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Ley Helms-Burton: Fallo judicial considera que cruceros traficaron con propiedades confiscadas en Cuba

En un detallado fallo de 168 páginas, la jueza Beth Bloom consideró que Carnival, MSC SA, Royal Caribbean y Norwegian se beneficiaron comercialmente de una edificación incautada a la firma Havana Docks en 1960.

Crucero en La Habana © CiberCuba
Crucero en La Habana Foto © CiberCuba

Este artículo es de hace 2 años

En la más importante decisión judicial desde la entrada en pleno vigor de la Ley Helms-Burton, una jueza federal de Miami dictaminó que los recientes vínculos de cuatro compañías internacionales de cruceros con Cuba incurrieron en actividades turísticas prohibidas y actos de tráfico al emplear instalaciones del puerto de La Habana, confiscadas hace 62 años por el régimen de Fidel Castro.

En un detallado fallo de 168 páginas, la jueza Beth Bloom consideró que durante sus viajes a Cuba entre 2015 y 2019, Carnival, MSC SA, Royal Caribbean y Norwegian se beneficiaron comercialmente de una edificación incautada a la firma Havana Docks Corporation en 1960, y lo hicieron a sabiendas de que se trataba de una propiedad confiscada.

"Al utilizar la Terminal [portuaria] y uno de sus muelles de diversas maneras, Carnival, MSC SA, Royal Caribbean y Norwegian cometieron actos de tráfico en virtud del artículo 6023 [de la Ley Helms Burton]", escribió Bloom en un fallo emitido la noche de este lunes.

La jueza también indicó que las evidencias permiten afirmar que las actividades de los cruceros violaron las regulaciones establecidas por el Departamento del Tesoro al interpretar los viajes con un criterio "inadmisiblemente amplio".

"El expediente revela que los cruceros realizaron actividades turísticas expresamente prohibidas por la ley", señaló el dictamen.

La decisión abre las puertas para la realización de un juicio con jurados contra las compañías de cruceros en el venidero mayo. De acuerdo con la orden del tribunal, los juicios programados procederán únicamente sobre la cuestión de los daños ocasionados a Havana Docks, con el fin de determinar la posible compensación de los demandantes.

El veredicto de Bloom contiene severos cuestionamientos legales sobre la legitimidad de los viajes amparados bajo las normativas de los llamados intercambios pueblo-a-pueblo y las ganancias obtenidas por los cruceros. Entre ellos:

  • Los ingresos obtenidos por los operadores de cruceros y los pagos que realizaron a entidades cubanas demuestran la naturaleza comercial de las transacciones. Como el Tribunal ha señalado anteriormente, Carnival, MSC SA, Royal Caribbean y Norwegian ganaron cientos de millones de dólares por sus viajes a Cuba, y pagaron a entidades cubanas decenas de millones de dólares para utilizar la Terminal y operar excursiones en el territorio cubano.
  • Los contratos con entidades cubanas también constituyen actos de tráfico en virtud de la ley, dado que, para utilizar la Terminal portuaria, Carnival, MSC SA, Royal Caribbean y Norwegian "participaron" en el tráfico al tener acuerdos con entidades cubanas que "administraban", "utilizaban" o "se beneficiaban" de la propiedad confiscada.
  • Las descripciones de las excursiones nocturnas apoyan la conclusión de que constituían turismo. El Cabaret Tropicana, "el mayor club nocturno de Cuba", implicaba que los huéspedes vieran una "extravagancia al estilo de Las Vegas" con "una bebida de bienvenida, más ¼ de botella de ron con mezclas". El Cabaret Parisien también incluía un espectáculo y bebidas. (...) Ninguna de estas excursiones nocturnas implicaba "un programa de actividades a tiempo completo destinado a mejorar el contacto con el pueblo cubano, apoyar a la sociedad civil en Cuba, o promover la independencia del pueblo cubano de las autoridades cubanas", o que "resultara en una interacción significativa entre el viajero y los individuos en Cuba".
  • Las actividades de los cruceros constituían actividades turísticas y no actividades propiamente de contacto pueblo-a-pueblo, pagando millones de dólares al gobierno cubano para realizar viajes no permitidos.
  • El Tribunal determina que Carnival, MSC SA, MSC USA, Royal Caribbean y Norwegian actuaron "a sabiendas e intencionadamente" en virtud de la Ley LIBERTAD [Helms-Burton]. Ninguna de las compañías de cruceros realizó un viaje legal a Cuba en virtud de la Ley LIBERTAD.

