Resolución Conjunta 1
La Resolución Conjunta No. 1 regula el Premio Nacional de Economía, otorgado por los Ministerios de Economía y Planificación, Finanzas y Precios y Auditoría y Control. Este premio reconoce la labor de técnicos, especialistas, investigadores y profesores en las especialidades de Economía, Contabilidad y Auditoría.
- El premio se otorga anualmente en tres especialidades: Economía, Contabilidad y Auditoría.
- El premio consta de dos categorías: Nominados y Premiados, siendo el Premio Nacional de Economía el máximo reconocimiento estatal.
- Los Premiados reciben un diploma, una pieza artística y $300.00 CUC, mientras que los Nominados reciben un diploma y $100.00 CUC.
- La convocatoria se publica en el cuarto trimestre de cada año y se dirige a Organismos de la Administración Central del Estado, Entidades Nacionales y Consejos de la Administración Provincial.
- El jurado, compuesto por 9 miembros de reconocido prestigio, selecciona a los nominados y premiados.
- El premio se otorga por una sola vez y reconoce la obra de toda la vida en el campo de las ciencias económicas.
Texto íntegro
Acuerdo No. 3944 para control administrativo, de fecha 19 de marzo de 2001, el objetivo, funciones y atribuciones específicas del Ministerio de Finanzas y Precios como organismo encargado de dirigir, ejecutar y controlar la aplicación de la política financiera, tributaria, de precios, de auditoría y de seguros, del Estado y del Gobierno, asesorarlos en esta política y dirigir y controlar la organización de las finanzas estatales y la utilización de los recursos financieros.
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POR CUANTO: El Consejo de Estado, en uso de las atribuciones que le han sido conferidas en el artículo 90 inciso c de la Constitución de la República de Cuba, dictó, con fecha 25 de abril de 2001, su Decreto-Ley No. 219 creando el Ministerio de Auditoría y Control como un Organismo de la Administración Central del Estado encargado de dirigir, ejecutar y controlar la aplicación de la política del Estado y del Gobierno, en materia de auditoría gubernamental, fiscalización y control gubernamental; así como para regular, organizar, dirigir y controlar, metodológicamente, el Sistema Nacional de Auditoría.
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POR CUANTO: Los ministros de Economía y Planificación y de Finanzas y Precios conjuntamente, en ejercicio de las funciones que en el ámbito económico financiero les confiere la Ley, con fecha 6 de junio de 1997 dictaron la Resolución Conjunta No. 1 de 1997, por medio de la cual instituyeron el Premio Nacional de Economía, por el que desde entonces se ha venido estimulando la labor de técnicos, especialistas, investigadores y profesores de cualquier organización nacional, así como a otras personalidades que mantengan una destacada labor en el campo de las ciencias económicas, a partir de una actitud consecuente con los principios de la Revolución, otorgándose anualmente a un especialista de Economía y a otro de Contabilidad.
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POR CUANTO: La Resolución Conjunta No. 3 de 2000 de los ministerios de Economía y Planificación y de Finanzas y Precios, de fecha 19 de octubre de 2000, modificó y derogó la Resolución Conjunta No. 1 de 1997, dictada por sus respectivos titulares, en el sentido de que el Premio Nacional de Economía se otorgaría para las especialidades de Economía, Contabilidad y Auditoría, confiriéndose un premio por cada una de estas especialidades.
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POR CUANTO: Mediante la Resolución Conjunta No. 1 de 2001 de fecha 4 de diciembre de 2001, dictada por los ministros de Economía y Planificación, Finanzas y Precios y Auditoría y Control, respectivamente, se incorporó a este último Organismo de la Administración Central del Estado, como uno de los patrocinadores del Premio Nacional de Economía.
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POR CUANTO: El Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, en su Acuerdo No. 2817, para control administrativo de fecha 21 de abril de 1994, aprobó provisionalmente en su Apartado Tercero inciso 4, entre los deberes, atribuciones y funciones comunes de los jefes de los organismos de la Administración Central del Estado la de dictar, en el límite de sus facultades y competencia, reglamentos, resoluciones y otras de obligatorio cumplimiento para el sistema del organismo, y en su caso, para los demás organismos, los órganos locales del Poder Popular, las entidades estatales, el sector cooperativo, mixto, privado y la población.
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POR CUANTO: El Acuerdo No. 4973, para control administrativo, del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros de fecha 27 de octubre de 2003, aprobó los lineamientos generales para el otorgamiento del Premio Nacional de Economía y establecidos en la citada Resolución Conjunta No. 1 de 2001 de los ministerios de Economía y Planificación, Finanzas y Precios y Auditoría y Control.
