Resolución 97
Texto íntegro
Resolución No. 64 de 14 de junio de 2003, dictada por el Ministro-Presidente del Banco Central de Cuba.
SEGUNDO: A partir de la vigencia de la presente Resolución, queda anulada la inscripción de Gilmar Project S.A., en el Registro General de Bancos e Instituciones Financieras del Banco Central de Cuba, en el tomo No. 44, folios 94 al 97 de 28 de agosto de 2003. NOTIFÍQUESE a la comisión liquidadora de Gilmar Project S.A.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
ARCHÍVESE el original en la Secretaría del Banco Central de Cuba.
DADA en La Habana, a los veintitrés días del mes de abril de dos mil quince.Ernesto Medina Villaveirán Ministro-Presidente Banco Central de CubaMINISTERIOS______CIENCIA, TECNOLOGÍA Y MEDIO AMBIENTERESOLUCIÓN No. 101/2015
POR CUANTO: El Decreto-Ley No. 104 de 7 de julio de 1988 “Sobre el Personal Dedicado a la Investigación Científica”, ensu artículo 24, dispone que a los efectos de la realización del análisis para la obtención de las categorías científicas de Investigador Titular e Investigador Auxiliar, el Presidente de la Academia de Ciencias de Cuba designa la Comisión Nacional.
POR CUANTO: El Decreto-Ley No. 147 de 21 de abril de 1994 “De la Reorganización de los Organismos de la Administración Central del Estado”,establece en su artículo 11 que la Academia de Ciencias se denominará Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente.
POR CUANTO: Mediante el artículo 18 del Decreto No. 146 “Reglamento del Decreto-Ley sobre el Personal dedicado a la Investigación Científica” se dispone que la Comisión Nacional estará integrada por diecisiete o diecinueve miembros.
POR CUANTO: Mediante la Resolución No. 62 de 7 de junio de 1999, modificada por la Resolución No. 359 de 27 de octubre de 2010, ambas del Titular de este Ministerio, se estableció la composición de la Comisión Nacional de Otorgamiento y Pérdida de las Categorías Científicas de Investigador Titular e Investigador Auxiliar la que ha sufrido cambios en su actual composición.
POR CUANTO: Se hace necesario reestructurar y actualizar la composición de la Comisión Nacional de Otorgamiento y Pérdida de las Categorías de Investigador Titular e Investigador Auxiliar, en lo referido a su presidente y miembros que conforman dicha Comisión.
POR TANTO: En ejercicio de las facultades que me están conferidas en el inciso a) del artículo 100 de la Constitución de la República de Cuba,
R e s u e l v o :ÚNICO: Modificar el Apartado Primero de la Resolución No. 62 de 7 de junio de 1999 del Titular de este Ministerio, el que queda redactado de la manera siguiente:
PRIMERO: Disponer que la Comisión Nacional de Otorgamiento y Pérdida de las categorías Científicas de Investigador Titular e Investigador Auxiliar, quede integrada por los compañeros siguientes: Ing. José Fidel Santana Núñez Presidente Dr.C. Jorge Lodos Fernández Vicepresidente Lic. Ida Esther Lau Lluis Secretaria Lic. Zarays Gutiérrez Morales Miembro Dr.C. Rodobaldo Ortiz Pérez Miembro Dr.C. José Ruiz Schulcloper Miembro Dr.C. Antonio Ball-Llovera Miembro Dr.C. Magaly Alonso Castellanos Miembro Dr.C. Odelsa Ancheta Niebla Miembro Dr.C. Miguel Atá Villegas Miembro Dr.C. Israel Évora Capote Miembro Dr.C. Ysabel Reyes Ponce Miembro Dr.C. Dámaso Castillo Toro Miembro Dr.C. Humberto Muñiz Consuegra Miembro Dr.C. Pedro Pablo Rodríguez López Miembro Dr.C. Santa Jiménez Acosta Miembro Dr.C. Ramiro Jorge García García Miembro Pedro Inocente Más Bermejo Miembro Dr.C. Caridad Verdecia Cañizares Miembro NOTIFÍQUESE al Presidente de la Comisión Nacional de Otorgamiento y Pérdida de las Categorías Científicas de Investigador Titular e Investigador Auxiliar, y por su intermedio, a los integrantes de la Comisión.
