Resolución 967
La Resolución No. 967 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social regula el cargo de Asistente para el Trabajo Educativo. Esta norma establece las responsabilidades, requisitos y ámbito de aplicación para dicho cargo. La emite el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.
- El Asistente para el Trabajo Educativo es categorizado como Técnico Docente.
- Su contenido de trabajo incluye organizar actividades educativas y formativas con alumnos en horario extradocente.
- Debe ser graduado de cursos de formación de Auxiliar Pedagógica o tener formación pedagógica similar.
- Se requiere graduación de 9no o 12mo grado, y conducta social acorde con los principios de la revolución.
- El cargo se utiliza en centros docentes internos y seminternos de Educación Primaria, Especial y Círculos Infantiles.
- El Asistente trabaja junto al maestro y al Asesor del Programa Audiovisual para contribuir a la formación integral de los estudiantes.
Texto íntegro
Resolución No. 7 de 13 de febrero de 1999 de este Ministerio.
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QUINTO: Se faculta al Viceministro correspondiente de este Ministerio para dictar cuantas disposiciones complementarias sean necesarias para la mejor aplicación de lo dispuesto en la presente.
PUBLIQUESE esta Resolución en la Gaceta Oficial de la República de Cuba, la cual comenzará a regir a partir del 1 de septiembre del presente año.
Dada en Ciudad de La Habana, a los 24 días del mes de octubre del 2002.
Alfredo Morales Cartaya
Ministro de Trabajo
y Seguridad Social
ANEXO
CARGO: Asistente para el Trabajo Educativo.
CATEGORIA: Técnico Docente.
CONTENIDO DE TRABAJO: Es responsable de la organización, la disciplina y la realización de actividades de conjunto con el Asesor del Programa Audiovisual en los Centros de la Educación Primarias con el propósito de contribuir a la formación integral de los estudiantes, atiende a los alumnos en el horario extradocente (ante de iniciar la actividad docente), el almuerzo, el reposo y el recreo, Realiza de conjunto con el maestro actividades formativas y educativas, Trabaja con el maestro en la adquisición, por parte de los alumnos, de buenos hábitos de higiene y alimentación y en la formación de modales en el comedor y garantiza el horario de descanso de los alumnos, Crea las condiciones necesarias para el juego y la realización de tareas y lecturas a partir de la selección de materiales didácticos, Labora de conjunto con el maestro en la organización y realización de las actividades pioneriles, culturales, deportivas y garantiza la disciplina y el orden para el traslado de los alumnos cuando así se requiera, Organiza y traslada a los alumnos a la biblioteca, al centro cultural o deportivo y la programación de vídeos de acuerdo al horario que está diseñado para cada actividad, Cumplimenta además las funciones ejecutoras del trabajo de las vías no formales según lo considere el director de la escuela, Asume además la responsabilidad de la entrega de los niños a los padres una vez que terminen las actividades docentes programadas para el día y concluye con la entrega oficial de la institución al servicio de guardia que tiene establecido.
REQUISITOS: Graduado de cursos de formación de Auxiliar Pedagógica, u otra formación pedagógica. Ser graduado de 9 no ó 12 mo grado (se incluyen los graduados de FOC y Técnico Medio). Tener una conducta social acorde con los principios de la revolución y estar plenamente identificado con estos, poseer cualidades en correspondencia con las exigencias para el trabajo con los niños, tener buena presencia personal y uso del lenguaje acorde a sus funciones educativas.
NIVEL DE UTILIZACION: En centros docentes Internos y Seminternos de la Educación Primaria, Especial, Círculo Infantil.