La determinación de la jueza Bloom encamina finalmente el litigio entablado en 2019 por Mickael Behn, integrante de la familia dueña de Havana Docks. La demanda fue presentada luego de que el presidente Donald Trump activara el Título III de la Ley Helms Burton, y ha transitado un intrincado proceso de mociones de ambas partes.

La compañía Havana Docks ocupaba una importante zona de operaciones en el puerto de La Habana, con tres muelles y varios edificios que le fueron expropiados tras la llegada de Fidel Castro al poder. El demandante busca un pago multimillonario por el uso ilegal de sus propiedades por las compañías de cruceros que llevaron miles de pasajeros a Cuba durante la época del deshielo, impulsado por el presidente Barack Obama.

De acuerdo con documentos revelados en el tribunal durante la fase preliminar, las cuatro compañías demandadas ganaron más de $1,115 millones de dólares por sus servicios en viajes a Cuba entre 2016 y 2019, lo cual implicó presuntos contratos ilegales con agencias gubernamentales cubanas en violación de las regulaciones del embargo.

En la documentación aparecen registrados un total de 912 viajes a Cuba a cargo de Carnival, Royal Caribbean, Norwegian y MSC Cruises, y evidencias de acuerdos con agencias del régimen cubano para brindar servicios turísticos a sus pasajeros, aprovechando la flexibilización para las visitas de ciudadanos estadounidenses bajo la administración Obama.

El fallo de Bloom este lunes se inclina por los argumentos de los demandantes, aunque la posibilidad de una apelación a una instancia judicial superior no está descartada.

"Este es un fallo muy poderoso a favor de Havana Docks y va a impactar inevitablemente a otros casos relacionados con la Ley Helms-Burton", dijo a CiberCuba John Kavulich, presidente del Consejo Económico y Comercial Cuba-EE.UU, con sede en Nueva York.

Kavulich, quien se ha mantenido monitoreando los casos de la Ley Helms-Burton por los últimos tres años, pronosticó que el proceso judicial será difícil en extremo, particularmente por la selección de jurados en un área poblada en su mayoría por cubanoamericanos.

"Este caso es extremadamente importante y no debe sorprendernos que se produzca un acuerdo extrajudicial entre las partes para evitar un juicio por daños y perjuicios", consideró Kavulich.

El ejecutivo opinó que como los demandantes podrían reclamar hasta $400 millones de dólares, según lo permitido por la Ley Helms-Burton, sería viable que las cuatro compañías de cruceros determinen si una decisión del jurado no sería mucho más costosa para ellas.

"Una salida mucho menos costosa es calcular lo que se les debe a los demandantes y aplicar las fórmulas que establece la Ley Libertad para calcular un monto preciso en lugar de depender de la decisión de un jurado", apuntó Kavulich.

Las compañías de cruceros no se han pronunciado sobre el fallo de Bloom. Un representante legal de Carnival declinó hacer comentarios a CiberCuba alegando que "se trata de un litigio en curso".

Hasta el momento, ninguna de las 42 demandas presentadas al amparo de la Ley Helms-Burton ha llegado a juicio después de tres años de implementado el Título III de la legislación.

El gobierno cubano solo ha respondido ante los tribunales estadounidenses la demanda presentada por la corporación Exxon Mobil por sus propiedades confiscadas. El caso está aún en un proceso de maniobras legales en una corte federal de Washington DC.

En mayo del pasado año una familia estadounidense se anotó la primera victoria de una demanda similar tras llegar a un acuerdo de compensación con la multinacional franco-suiza LafargeHolcim por la utilización de propiedades confiscadas por el gobierno cubano.

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Wilfredo Cancio Isla

Periodista de CiberCuba. Doctor en Ciencias de la Información por la Universidad de La Laguna (España). Redactor y directivo editorial en El Nuevo Herald, Telemundo, AFP, Diario Las Américas, AmericaTeVe, Cafe Fuerte y Radio TV Martí.


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Wilfredo Cancio Isla

Periodista de CiberCuba. Doctor en Ciencias de la Información por la Universidad de La Laguna (España). Redactor y directivo editorial en El Nuevo Herald, Telemundo, AFP, Diario Las Américas, AmericaTeVe, Cafe Fuerte y Radio TV Martí.

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