Resolución 409
La Resolución No. 409 del Ministerio de la Industria Básica regula la extinción de una concesión de investigación geológica otorgada a la Empresa Geominera Isla de la Juventud. La concesión, que había sido prorrogada, venció y el Ministerio decidió extinguirla. La Resolución fue emitida por el Ministro de la Industria Básica, Marcos Portal León.
- Se extingue la concesión de investigación geológica otorgada a la Empresa Geominera Isla de la Juventud (Artículo 1ro).
- El terreno que abarcaba la concesión queda franco para nuevas solicitudes mineras (Artículo 2do).
- La Empresa Geominera Isla de la Juventud debe cumplir con obligaciones pendientes, incluyendo las tributarias y ambientales (Artículo 3ro).
- Se derogan las Resoluciones No. 371 de 1999 y No. 128 de 2002 que otorgaron y prorrogaron la concesión (Artículo 4to).
Texto íntegro
RESOLUCION No. 409
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POR CUANTO: La Ley 76, Ley de Minas, promulgada el 23 de enero de 1995, establece la política minera y las regulaciones jurídicas de dicha actividad en la República de Cuba, de conformidad con lo cual le corresponde al Ministerio de la Industria Básica disponer la extinción de las concesiones mineras que hubiera otorgado.
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POR CUANTO: Ha vencido el término de la concesión de investigación geológica otorgada a la Empresa Geominera Isla de la Juventud, mediante la Resolución No. 371 de 17 de noviembre de 1999 y prorrogada a tenor de la Resolución No. 128 de 28 de marzo del 2002, ambas del que resuelve, para la realización de actividades mineras en el área denominada Loma Daguilla.
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POR CUANTO: Por Acuerdo del Consejo de Estado del 14 de mayo de 1983 fue designado el que resuelve Ministro de la Industria Básica.
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POR TANTO: En uso de las facultades que me están conferidas,
R e s u e l v o :
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PRIMERO: Disponer la extinción de la concesión de investigación geológica otorgada mediante Resolución No. 371 de 17 de noviembre de 1999 y prorrogada a tenor de la Resolución No. 128 de 28 de marzo del 2002, ambas del que resuelve, a la Empresa Geominera Isla de la Juventud, para la realización de trabajos mineros en el área denominada Loma Daguilla.
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SEGUNDO: Declarar franco el terreno que abarcaba la concesión de investigación geológica, el que podrá ser objeto de nuevas solicitudes para realizar actividades mineras.
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TERCERO: La Empresa Geominera Isla de la Juventud, está en la obligación de cumplir las obligaciones contraídas al serle otorgada la concesión de investigación geológica si no las hubiere aún ejecutado, especialmente las tributarias y las relacionadas con el medio ambiente, así como a realizar
- las indemnizaciones por los daños o perjuicios a que haya dado lugar por las actividades mineras realizadas.
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CUARTO: Se derogan las Resoluciones No. 371 de 17 de noviembre de 1999 y No. 128 de 28 de marzo del 2002, ambas del que resuelve, que otorgaron y prorrogaron respectivamente la concesión de investigación geológica a la Empresa Geominera Isla de la Juventud sobre el área denominada Loma Daguilla.
NOTIFIQUESE a la Empresa Geominera Isla de la Juventud y a la Oficina Nacional de Recursos Minerales.
COMUNIQUESE a cuantas personas naturales y jurídicas proceda.
PUBLIQUESE en la Gaceta Oficial de la República para general conocimiento.
Dada en Ciudad de La Habana, a los 23 días del mes de diciembre del 2002.
Marcos Portal León
Ministro de la Industria Básica
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