Resolución 62
La Resolución No. 62 del Ministerio de la Industria Básica fija las tarifas de alojamiento para casas de visitas y albergues. La Ministra de la Industria Básica, Yadira García Vera, emite esta resolución en virtud de las facultades conferidas por el Decreto-Ley No. 147 y el Acuerdo No. 2817.
- Fija las tarifas de alojamiento para el 'Albergue de la Unidad Empresarial de Base Compras y Servicios ECIE'.
- La tarifa aprobada es para el trimestre marzo-mayo/08.
- La resolución entra en vigor a partir de los tres días siguientes de su firma, hasta el 30 de mayo de 2008.
- Se notifica al Director General de la Empresa de Construcciones de la Industria Eléctrica y al Director General de la Unión Eléctrica.
Texto íntegro
RESOLUCION No. 62
-
POR CUANTO: El Decreto-Ley No. 147 “De la Reorganización de los Organismos de la Administración Central del Estado” de 21 de abril de 1994, en su
Artículo 18, dispone que el Ministerio de la Industria Básica es uno de dichos organismos.
-
POR CUANTO: El Acuerdo No. 2817, de fecha 25 de noviembre de 1994, del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, en su Apartado Tercero, Acápite 4, faculta a los jefes de los organismos para dictar, en el límite de sus facultades y competencia, reglamentos, resoluciones y otras disposiciones de obligatorio cumplimiento para el Sistema del Organismo y, en su caso, para los demás organismos, los órganos locales del Poder Popular, las entidades estatales, el sector cooperativo, mixto, privado y la población.
-
POR CUANTO: Mediante la Resolución No. 92, de fecha 29 de mayo de 2000, dictada por el Ministro de Finanzas y Precios, se faculta a la Ministra de la Industria Básica a formar, fijar y modificar la tarifa correspondiente a “Casas de Visitas y Albergues”, siendo necesario hacerlo en este caso para el “Albergue de la Unidad Empresarial de Base Compras y Servicios ECIE”, perteneciente a la Empresa de Construcciones de la Industria Eléctrica, subordinada a la Unión Eléctrica, UNE, integrada al Ministerio de la Industria Básica.
-
POR CUANTO: Por Acuerdo del Consejo de Estado, de fecha 14 de octubre de 2004, fue designada la que resuelve Ministra de la Industria Básica.
-
POR TANTO: En el ejercicio de las facultades que me están conferidas,
R e s u e l v o :
-
PRIMERO: Fijar con carácter oficial y de obligatorio cumplimiento en todo el territorio nacional, las Tarifas de Alojamiento para Casas de Visitas y Albergues, correspondiendo en este caso al “Albergue de la Unidad Empresarial de Base Compras y Servicios ECIE”, perteneciente a la Empresa de Construcciones de la Industria Eléctrica, subordinada a la Unión Eléctrica, UNE, integrada al Ministerio de la Industria Básica, las cuales se anexan a la presente, formando parte integrante de la misma y se aprueban para el trimestre marzo-mayo/ 08.
-
SEGUNDO: La presente Resolución entra en vigor a partir de los tres días siguientes de la fecha de su firma, hasta el 30 de mayo de 2008.
NOTIFIQUESE la presente al Director General de la Empresa de Construcciones de la Industria Eléctrica, al Director General de la Unión Eléctrica y a la Directora de Economía y Planificación de este Ministerio.
COMUNIQUESE a la Ministra de Finanzas y Precios, y a cuantas demás personas naturales o jurídicas proceda.
PUBLIQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
ARCHIVESE el original en la Dirección Jurídica del Ministerio de la Industria Básica.
DADA en la ciudad de La Habana, a los 27 días del mes de febrero de 2008.
Yadira García Vera
Ministra de la Industria Básica
NOTA: EL ATRASO DE ESTA NORMA NO ES IMPUTABLE A LA EDITORA DEL MINISTERIO DE JUSTICIA.
________________