a lo establecido en los aparta-dos anteriores de la presente Resolución.
NOTIFÍQUESE al Director General de la Oficina Nacional de Recursos Minerales yal Director General de la Empresa de la Sal.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
ARCHÍVESE el original en la Dirección Jurídica del Ministerio de Energía y Minas.
DADA en La Habana, a los 4 días del mes de julio de 2022, “Año 64 de la Revolución”.
Nicolás Liván Arronte Cruz
Ministro
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