ARCHÍVESE, el original en el Protocolo de Disposiciones Jurídicas de la Dirección Jurídica de este Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República. DADA, en La Habana, a los 18 días del mes de mayo de 2015.Elba Rosa Pérez Montoya Ministro de Ciencia, Tecnología y Medio AmbienteCOMERCIO EXTERIORY LA INVERSIÓN EXTRANJERARESOLUCIÓN No. 160 de 2015
POR CUANTO: El Decreto No. 206, de 10 de abril de 1996, "Reglamento del Regis-tro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras", esta-blece el procedimiento para la tramitaciónde las solicitudes de inscripción, renovacióny cancelación de licencias presentadas antedicho Registro, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba.
POR CUANTO: La Encargada del Re-gistro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras, haelevado a la consideración del que resuelveel expediente incoado en virtud de la solici-tud de renovación de Licencia presentadapor la compañía panameña D´MARCO,S.A., y del análisis efectuado se ha consi-derado acceder a la solicitud formulada.
POR TANTO: En ejercicio de las facul-tades que me han sido conferidas por elnumeral 4 del Apartado Tercero del Acuer-do No. 2817, de fecha 25 de noviembre de 1994, adoptado por el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros,
R e s u e l v o :PRIMERO: Autorizar la renovación dela Licencia de la compañía panameñaD´MARCO, S.A., en el Registro Nacionalde Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba.SEGUNDO: El objeto de la Sucursal dela compañía D´MARCO, S.A., en Cuba, apartir de la renovación de su Licencia, serála realización de actividades comercialesrelacionadas con las mercancías que, anivel de capítulos, se describen en docu-mento anexo.TERCERO: La Licencia que se otorgueal amparo de la presente Resolución, noautoriza la realización de las actividadessiguientes:
- a) Importar y exportar directamente, con carácter comercial.
- b) Realizar el comercio mayorista y minorista en general de productos y servicios, excepto los servicios de postventa y garantía, expresamente acordados en los contratos que amparan las operaciones de comercio exterior.
- c) Distribuir y transportar mercancías en el territorio nacional.
CUARTO: La Encargada del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras queda responsabilizada del cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución. COMUNÍQUESE a los viceministros y directores del Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera, a la Encargada del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba, al Director General del Grupo Empresarial del Comercio Exterior, GECOMEX, a la Ministra de Finanzas y Precios, al Presidente del Banco Central de Cuba, al Jefe de la Aduana General de la República, al Presidente de la compañía ACOREC, S.A., al Director de la Dirección de Inmigración y Extranjería, al Presidente de la compañía ETECSA, al Encargado del Registro Nacional de Vehículos Automotores y a cuantas otras entidades nacionales corresponda.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República.
ARCHÍVESE el original de la misma en la Dirección Jurídica.
DADA en la ciudad de La Habana, Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera, a los veintiún días del mes de mayo de dos mil quince.Rodrigo Malmierca Díaz Ministro del Comercio Exterior y la Inversión ExtranjeraANEXO No. 1 NOMENCLATURA DE PRODUCTOS APROBADA PARA LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES COMERCIALES A D´MARCO, S.A.
| Descripción | | - | | Capítulo 17 Azúcares y artículos deconfitería | | Capítulo 21 Preparaciones alimenticiasdiversas | | Capítulo 39 Plástico y sus manufacturas | | Capítulo 48 Papel y cartón; manufacturasde pasta de celulosa, de papel o cartón | | Capítulo 70 Vidrio y sus manufacturas | | Capítulo 82 Herramientas y útiles, artícu-los de cuchillería y cubiertos de mesa, demetal común; partes de estos artículos, demetal común | | Capítulo 84 Reactores nucleares, calde-ras, máquinas, aparatos y artefactosmecánicos; partes de estas máquinas oaparatos | | Capítulo 94 Muebles; mobiliario medi-coquirúrgico; artículos de cama y simi-lares; aparatos de alumbrado no expre-sados ni comprendidos en otra parte;anuncios, letreros y placas indicadorasluminosos y artículos similares; cons-trucciones prefabricadas | | Capítulo 96 Manufacturas diversas |
____________RESOLUCIÓN No. 161 de 2015
POR CUANTO: El Decreto No. 206, de 10 de abril de 1996, "Reglamento del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras", establece el procedimiento para la tramitación de las solicitudes de inscripción, renovación y cancelación de licencias presentadas ante dicho Registro, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba.
POR CUANTO: La Encargada del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras, ha
elevado a la consideración del que resuelve el expediente incoado en virtud de la solicitud de renovación de Licencia presentada por la compañía británica PETROPLAS- TIC AND CHEMICALS LIMITED, y del análisis efectuado se ha considerado acceder a la solicitud formulada.
