Resolución 95/2025

Extinguir concesión de explotación de arcilla en El Papayo

Organismo
Ministerio de Energía y Minas
Fecha emisión
Publicada en
Gaceta No. 74 Extraordinaria de 2025 (2025-12-11)
Páginas
3–4
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Resumen generado por IA

La Resolución 95/2025 del Ministerio de Energía y Minas extingue la concesión de explotación de arcilla en El Papayo, otorgada a la Empresa Cafetalera Guamá. La concesión, que había sido otorgada por 17 años, había vencido y se deroga la Resolución 320 de 2008 que la otorgó.

Texto íntegro

RESOLUCIÓN 95/2025

POR CUANTO: De conformidad con la Disposición Final Segunda, de la Ley 76“Ley de Minas”, de 21 de diciembre de 1994, promulgada por la Asamblea Nacional del Poder Popular, se faculta al Ministerio de la Industria Básica, hoy Ministerio de Energía y Minas para dictar cuantas disposiciones se requieran para la mejor ejecución de esta Ley.

POR CUANTO: La Resolución 320, de 3 de noviembre de 2008, de la entonces ministra dela Industria Básica, otorga a la Empresa Cafetalera Guamá, por un plazo de diecisiete (17) años,una concesión de explotación del mineral arcilla en el área denominada El Papayo, ubicada enel municipio de Guamá, provincia de Santiago de Cuba, con el objeto de explotar dichomineral y su utilización como materia prima en la fabricación de ladrillos; teniendo en cuentaque ha vencido el plazo concedido y resulta necesario derogar la Resolución 320 de 2008,antes mencionada, procede resolver como se expresa en la parte dispositiva de la presente Resolución.

POR TANTO: En el ejercicio de las atribuciones que me han sido conferidas en el Ar-tículo 145, inciso d) de la Constitución de la República de Cuba,

RESUELVO

PRIMERO: Extinguir la concesión de explotación en el área denominada El Papayo,ubicada en el municipio de Guamá, provincia de Santiago de Cuba, otorgada a la Empresa Cafetalera Guamá.

SEGUNDO: Declarar franca el área que abarcaba la concesión de explotación, la quepuede ser objeto de nuevas solicitudes para realizar actividades mineras.

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TERCERO: La Empresa Cafetalera Guamá está obligada a cumplir los compromisoscontraídos al serle otorgada dicha concesión de explotación, si no los hubiere aún ejecutado,especialmente los tributarios y los relacionados con el medio ambiente; así como a indem-nizar por los daños o perjuicios a que hayan dado lugar las actividades mineras realizadas.

DISPOSICIÓN FINAL

ÚNICA: Derogar la Resolución 320, de 3 de noviembre de 2008, de la entonces mi-nistra de la Industria Básica.

NOTIFÍQUESE al director general de la Oficina Nacional de Recursos Minerales,perteneciente a este Ministerio y, por su conducto, al director deneral de la Empresa Ca-fetalera Guamá.

PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

ARCHÍVESE el original en la dirección jurídica del Ministerio de Energía y Minas.

DADA en La Habana, a los 27 días del mes de noviembre del 2025.

Vicente de la O Levy

Ministro