Resolución 49/02
La Resolución No. 49/02 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social deroga normas sobre tratamientos salariales. Fue emitida por el Ministro de Trabajo y Seguridad Social, Alfredo Morales Cartaya, en uso de sus facultades.
- Deroga la Resolución No. 636 de 1981, que aprobaba el cargo de contador principal y su tratamiento salarial.
- Deroga la Instrucción No. 624 de 1981, sobre salario para contadores principales sin requisitos en empresas de grupos I al V.
- Deroga la Instrucción No. 1366 de 1982, que establecía aplicación de nivel salarial superior para contadores principales con requisitos técnicos.
- La Resolución entró en vigor a partir de su fecha de publicación en la Gaceta Oficial de la República.
Texto íntegro
RESOLUCION No. 49/02
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POR CUANTO: Mediante el Acuerdo adoptado por el Consejo de Estado de 22 de octubre de 1999 quien resuelve fue designado Ministro de Trabajo y Seguridad Social.
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POR CUANTO: En virtud del acuerdo No. 4085 de fecha 3 de julio del 2001, del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, Apartado Segundo, es atribución del Ministro de Trabajo y Seguridad Social, proponer y controlar la política laboral y salarial del país.
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POR CUANTO: El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social se encuentra trabajando en identificar las normas jurídicas laborales que por obsoletas no se están aplicando y están formalmente vigentes, así como otras que deben ser modificadas o unificadas.
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POR CUANTO: Examinadas las normas jurídicas que aprobaron tratamientos en materia de Salario que no se aplican, se constató que deben ser derogadas las disposiciones que las pusieron en vigor.
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POR TANTO: En uso de las facultades que me están conferidas,
R e s u e l v o :
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PRIMERO: Derogar la Resolución y las Instrucciones del entonces denominado Comité Estatal de Trabajo y Seguridad Social siguientes:
- 1. Resolución No. 636 de 19 de febrero de 1981– Aprueba el cargo de contador principal y el tratamiento salarial que le corresponde.
- 2. Instrucción No. 624 de 28 de abril de 1981–Aplica salario para el contador principal que no reúna los conocimientos y título requerido, en empresas de los grupos del I al V.
- 3. Instrucción No. 1366 de 14 de junio de 1982–Establece la aplicación del nivel salarial inmediato superior del cargo técnico que tenga subordinado el contador principal si reúne los requisitos del cargo técnico.
PUBLIQUESE esta Resolución en la Gaceta Oficial de la República la cual comenzará a regir a partir de su fecha.
Dado en Ciudad de La Habana, a los 24 días del mes de octubre del 2002.
Alfredo Morales Cartaya
Ministro de Trabajo
y Seguridad Social