Resolución 98

Tarifa por servicio de alimentación en hogares de ancianos

Organismo
Ministerio de Finanzas y Precios
Fecha emisión
2021-04-23
Publicada en
Gaceta No. 38 Extraordinaria de 2021 (2021-04-29)
Páginas
11–12
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Resumen generado por IA

La Resolución 98/2021 del Ministerio de Finanzas y Precios regula la tarifa por servicio de alimentación en hogares de ancianos. Establece un cobro mensual por la prestación de este servicio durante la situación epidemiológica de la COVID-19. La Ministra de Finanzas y Precios, Meisi Bolaños Weiss, es quien emite esta resolución.

Texto íntegro

GOC-2021-418-EX38 RESOLUCIÓN 98/2021

POR CUANTO: El Decreto-Ley 17 “De la Implementación del Proceso de Ordenamiento Monetario”, de 24 de noviembre de 2020, establece la unificación monetaria y cambiaria a partir del 1 de enero de 2021.

POR CUANTO: El Decreto 24 “Facultades para la aprobación de Precios y Tarifas”, de 25 de noviembre de 2020, establece la nomenclatura de productos y servicios cuyos precios y tarifas en pesos cubanos se fijan por el Consejo de Ministros y faculta al Ministro de Finanzas y Precios o en quien este delegue, a aprobar los precios y tarifas de los productos y servicios que no están relacionados en su Anexo Único.

540 GACETA OFICIAL 29 de abril de 2021

POR CUANTO: La Resolución 351, dictada por quien suscribe, de 25 de noviembre de 2020, establece las tarifas en pesos cubanos para los servicios que brindan las casas de abuelos y los hogares de ancianos, certificados y sin certificar.

POR CUANTO: Resulta necesario establecer la tarifa por el servicio de alimentación que se viene prestando de forma gratuita, que comprende almuerzo y comida a los abuelos vinculados a los hogares de ancianos con régimen externo y casas de abuelos, durante la situación epidemiológica de la COVID-19.

POR TANTO: En el ejercicio de la atribución que me está conferida en el

Artículo 145, inciso d), de la Constitución de la República de Cuba,RESUELVOÚNICO: Establecer, a partir del primero de mayo del 2021, el cobro de una tarifa única mensual de noventa y seis pesos cubanos (96.00 CUP), por el servicio de alimentación que comprende almuerzo y comida, a los abuelos vinculados a los Hogares de Ancianos con régimen externo y Casas de Abuelos, durante la situación epidemiológica de la COVID-19.

PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

ARCHÍVESE el original en la Dirección Jurídica de este Ministerio.

DADA en La Habana, a los 23 días del mes de abril de 2021, “Año 63 de la Revolución”.Meisi Bolaños Weiss Ministra________________