Acuerdo 3611
El Consejo de Estado de Cuba otorga la Medalla 'COMBATIENTE INTERNACIONALISTA' a individuos destacados en misiones internacionalistas. La Medalla se otorga en reconocimiento a su actitud destacada durante el cumplimiento de dichas misiones.
- Otorgar la Medalla 'COMBATIENTE INTERNACIONALISTA' de Segunda Clase.
- La Medalla se otorga a los compañeros listados en los Anexos del Acuerdo.
- El Ministro de las Fuerzas Armadas Revolucionarias entrega la Medalla.
- La Medalla reconoce la destacada actitud durante el cumplimiento de la misión internacionalista.
Texto íntegro
ACUERDO NUMERO 3611
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PRIMERO: Otorgar la Medalla “COMBATIENTE INTERNACIONALISTA” de Segunda Clase a los compañeros que se relacionan en los Anexos de este Acuerdo que obran en la Secretaría del Consejo de Estado, en reconocimiento a la destacada actitud mantenida durante el cumplimiento de la misión internacionalista.
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SEGUNDO: El Ministro de las Fuerzas Armadas Revolucionarias queda encargado de disponer todo lo relacionado con la entrega de la Medalla a los condecorados.
DADO en el Palacio de la Revolución, en la ciudad de La Habana, a los 18 días del mes de agosto del 2003.
Fidel Castro Ruz
Presidente del Consejo
de Estado
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El Consejo de Estado de la República de Cuba, en uso de las atribuciones que le han sido conferidas y a propuesta de su Presidente, ha adoptado el siguiente