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POR CUANTO: Mediante el Acuerdo No. 4818, para control administrativo, de fecha 10 de junio de 2003, el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros reguló la política general del Gobierno en materia de premios, por cuya razón y teniendo en cuenta el tiempo transcurrido desde la promulgación de la citada Resolución Conjunta No. 1 de 2001 de los ministerios de Economía y Planificación, Finanzas y Precios y Auditoría y Control resulta conveniente actualizar su contenido.
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POR TANTO: En uso de las facultades que nos están conferidas,
R e s o l v e m o s :
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PRIMERO: Aprobar el procedimiento para convocar al Premio Nacional de Economía en las especialidades de Economía, Contabilidad y Auditoría, que se describe en la presente Resolución así como para la selección y entrega de dicho Premio en las especialidades que se establecen, según el procedimiento descrito en los Anexos No. 1 y 2 de esta Resolución, de la cual forman parte integrante.
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SEGUNDO: Este premio constituye el máximo reconocimiento estatal al trabajo por la obra de toda la vida en el campo de las ciencias económicas y se otorga por una sola vez.
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TERCERO: El Premio Nacional de Economía en cada una de las especialidades consta de 2 categorías: Nominados y Premiados. Los Premiados se eligen del listado de Nominados.
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CUARTO: El reconocimiento a los Nominados en cada una de las especialidades consiste en un diploma de reconocimiento y $100.00 pesos convertibles o CUC.
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QUINTO: El reconocimiento a los Premiados en cada una de las especialidades consiste en la entrega de un diploma de reconocimiento, una pieza artística, y $300.00 pesos convertibles o CUC.
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SEXTO: El presupuesto de gastos materiales y financieros para la entrega del Premio en sus tres especialidades es aprobado cada año por los ministros que convocan al mismo.
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SÉPTIMO: La convocatoria se libra en el cuarto trimestre de cada año, dirigiéndola a los Organismos de la Administración Central del Estado, Entidades Nacionales y Consejos de la Administración Provincial, según descripción en el procedimiento contenido en el Anexo No. 1.
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OCTAVO: Para la entrega del Premio Nacional de Economía, en cada una de sus ediciones anuales, se constituirá un jurado, integrado por personalidades de reconocido prestigio científico-técnico y profesional, quienes tendrán la responsabilidad de evaluar las candidaturas presentadas por las diferentes instituciones del país y elaborar la propuesta final en cada especialidad, de conformidad con lo regulado en las Normas de Procedimiento Internas elaboradas al efecto.
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NOVENO: Se deroga la Resolución Conjunta No. 1, de 4 de diciembre de 2001 de estos tres ministerios.
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DÉCIMO: Esta Resolución entrará en vigor a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República.
COMUNIQUESE esta Resolución, a la Secretaría del Consejo de Ministros, a los jefes de los organismos de la Administración Central del Estado, al Presidente de la Asamblea Nacional del Poder Popular, a los presidentes de los consejos de la Administración provinciales y al del Municipio Especial Isla de la Juventud, al Fiscal General de la República; al Presidente del Tribunal Supremo Popular, a los viceministros, jefes de instituciones adscriptas, directores y jefes de departamentos independientes de este Ministerio, así como a cuantas más personas naturales y jurídicas proceda.
PUBLIQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
ARCHIVENSE los originales debidamente firmados en el Departamento Independiente de Asesoría Jurídica del Ministerio de Economía y Planificación y en las Direcciones Jurídicas de los Ministerios de Finanzas y Precios y Auditoría y Control, respectivamente.
DADA en Ciudad de La Habana, a 2 de mayo de 2006.
Lina Pedraza Rodríguez
Ministra de Auditoría y Control
Georgina Rodríguez Barreiro
Ministra de Finanzas y Precios
José Luis Rodríguez García
Ministro de Economía y Planificación
ANEXO No. 1
PROCEDIMIENTO PARA CONVOCAR AL PREMIO NACIONAL DE ECONOMIA EN LAS ESPECIALIDADES DE ECONOMIA, CONTABILIDAD Y AUDITORIA
- I. Los Ministerios de Economía y Planificación, Finanzas y Precios y Auditoría y Control emitirán cada año, en el mes de octubre, la Convocatoria Anual y el cronograma del proceso de selección.
- II. Una vez emitida la Convocatoria Anual y el cronograma, éstos se envían a los jefes de los Organismos
- de la Administración Central del Estado, jefes de otras Entidades Nacionales y a los presidentes de los Consejos de la Administración Provincial.
- III. Cada institución tendrá derecho a proponer un candidato por especialidad: Economía, Contabilidad y Auditoría. Excepcionalmente, en algunos Organismos que cuenten con gran cantidad de profesionales de estas especialidades, se les permitirá un número mayor de candidatos, hasta un máximo de 2 en cada una y a la Asociación Nacional de Economistas y Contadores de Cuba un máximo de 5 por especialidad, lo que se precisará en la Convocatoria Anual.