POR TANTO: En ejercicio de las facultades que me han sido conferidas por el numeral 4 del Apartado Tercero del Acuerdo No. 2817, de fecha 25 de noviembre de 1994, adoptado por el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros,
R e s u e l v o :PRIMERO: Autorizar la renovación de la Licencia de la compañía británica PETROPLASTIC AND CHEMICALS LI- MITED, en el Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba.
SEGUNDO: El objeto de la Sucursal de la compañía PETROPLASTIC AND CHE- MICALS LIMITED en Cuba, a partir de la renovación de su Licencia, será la realización de actividades comerciales relacionadas con las mercancías que, a nivel de capítulos, se describen en documento anexo.
TERCERO: La Licencia que se otorgue al amparo de la presente Resolución, no autoriza la realización de las actividades siguientes:
- a) Importar y exportar directamente, con carácter comercial.
- b) Realizar el comercio mayorista y minorista en general de productos y servicios, excepto los servicios de postventa y garantía, expresamente acordados en los contratos que amparan las operaciones de comercio exterior.
- c) Distribuir y transportar mercancías en el territorio nacional.
CUARTO: La Encargada del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras queda responsabilizada del cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución. COMUNÍQUESE a los viceministros y directores del Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera, a la Encargada del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba, al Director General del Grupo Empresarial del Comercio Exterior, GECOMEX, a la Ministra de Finanzas y Precios, al Presidente del Banco Central de Cuba, al Jefe de la Aduana General de la República, al Presidente de la compañía ACOREC, S.A., al Director de la Dirección de Inmigración y Extranjería, al Presidente de la compañía ETECSA, al Encargado del Registro Nacional de Vehículos Automotores y a cuantas otras entidades nacionales corresponda.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República.
ARCHÍVESE el original de la misma en la Dirección Jurídica.
DADA en la ciudad de La Habana, Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera, a los veintiún días del mes de mayo de dos mil quince.Rodrigo Malmierca Díaz Ministro del Comercio Exterior y la Inversión ExtranjeraANEXO No. 1 NOMENCLATURA DE PRODUCTOS APROBADA PARA LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES COMERCIALES A PETROPLASTIC ANDCHEMICALS LIMITED
| Descripción | | - | | Capítulo 7 Hortalizas, plantas, raíces ytubérculos alimenticios | | Capítulo 9 Café, té, yerba mate y especias | | Capítulo 21 Preparaciones alimenticiasdiversas | | Capítulo 22 Bebidas, líquidos alcohólicosy vinagre | | Capítulo 28 Productos químicos inorgá-nicos; compuestos inorgánicos u orgáni-cos de los metales preciosos, de los ele-mentos radiactivos, de metales de lastierras raras o de isótopos |
| Descripción | | - | | Capítulo 29 Productos químicos orgánicos | | Capítulo 30 Productos farmacéuticos | | Capítulo 31 Abonos | | Capítulo 32 Extractos curtientes o tintó-reos; taninos y sus derivados; pigmentosy demás materias colorantes; pinturas ybarnices; mástiques; tintas | | Capítulo 34 Jabón, agentes de superficieorgánicos, preparaciones para lavar, pre-paraciones lubricantes, ceras artificiales,ceras preparadas, productos de limpieza,velas y artículos similares, pastas paramodelar, "ceras para odontología" y pre-paraciones para odontología a base deyeso fraguable | | Capítulo 35 Materias albuminoideas;productos a base de almidón o de féculamodificados; colas; enzimas | | Capítulo 38 Productos diversos de lasindustrias químicas | | Capítulo 39 Plástico y sus manufacturas | | Capítulo 42 Manufacturas de cuero; ar-tículos de talabartería o guarnicionería;artículos de viaje, bolsos de mano (carte-ras) y continentes similares; manufactu-ras de tripa | | Capítulo 43 Peletería y confecciones depeletería; peletería facticia o artificial | | Capítulo 47 Pasta de madera o de lasdemás materias fibrosas celulósicas; pa-pel o cartón para reciclar (desperdicios ydesechos) | | Capítulo 48 Papel y cartón; manufacturasde pasta de celulosa, de papel o cartón | | Capítulo 72 Fundición, hierro y acero | | Capítulo 73 Manufacturas de fundición,hierro o acero | | Capítulo 74 Cobre y sus manufacturas | | Capítulo 75 Níquel y sus manufacturas | | Capítulo 76 Aluminio y sus manufacturas | | Capítulo 79 Zinc y sus manufacturas | | Capítulo 84 Reactores nucleares, calde-ras, máquinas, aparatos y artefactos | | Descripción | | - | | mecánicos; partes de estas máquinas oaparatos |
____________COMUNICACIONESRESOLUCIÓN No. 96/2015
POR CUANTO: El Acuerdo No. 7380 del Consejo de Ministros, de fecha 28 defebrero de 2013, en su Apartado Primero,numeral Quince, establece que el Ministe-rio de Comunicaciones tiene la funciónespecífica de regular y controlar la emi-sión, distribución, circulación, vigencia,valor facial y demás características de lasespecies postales.
