Esta resolución conjunta del Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera y el Ministerio del Transporte deroga la Resolución Conjunta MITRANS-MINCEX de 2004. Regula la derogación del Comité de Coordinación de Fletamento creado en 2004.
- Se deroga la Resolución Conjunta MITRANS-MINCEX de 29 de octubre de 2004.
- El Comité de Coordinación de Fletamento fue creado para ejecutar la política de fletamento en el país.
- La derogación se debe a cambios estructurales y la creación de la Administración Marítima de Cuba.
- Se instruye dar cuenta a los miembros del Comité de Coordinación de Fletamento.
- Se ordena comunicar la resolución a viceministros y directores jurídicos de ambos ministerios.
- Se dispone la publicación en la Gaceta Oficial de la República.
Texto íntegro
GOC-2020-106-O9 RESOLUCION CONJUNTA
POR CUANTO: El Acuerdo 2817 de 25 de noviembre 2004, en su Apartado Tercero establece los deberes, atribuciones y funciones comunes de los organismos de la Admi-nistración Central del Estado y de sus jefes, entre las que se encuentran, de acuerdo con lo consignado en su numeral 4, las de dictar, en el límite de sus facultades y competencia, reglamentos, resoluciones y otras disposiciones de obligatorio cumplimiento para el sis-tema del organismo.
POR CUANTO: La Resolución Conjunta MITRANS-MINCEX de 29 de octubre del 2004, creo el Comité de Coordinación de Fletamento, cuyo trabajo está dirigido a ejecu-tar la política de fletamento a seguir en el país, así como perfeccionar la organización y ejercer, el debido control, sobre las entidades facultadas para actuar como agente de fleta-mento de buques, previa concesión de la correspondiente licencia emitida por el Ministerio del Transporte.
POR CUANTO: Debido a cambios estructurales relacionados a la creación de la Administración Marítima de Cuba, es necesario actualizar el Comité de Coordinación de Fletamento, en vías de optimizar los objetivos proyectados en la normativa vigente, que regula, a día de hoy, las actividades antes mencionadas; así mismo, para lograr la concreción de este objetivo, es menester derogar la Resolución Conjunta referida en el segundo POR CUANTO.
POR TANTO: En el ejercicio de las atribuciones que nos están conferidas, en el artículo 145 d) de la Constitución de la República de Cuba;RESOLVEMOSÚNICO: Derogar la Resolución Conjunta MITRANS-MINCEX de 29 de octubre del 2004, que implantó el Comité de Coordinación de Fletamento. DESE CUENTA a los miembros del Comité de Coordinación de Fletamento. COMUNÍQUESE a los viceministros y a los directores jurídicos de ambos ministerios.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República.
ARCHÍVESE los originales en las direcciones jurídicas de ambos ministerios.
DADA en la Habana, a los 30 días del mes de diciembre de 2019.Rodrigo Malmierca Díaz Eduardo Rodríguez Dávila