Instrucción 25/2004

Sobre la Declaración Jurada de Ingresos No Tributarios

Organismo
Ministerio de Finanzas y Precios
Fecha emisión
Publicada en
Gaceta No. 31 Ordinaria de 2004 (2004-05-10)
Páginas
7–10
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La Instrucción No. 25/2004 del Ministerio de Finanzas y Precios regula la Declaración Jurada de Ingresos No Tributarios para entidades empresariales estatales. Establece el modelo DJ-06 y su metodología para la liquidación de obligaciones no tributarias con el Fisco.

Texto íntegro

INSTRUCCION No. 25/2004

De conformidad con lo establecido en la Resolución No. 50, de fecha 16 de febrero del año 2004, dictada por la Ministra de Finanzas y Precios, que dispone el Sistema de Relaciones Financieras con el Estado para todas las organizaciones empresariales que clasifican en el sector estatal de la economía, se delega en el Viceministro de este ministerio que atiende la Dirección de Ingresos, la facultad para que dicte cuantas instrucciones se requieran para su mejor cumplimiento, siendo necesario establecer el modelo de Declaración Jurada de Ingresos No Tributarios de conjunto con la

metodología para su llenado, por lo que en el uso de las facultades que me han sido delegadas, instruyo lo siguiente:

-

PRIMERO: Aprobar, a efectos de la liquidación de las obligaciones no tributarias con el Fisco de todas las organizaciones empresariales que clasifican en el sector estatal, en lo adelante, las entidades empresariales estatales, el modelo DJ-06 “Declaración Jurada de Ingresos No Tributarios” y su correspondiente metodología que se acompañan a la presente como Anexos Nos. 1 y 2, que constan de una (1) y cinco (5) páginas respectivamente, formando parte integrante de esta Instrucción.

-

SEGUNDO: El modelo aprobado por el apartado anterior se entregará a las entidades empresariales estatales en las oficinas municipales de Administración Tributaria correspondientes.

-

TERCERO: El pago de las obligaciones no tributarias declaradas, se realizará en las oficinas bancarias situadas en el territorio del domicilio fiscal de las entidades empresariales estatales, a través del modelo establecido CR-04, debiéndose utilizar un modelo por cada uno de los aportes a que se obliga.

-

CUARTO: Esta instrucción entrará en vigor a partir de la fecha de su firma.

PUBLIQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba. Archívese el original en la Dirección Jurídica de este ministerio.

Dada en la ciudad de La Habana, a los 10 días del mes de marzo del 2004

Jorge Gutiérrez Castro

Viceministro de Finanzas y Precios

ANEXO No.1

DJ-06

DECLARACION JURADA

INGRESOS NO TRIBUTARIOS

A

Datos Generales

B

Pie del Modelo

ANEXO No. 2

METODOLOGIA PARA EL LLENADO DEL MODELO DJ – 06 DECLARACIÓN JURADA DE INGRESOS NO TRIBUTARIOS

Objetivos del Modelo: Este modelo tiene como objetivo declarar la liquidación anual de los aportes al presupuesto por concepto de ingresos no tributarios en correspondencia con las disposiciones al efecto dictadas en las normativas u otras legislaciones vigentes.

Cantidad de Ejemplares: Se llenará por el contribuyente en original y dos copias, con la siguiente distribución:

Original: Para la Oficina Municipal de Administración Tributaria.

Copias: Una para el contribuyente y otra para el órgano u organismo del Estado a que se subordinan.

Período de entrega: Al finalizar cada ejercicio económico, dentro del trimestre siguiente al vencimiento del período fiscal.

- - — Para su confección se debe cumplimentar las siguientes indicaciones:

- - — Llenar el formulario a máquina.

- - — Verificar que los cálculos estén correctos.

- - — Registrar los importes en pesos y centavos.

- - — No efectuar enmiendas ni alteraciones o perforaciones que lo hagan ilegible. (A) Datos Generales

Nombre o Razón Social: Se anota el nombre de la empresa que elabora y presenta su Declaración Jurada de Ingresos No Tributarios.

NIT: Se consigna el número de identificación tributaria de la empresa que presenta su declaración.

Organo u Organismo: Se identifica el órgano u organismo del Estado a que se subordina la empresa.

Año: Se consigna el año a que corresponde la información de la Declaración Jurada (ejercicio fiscal anterior).

Columnas

Información de los estados financieros: Se consignan los importes que para cada uno de los conceptos detallados están reflejados en los estados financieros de la empresa al cierre del ejercicio económico cuyas operaciones se liquidan.

Importes a aportar al presupuesto o aportados en exceso: Se anotan los importes correspondientes por cada uno de los conceptos detallados en los escaques que no aparecen bloqueados. Cuando resulte un aporte en exceso, solo posible en la fila (9), el importe se refleja entre paréntesis. Los aportes al presupuesto como parte de esta liquidación anual de ingresos no tributarios se corresponden con las disposiciones al efecto dictadas en la Resolución No.50/04 u otras legislaciones.

Ind

(B)* En las filas 01 a la 05 se consigna la información correspondiente al período económico que se liquida de la forma siguiente:

(01) Utilidad o Pérdida después del Impuesto: Se anota el importe que se refleja para este concepto en el estado de Resultado de la empresa al cierre del año que informa.

(02) Aporte por el Rendimiento de la Inversión Estatal: Se anota el importe que resulte o debe por este concepto al cierre del ejercicio fiscal concluido. Dicho importe debe coincidir con la diferencia entre la Utilidad después del impuesto – fila (1)- y las Utilidades autorizadas a retener para crear reservas voluntarias –fila (5)

(03) Pagos a cuenta del Rendimiento realizados: Se anota el importe de los pagos a cuenta realizados por este concepto al cierre de los primeros tres trimestres del ejercicio que concluyó.

(04) Aporte por el Rendimiento pendiente de aportar o pagado en exceso: Se anota la diferencia entre el Aporte por el rendimiento – fila (2) - y los Pagos a cuenta realizados –fila (3)-. Si el resultado es positivo se corresponde con lo pendiente de aportar al presupuesto por los párrafos 110010, 110011, 110012, Rendimiento de la Inversión Estatal, según corresponda. Si es negativo, se inscribe entre paréntesis, y se corresponde con lo pagado en exceso.

(05) Utilidades del período retenidas: Se anota el importe de las utilidades que se han autorizado retener para crear reservas voluntarias a partir de las utilidades después del impuesto.

(C)* En las filas de la 06 a la 14 se consigna información correspondiente a períodos económicos anteriores de la forma siguiente:

(06) Reservas voluntarias acumuladas de años anteriores: Se anota en la primera columna el saldo de las reservas voluntarias patrimoniales de que dispone la empresa al cierre del año que se liquida según aparece reflejado en el Grupo Patrimonio de su Estado de Situación al cierre del ejercicio. Se anota en la segunda columna el importe de las reservas voluntarias acumuladas que corresponda ser aportado al Presupuesto según las regulaciones establecidas en la