POR CUANTO: La Resolución No. 525 de fecha 10 de septiembre de 2014 del Ministro de Comunicaciones, aprobó el Plan de emisiones postales para el año 2015, entre las que se encuentra, la desti-nada a conmemorar el “160 Aniversariodel Primer Sello de Cuba”.
POR TANTO: En el ejercicio de lasatribuciones conferidas en el artículo 100 inciso a), de la Constitución de la Re-pública de Cuba;
R e s u e l v o :PRIMERO: Que se confeccione yponga en circulación una emisión de se-llos de correos destinada a conmemorar el“160 ANIVERSARIO DEL PRIMERSELLO DE CUBA”, con el siguientevalor y cantidad:
| 17.225 | Sellos de 10 centavos de valor, impresos en multicolor, ostentando en su diseño en el lateral izquierdo una reproducción que representa la imagen de la chapilla de cartero especial y al fondo una escena que simboliza el servicio de correos. | | - | - | | 17.225 | Sellos de 30 centavos de valor, impresos en multicolor, ostentando en su diseño en el lateral izquierdo una reproducción que |
| representa la imagen del can-dado de seguridad para las vali-jas certificadas y al fondo unaescena que simboliza el servi-cio de correos. | | - | | 17.225 | Sellos de 65 centavos de valor,impresos en multicolor, osten-tando en su diseño en el lateralizquierdo una reproducción querepresenta la imagen de pesaspara cartas y al fondo una es-cena que simboliza el serviciode correos. | | 17.225 | Sellos de 75 centavos de va-lor, impresos en multicolor,ostentando en su diseño en ellateral izquierdo una repro-ducción que representa laimagen del título de adminis-trador de correos y al fondouna escena que simboliza elservicio de correos. |
SEGUNDO: Que el Grupo Empresarial Correos de Cuba, señale el primer día de circulación de esta emisión distribuyendo las cantidades necesarias a todas las unidades de correos del país y vele por el cumplimiento de lo que por la presente se dispone. COMUNÍQUESE al Presidente del Grupo Empresarial Correos de Cuba y a cuantas personas naturales y jurídicas deban conocerla.
ARCHÍVESE el original en la Dirección Jurídica del Ministerio de Comunicaciones.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba. Dada en La Habana, a los 30 días del mes de abril de 2015.Maimir Mesa Ramos Ministro de Comunicaciones________________RESOLUCIÓN No. 97/2015
POR CUANTO: El Acuerdo No. 7380 del Consejo de Ministros, de fecha 28 defebrero de 2013, en su Apartado Primero,numeral Quince, establece que el Ministe-rio de Comunicaciones tiene la funciónespecífica de regular y controlar la emi-sión, distribución, circulación, vigencia,valor facial y demás características de lasespecies postales.
POR CUANTO: La Resolución No. 525 de fecha 10 de septiembre de 2014 del Ministro de Comunicaciones, aprobó el Plan de emisiones postales para el año 2015, establece en su Apartado Terceroque siempre que la importancia y trascen-dencia lo ameriten, podrán presentarsepara su aprobación otras emisiones, por loque resulta procedente aprobar la destinadaa conmemorar el “ANIVERSARIO 120 DEL DESEMBARCO DE JOSÉMARTÍ Y MÁXIMO GÓMEZPOR PLAYITA DE CAJOBABO”.
