Resolución 166
La Resolución No. 166 del Ministerio de la Industria Básica regula la extinción de una concesión de investigación geológica otorgada a la Empresa Geominera del Centro. Esta resolución se emite en virtud de la Ley 76 de Minas, que establece la política minera y regulaciones jurídicas en Cuba.
- Se extingue la concesión de investigación geológica otorgada a la Empresa Geominera del Centro para trabajos mineros en el área denominada Toba Soledad.
- El terreno queda franco para nuevas solicitudes de actividades mineras.
- La Empresa Geominera del Centro debe cumplir obligaciones pendientes, incluyendo las tributarias y ambientales.
- Se deroga la Resolución No. 395 de 1 de diciembre de 1999 que otorgó la concesión original.
- Se ordena notificar a la Empresa Geominera del Centro, la Oficina Nacional de Recursos Minerales y publicar en la Gaceta Oficial de la República.
Texto íntegro
RESOLUCION No. 166
POR CUANTO: La Ley 76, Ley de Minas, promulgada el 23 de enero de 1995, establece la política minera y las regulaciones jurídicas de dicha actividad en la República de Cuba, de conformidad con lo cual le corresponde al Ministerio de la Industria Básica disponer la extinción de las concesiones mineras que hubiera otorgado.
POR CUANTO: Ha vencido el término de la concesión de investigación geológica otorgada a la Empresa Geominera del Centro mediante la Resolución No. 395 de 1 de diciembre de 1999, del que resuelve, para la realización de trabajos mineros en el área denominada Toba Soledad.
POR CUANTO: Por Acuerdo del Consejo de Estado del 14 de mayo de 1983 fue designado el que resuelve Ministro de la Industria Básica.
POR TANTO: En uso de las facultades que me están conferidas,
R e s u e l v o :PRIMERO: Disponer la extinción de la concesión de investigación geológica otorgada mediante Resolución No. 395 de 1 de diciembre de 1999, del que resuelve, a la Empresa Geominera del Centro, para la realización de trabajos mineros en el área denominada Toba Soledad.
SEGUNDO: Declarar franco el terreno que abarcaba la concesión de investigación geológica, el que podrá ser objeto de nuevas solicitudes para realizar actividades mineras.
TERCERO: La Empresa Geominera del Centro, está en la obligación de cumplir las obligaciones contraídas al serle otorgada la concesión de investigación geológica si no las hubiere aún ejecutado, especialmente las tributarias y las relacionadas con el medio ambiente, así como a realizar las indemnizaciones por los daños o perjuicios a que haya dado lugar por las actividades mineras realizadas.
CUARTO: Se deroga la Resolución No. 395 de 1 de diciembre de 1999, del que resuelve, que otorgó la concesión de investigación geológica a la Empresa Geominera del Centro sobre el área denominada Toba Soledad.
QUINTO: Notifíquese a la Empresa Geominera del Centro, a la Oficina Nacional de Recursos Minerales, y a cuantas personas naturales y jurídicas proceda; y publíquese en la Gaceta Oficial de la República para general conocimiento. Dada en Ciudad de La Habana, a los 22 días del mes de abril del 2002.Marcos Portal León Ministro de la Industria Básica____________ INDUSTRIA PESQUERA