Resolución 57/2005

Sobre la confección de Aerogramas

Organismo
Ministerio de la Informática y las Comunicaciones
Fecha emisión
Publicada en
Gaceta No. 37 Ordinaria de 2005 (2005-08-04)
Páginas
16–17
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La Resolución No. 57/2005 del Ministerio de la Informática y las Comunicaciones regula la confección de Aerogramas. Esta norma es emitida por el Ministro de la Informática y las Comunicaciones, Ignacio González Planas, en virtud de las facultades conferidas por el Acuerdo No. 2817 de 1994 y el Acuerdo No. 3736 de 2000.

Texto íntegro

RESOLUCION No. 57/2005

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POR CUANTO: El Decreto-Ley No. 204 de fecha 11 de enero del 2000, cambió la denominación actual del Ministerio de Comunicaciones por la de Ministerio de la Informática y las Comunicaciones, que desarrollará las tareas y funciones que hasta el presente realizaba el Ministerio de Comunicaciones, así como las de Informática y la Electrónica que ejecutaba el Ministerio de la Industria Sidero-Mecánica y la Electrónica.

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POR CUANTO: El Consejo de Estado de la República de Cuba, mediante Acuerdo de fecha 12 de enero del 2000, designó al que resuelve Ministro de la Informática y las Comunicaciones.

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POR CUANTO: El Acuerdo No. 2817 de fecha 28 de noviembre de 1994, del Comité Ejecutivo del Consejo de

- Ministros, faculta a los Jefes de los Organismos de la Administración Central del Estado; a dictar en el límite de sus facultades y competencia, reglamentos, resoluciones y otras disposiciones de obligatorio cumplimiento para el sistema del organismo y sus dependencias.

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POR CUANTO: El Acuerdo No. 3736 de fecha 18 de julio del 2000, del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, establece que el Ministerio de la Informática y las Comunicaciones es el organismo encargado de aprobar, regular, supervisar y controlar las emisiones, la distribución, circulación, vigencia, valor facial y demás características de las especies postales.

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POR CUANTO: La Empresa de Correos de Cuba, ha solicitado la confección de una cantidad de Aerogramas, para garantizar este servicio en el 2005, que se presta en beneficio al público.

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POR TANTO: En el ejercicio de las facultades que me están conferidas,

R e s u e l v o :

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PRIMERO: Que se proceda a la confección de 500.000 Aerogramas, cuyo diseño tendrá las características siguientes:

En la parte superior derecha que es la correspondiente al valor postal, la imagen de Ernesto Guevara de la Serna, con un niño en los brazos y la leyenda Cuba Correos 2005, 60 centavos de valor y en la parte superior izquierda la leyenda Aerograma – Aerogramme- Vía Aérea – Por Avión, en la parte inferior derecha, un espacio para el nombre y dirección del destinatario, en el reverso un espacio para el nombre y dirección del remitente, asimismo aparecen representadas unas vistas del Che durante su estancia en el Continente Africano.

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SEGUNDO: Que la Empresa de Correos de Cuba señalará el primer día de circulación de esta emisión, distribuyendo las cantidades necesarias a la Empresa Coprefil. Ambos quedan encargados de velar por el cumplimiento de lo que por la presente se dispone.

COMUNIQUESE al Presidente de la Empresa de Correos de Cuba y por su conducto a cuantas personas naturales y jurídicas deban conocerla.

ARCHIVESE el original en la Dirección Jurídica del Ministerio de la Informática y las Comunicaciones.

PUBLIQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

Dada en la Ciudad de La Habana, a los 31 días del mes de mayo del 2005.

Ignacio González Planas

Ministro de la Informática

y las Comunicaciones

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