- IV. La institución proponente, dentro del límite establecido sólo presentará candidatos de la propia institución o de las dependencias que se le subordinan. Se exceptúa la Asociación Nacional de Economistas y Contadores de Cuba, quien podrá presentar candidatos de otros organismos, instituciones, provincias y jubilados de esta esfera.
- V. Para poder ser propuesto, el candidato debe ser residente en el territorio nacional y estar en el pleno disfrute de sus derechos ciudadanos.
- VVII.. Las propuestas deberán ser firmadas por la máxima autoridad de la institución correspondiente y se acompañarán de un currículo vitae de los candidatos propuestos, donde se ofrecerá la información que permita valorar sus aportes en el ámbito de la Economía, la Contabilidad y la Auditoría. Se detallarán cronológicamente las principales tareas y responsabilidades desarrolladas por el candidato durante su vida profesional y se precisarán sus títulos universitarios, especificando si posee algún grado científico y categoría docente o de investigación, diplomas y otros reconocimientos profesionales, conforme aparece en el Anexo No. 2 de esta Resolución.
- VII. El Jurado estará compuesto por 9 compañeros que no hayan sido propuestos como candidatos al Premio en el año de la Convocatoria. Entre sus miembros se encontrarán los tres premiados de la edición del Premio del año precedente; un representante de cada uno de los organismos que otorgan el Premio; 1 miembro del Secretariado Nacional de la ANEC; y 2 representantes de otros Organismos de la Administración Central del Estado. El Presidente es un dirigente de primer nivel de uno de los tres Ministerios que otorgan el Premio.
- VIII. Son funciones del Jurado: recibir las propuestas de candidatos de los distintos Organismos de la Administración Central del Estado y otras Instituciones; realizar una preselección; determinar los nominados; y decidir, en consulta con los Ministros de los tres organismos que otorgan el Premio, la adjudicación del Premio del año correspondiente.
- IX. El Jurado solo examinará aquellas propuestas de candidatos que cumplan con los requisitos y plazos de presentación establecidos en la Convocatoria. Aquellos que no los cumplimenten serán devueltos a las instituciones proponentes correspondientes.
- X. Los miembros del Jurado estudiarán cada expediente, en un plazo no mayor de treinta días, a partir de que se reciban todas las propuestas.
- XI. En una primera etapa de trabajo, el Jurado revisará cada una de las candidaturas presentadas a tenor de la presente Convocatoria, con el objetivo de seleccionar aquellas propuestas que comprendan las trayectorias profesionales más relevantes.
- XII. La selección de los Nominados se llevará a cabo por votación secreta y directa. Cada miembro del Jurado podrá seleccionar 10 candidatos por especialidad, y serán Nominados aquellos que cuenten con las dos terceras partes del total de votos.
- XIII. Esta selección constituirá el listado oficial de Nominados al Premio Nacional de Economía, la que se divulgará por el Presidente del Jurado en una Conferencia de Prensa que se cite al efecto.
- XIV. Al seleccionar a los Nominados, se planifica para ellos un plan de actividades, cuyos detalles se precisarán anualmente.
- XV. En la etapa siguiente de trabajo, los miembros del Jurado realizarán un examen exhaustivo del listado de nominados seleccionados, y en un plazo no mayor de 30 días llevan a cabo, previa consulta con los tres Ministros, la elección de los Premiados por especialidad.
- XVI. Una vez concluida la etapa anterior, se efectuará el Acto Central de entrega del Premio, en el lugar, fecha y hora convocado.
ANEXO No. 2
PREMIO NACIONAL DE ECONOMIA 2005
PROPUESTA DE CANDIDATO
Institución Proponente:
Nombre y apellidos:
Información Laboral
Centro de Trabajo:
Cargo actual:
Dirección:
Teléfonos:
Correo electrónico:
Número de FAX:
Información Personal:
Lugar de nacimiento:
Carnet de identidad:
Estado civil:
Dirección Particular
Teléfono
Correo electrónico
Integración revolucionaria:
Antecedentes académicos:
Nivel de escolaridad:
Graduado de:
Curriculum Vitae del Candidato:
Trayectoria laboral.
Estudios realizados
Actividades docentes
Participación en eventos, jornadas científicas y conferencias
Publicaciones
Investigaciones realizadas. Categorías docentes y de investigación. Grados científicos. Distinciones, Condecoraciones y Reconocimientos recibidos.
Otras actividades o responsabilidades asumidas como miembro de consejos técnicos asesores, asociaciones profesionales y otras instituciones y comisiones mencionadas anteriormente.
Trayectoria revolucionaria
Nota: En cada uno de los incisos anteriores, precisar en la medida de lo posible el año y la actividad específica realizada.
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