POR TANTO: En el ejercicio de lasatribuciones conferidas, en el artículo 100 inciso a), de la Constitución de la Re-pública de Cuba;
R e s u e l v o :PRIMERO: Que se confeccione yponga en circulación una emisión de se-llos de correos, en la categoría Se-Tenant,destinada a conmemorar el “ANIVER-SARIO 120 DEL DESEMBARCO DEJOSÉ MARTÍ Y MÁXIMO GÓMEZPOR PLAYITA DE CAJOBABO”,con el siguiente valor y cantidad:
| 11.025 | Sellos de 65 centavos de valor, impresos en multicolor, ostentando en su diseño una reproducción que representa la imagen de Máximo Gómez Báez así como una ilustración de la playita de Cajobabo. | | - | - | | 11.025 | Sellos de 75 centavos de valor, impresos en multicolor, ostentando en su diseño una reproducción que representa la imagen de José Martí Pérez; así como una ilustración de la playita de Cajobabo. |
SEGUNDO: Que el Grupo Empresarial Correos de Cuba, señale el primer día de circulación de esta emisión distribuyendo las cantidades necesarias a todas las unidades de correos del país, y vele por el cumplimiento de lo que por la presente se dispone. COMUNÍQUESE al Presidente del Grupo Empresarial Correos de Cuba y a cuantas personas naturales y jurídicas deban conocerla.
ARCHÍVESE el original en la Dirección Jurídica del Ministerio de Comunicaciones.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba. Dada en La Habana, a los 30 días del mes de abril de 2015.Maimir Mesa Ramos Ministro de Comunicaciones________________RESOLUCIÓN No.112/2015
POR CUANTO: El Acuerdo No. 7380 del Consejo de Ministros, de fecha 28 defebrero de 2013, en su Apartado Primero,numeral Quince, establece que el Ministe-rio de Comunicaciones tiene la funciónespecífica de regular y controlar la emi-sión, distribución, circulación, vigencia,valor facial y demás características de lasespecies postales.
POR CUANTO: La Resolución No. 525 de fecha 10 de Septiembre de 2014 del Ministro de Comunicaciones, aprobó el Plan de emisiones postales para el año 2015, entre las que se encuentran la desti-nada a conmemorar a los “Felinos”.
POR TANTO: En el ejercicio de las fa-cultades conferidas, en el artículo 100 inciso a), de la Constitución de la Re-pública de Cuba;
R e s u e l v o :PRIMERO: Que se confeccione y pongaen circulación una emisión de sellos decorreos destinada a conmemorar a los “Fe-linos” con el siguiente valor y cantidad:
| 17.225 | Sellos de 15 centavos de valor, impresos en multicolor, ostentando en su diseño una reproducción que representa la imagen, de un Jaguar (Pantera Onca), y un hacha ceremonial Olmeca. | | - | - | | 12.225 | Sellos de 35 centavos de valor, impresos en multicolor, ostentando en su diseño una reproducción que representa la imagen, de un Puma, (Puma con color y un Gorjal-Túmulo) de la zona del Mississippi. | | 13.225 | Sellos de 50 centavos de valor, impresos en multicolor, ostentando en su diseño una reproducción que representa la imagen de un Tigre (Panthera Tigris) y una talla de Bengala. | | 72.251 | Sellos de 65 centavos de valor, impresos en multicolor, ostentando en su diseño una reproducción que representa la imagen, de un León (Pahthera leo), y un Instrumento de decoración de un sepulcro Tracio. | | 14.225 | Sellos de 75 centavos de valor, impresos en multicolor, ostentando en su diseño una reproducción que representa la imagen, de un Guepardo (Acinonyx Jubatus), y un cuchillo de Tutankamón decorado. |
| 17.225 | Sellos de 85 centavos de va-lor, impresos en multicolor,ostentando en su diseño unareproducción que representala imagen, de un Leopardo(Panthera Pardus), y una pla-ca de bronce de Nigeria. | | - | - | | 12.200 | Hojas Filatélicas de un peso($1,00) de valor, impresos enmulticolor, ostentando en sudiseño, del sello la imagen, de Bobtail que es el famoso gatode la suerte (Felis silvestriscatus) , así como en la parteornamental una reproducciónde la imagen de un Grabadojaponés del siglo XIX querepresenta la imagen de ungato formada por varios gatosentrelazados . |
SEGUNDO: Que el Grupo Empresarial Correos de Cuba, señale el primer día de circulación de esta emisión distribuyendo las cantidades necesarias a todas las unidades de correos del país, y vele por el cumplimiento de lo que por la presente se dispone. COMUNÍQUESE al Presidente del Grupo Empresarial Correos de Cuba y a cuantas personas naturales y jurídicas deban conocerla.
ARCHÍVESE el original en la Dirección Jurídica del Ministerio de Comunicaciones.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba. Dada en La Habana, a los 22 días del mes de mayo de 2015.Maimir Mesa Ramos Ministro de Comunicaciones________________ENERGÍA Y MINASRESOLUCIÓN No. 175/2015
POR CUANTO: Mediante el Decreto-